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Autor Tema: POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12  (Leído 65493 veces)

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Desconectado plopez566

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #220 en: 30 de Agosto de 2012, 16:58:17 pm »
Sevpau ,la descentralización es que creas un ENTE NUEVO con Personalidad jurídica,atribuciones y competencias  y con partida presupuestaría,claro que se le pueden delegar faenas,competencias,pero cuando se las delegan son permanentes,se le cede la titularidad,por eso es un ente descentralizado.Nada que ver con la delegación,que es temporal aunque se delegue entre Entes que sería delegación intersubjetiva y sería de un ente superior a otro inferior.
Si se le cede la titularidad,además lleva implicado que no depende de controles,ni tiene que poner en las resoluciones que lo hace por delegación.....ni en ningún momento puede sufrir una revocación de la delegación.
Te lo he intentado explicar sin tecnicismos ,lenguaje llano.


Desconectado kko21

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #221 en: 30 de Agosto de 2012, 18:01:13 pm »
Ventajas de descentralización: Acercar las decisiones de la Administración a los administrados.
Desventajas: Desgobierno y cantonalismo, exceso de gasto del sector público, duplicidad de competencias, etc

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #222 en: 30 de Agosto de 2012, 19:03:16 pm »
¡Dios mío del amor hermoso! ¡la que me espera si me matriculo el próximo curso de Administrativo III"

De veras recoge el manual de Parada que, "la descentralización", como principio constitucional relativo a la Administración Pública" ¿se basa en la creación de "entes nuevos"?

uf, yo creí que eso ya se había creado con las autonomías, pero creo que se recogió en el periodo de la transición, y se incluyó con el consenso de todos, así como todos los demás entes locales menores, los derivados del Estado en la provincia y la CA, y los derivados de la CA en la provincia, y recuerdo como fue aprobada por mayoría del pueblo español; pero que uno de los principios que se recogen, dada la "cantidad de administraciones, y la correspondientes transferencias que se iban a hacer entre ellas" en la propia CE, (lo que por mi parte, dado que fue lo que no me gustó, a pesar de los 18, vote NO), "crea entes nuevos", por mucha doctrina que se recoja, no la he visto en mi manual de Derecho Administrativo y eso que aventaja con creces en materia al de Parada, en "ninguna de ellas".

Os dejo tranquilos que estudiéis esta asignatura, y os deseo mucha suerte, la misma que yo voy a necesitar en el III.

¡¡¡¡Con lo que sí estoy de acuerdo es con lo expuesto por kko21!!!!   ¡¡¡Totalmente de acuerdo!!!!
¡¡¡Y con los autores que se pronuncian en ese aspecto que ella ha expuesto "con buena forma y concisa"!!!

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #223 en: 01 de Septiembre de 2012, 12:01:47 pm »
Hola! Os pido un favor, ¿alguien tiene las preguntas de los exámenes de 2010, 2011 y los del 2012 contestadas? Si es así, ¿me las podéis enviar? Mi e-mail es yolandaecheva@yahoo.es

Muchísimas gracias
Yolanda

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #224 en: 02 de Septiembre de 2012, 18:55:34 pm »
En la pregunta de un examen anterior "Enumere al menos tres de los poderes que conlleva la rlación de jerarquía interorgánica, en virtud de los cuales se garantiza la prevalencia de la voluntad del órgano superior sobre el inferior", ¿cuáles díríais vosotros?

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #225 en: 02 de Septiembre de 2012, 20:55:13 pm »
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En la pregunta de un examen anterior "Enumere al menos tres de los poderes que conlleva la rlación de jerarquía interorgánica, en virtud de los cuales se garantiza la prevalencia de la voluntad del órgano superior sobre el inferior", ¿cuáles díríais vosotros?

