Me ha salido una duda repasando las sentencias caidas en años anteriores (como muchos, siempre a ultima hora

)
Es en relacion con el examen de junio de 2011 de la primera semana.
Trata sobre la sustracción de menores.
Una madre se va con su hijo desde Venezuela a España. La madre tiene por sentencia dictada en Venezuela el derecho de custodia. El padre pide la restitución inmediata porque dice que hay una retencion ilicita. Tanto en primera instancia como en segunda, se le niega y se basan en que para que proceda la restitución, el traslado del menor ha de hacerse con infraccion de derecho de custodia, y como este se atribuye a la madre, no se vulnera. Lo unico que ocurre es que al irse a España la madre con el hijo, efectivamente se afecta al derecho de visitas del padre, el cual, pese a estar protegido por el Convenido, no conlleva anudada la restitucion.
En mi opinion el razonamiento de primera instancia como de la audiencia es correcto, pero las preguntas 3 y 4 me descolocan.
En la 3 pregunta si "El desplazamiento del menor desde Venezuela hasta España es subsumible en el concepto de traslado ilicito que contiene el Convenio" Tambien pide que se expongan: "los requisitos que habrian de darse para que el conyuge custodio pueda trasladarse con el menor a España"
En la 4, preguntan por los Errores Juridicos que a nuestro juicio se aprecian en las decisiones tanto de primera instancia como de la audiencia.
Yo veo sus razonamientos perfectos, y no entiendo en que medida (y por mas que sea una putada) un derecho de visitas frustado, puede original una restitucion, si esta solo se anuda a la infraccion de un derecho de custodia
A ver si alguien me alumba que estoy oscuro