Son 6:

1) Poder de impulso y dirección de la actividad de los órganos superiores sobre los inferiores mediante Norma de carácter interno, como instrucciones o circulares.
2) Poder de inspección, de vigilancia o control, de oficio o a instancia de interesados.
3) Facultad de anular los actos de los inferiores a través de la resolución de un recurso de alzada.
4) Facultad disciplinaria sobre los inferiores.
5) Posibilidad de delegar competencias sobre órganos inferiores, o al revés, avocar o resolver por ellos.
6) Poder de resolver los conflictos de competencia entre los órganos inferiores.
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Desconectado Sof

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #226 en: 02 de Septiembre de 2012, 22:59:23 pm »
Hola!!
Puse unas preguntas en otro link, las pongo aquí mejor. Relacionadas con los 5 primeros temas.
Podrían ayudarme a contestar a estas preguntas de forma precisa y concisa? Gracias!!

- Puede impugnarse un Decreto legislativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa? En que supuesto?
- Puede el Gobierno dictar un reglamento sobre cualquier materia? Justifique su respuesta
- Que Administraciones Publicas pueden dictar reglamentos?
- Cuales son los vicios del acto administrativo en relación con la incompetencia? Expliquelos brevemente
- Cite, con precision, cuales son los limites o condiciones de validez para la elaboración-aprobacion de un reglamento
- La encomienda de gestion inter-subjetiva: definición y sus 3 notas características (señalar, sin explicar)
- La avocacion interorganica
- La encomienda de gestion interorganica e intersubjetiva: definicion y diferencia entre ambas

Y a ver si se portan bien..  ;)

Desconectado kidandida

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #227 en: 03 de Septiembre de 2012, 08:07:47 am »
Muy buenas, ya se que es desesperado a 3 dias del examen, pero ¿alguien tendría la infinita amabilidad de pasarme el examen de junio corregido de Derecho Administrativo?

Lo encontré complicadisimo aun a fuerza de mucho tiempo dedicado y a día de hoy no he conseguido corregir el examen con certeza de estar en lo cierto.

Gracias de antemano.

Saludos y suerte.

Desconectado kidandida

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #228 en: 03 de Septiembre de 2012, 08:15:39 am »
Por cierto que mi dirección de correo es:

angelluismalaga@hotmail.com

Gracias otra vez.


Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #229 en: 03 de Septiembre de 2012, 08:47:15 am »
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Hola!!
Puse unas preguntas en otro link, las pongo aquí mejor. Relacionadas con los 5 primeros temas.
Podrían ayudarme a contestar a estas preguntas de forma precisa y concisa? Gracias!!
...........

Y a ver si se portan bien..  ;)


- Puede impugnarse un Decreto legislativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa? En que supuesto?
   Sí, cuando se aparte de los límites de la delegación.
- Puede el Gobierno dictar un reglamento sobre cualquier materia? Justifique su respuesta
   Siempre que no sea una materia que tenga reserva de ley y se ajuste a la constitución y a las leyes.
- Que Administraciones Publicas pueden dictar reglamentos?
     El Gobierno, por Real Decreto; Ministros, órdenes ministeriales; CCAA, Decretos; Entes locales, Reglamento orgánico de cada entidad y el Alcalde ,bandos; Entes institucionales y Entes corporativos
- Cuales son los vicios del acto administrativo en relación con la incompetencia? Expliquelos brevemente
     Nulidad de pleno derecho, si la incompetencia es manifiesta o absoluta (incompetencia material y territorial); anulabilidad si es manifiesta o relativa (incompetencia jerárquica)
- Cite, con precision, cuales son los limites o condiciones de validez para la elaboración-aprobacion de un reglamento
     Principio de competencia; principio de jerarquía normativa; principio de interdicción de la arbitrariedad; principios generales del Derecho; irretroactividad ; que siga el procedimiento establecido.
- La encomienda de gestion inter-subjetiva: definición y sus 3 notas características (señalar, sin explicar)
     Atribuir a otros órganos, de la misma o distinta Administración y por razones de eficacia o falta de medios técnicos, la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios.
      NOTAS CARACTERISTICAS: No supone cesión de la titularidad de la competencia si opera dentro de la misma administración; puede darse de una administración inferior a otra superior y tiene carácter voluntario si se realiza entre órganos y entidades de distintas administraciones, ya que se exige firma del convenio.
- La avocacion interorganica
     Es la asunción de la competencia del órgano inferior por un órgano superior cuando las circustancias técnicas, materiales, económicas, etc. lo hagan conveniente.
- La encomienda de gestion interorganica e intersubjetiva: definicion y diferencia entre ambas
   No veo diferencias, salvo que la encomienda de gestión interorgánica se realiza entre órganos de un mismo ente público y la intersubjetiva entre entes públicos territoriales.

Rebuscadillas... eh! Madre mia...en alguna me he tenido que ayudar de los apuntes. Estoy apañá el viernes...  :'(
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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #230 en: 03 de Septiembre de 2012, 09:40:55 am »
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- La encomienda de gestion interorganica e intersubjetiva: definicion y diferencia entre ambas
   No veo diferencias, salvo que la encomienda de gestión interorgánica se realiza entre órganos de un mismo ente público y la intersubjetiva entre entes públicos territoriales.


Me has ayudado muchísimo con tus apuntes de Familia Victoria, no sé cómo vendrá en vuestro manual, pero hay una diferencia en la encomienda de gestión, lo sé porque tenemos una firmada con la Delegación Provincial de la Consejería de Salud,; cuando es interorgánica la encomienda es del órgano superior al inferior, en cambio, cuando es intersubjetiva o entre entes públicos territoriales se hace la petición de la encomienda del menor al mayor.

Suerte y a por ella.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #231 en: 03 de Septiembre de 2012, 10:34:17 am »
Voy a poner un ejemplo, para que lo puedas ver mejor (dije que no iba a entrar en el foro, pero no soy capaz cuando otros/as me han ayudado a mi)

En materia de salud pública, el alcalde, por lo tanto hablo de un ente público territorial menor, por la Ley General de Sanidad tiene la potestad/competencia sancionadora delegada para las infracciones leves y graves, a su vez con este "trasvase" de competencias, la CA andaluza tiene una Ley de Salud Pública en la que recoge las "infracciones", cuyas sanciones serán las que se recogen en la ley estatal, ¡vaya rollo eh!, bueno pues en el año 2001, yo aún no llevaba esta materia, no había "personal" que la llevase ni ésta ni muchas otras, así que al no disponer de los medios técnicos se firmó la encomienda de gestión de esa potestad delegada por el Estado, si bien la sanción que se pueda imponer va a las arcas del ente local, el alcalde no puede delegar la competencia asignada por el Estado en la JA (sería ente inferior a ente superior, algo no permitido en la delegación intersubjetiva), mediante la encomienda la JA tramita, y el instructor lo ponen ellos, pero el que firma la incoación del procedimiento y la resolución es el alcalde).

Y ahora, te pongo un caso "que no ha podido ser" y eso que lo advertí al Oficial Jefe de la Policía Local, de querer mediante "una encomienda de gestión" que el Alcalde sancione en zonas no recogidas en la normativa de tráfico, como son las travesías que no tienen la consideración de urbanas, consecuencias: ellos pueden denunciar porque están dentro de las Fuerzas de Cuerpos y Seguridad del Estado (esto es también impugnable, pero no voy a entrar en ello para no liarte), si bien el boletín de denuncia tiene que ser el que utilizan para la Dirección Provincial de Tráfico, porque la potestad sancionatoria se ha delegado del Subdelegado del Gobierno en el Director Provincial de Tráfico, en la nueva Ley (delegación interorgánica) y, consecuentemente el trabajo realizado por la Policía Local cuya nómina repercute en las arcas municipales, si denuncias en esos sitios, las sanciones una vez firme en vía administrativa el procedimiento o si quieren pagar antes con el descuento, se va a las arcas del Estado.

Espero no haberte liado mucho cielo, lee despacio igual que yo hice cuando estudiaba todo eso para hacerme cargo de las funciones asignadas por el Alcalde con el visto bueno del Secretario General de la Corporación, seguro que aunque no tengas los suficientes conocimientos como yo entonces, lo pillas.

Desconectado Sof

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #232 en: 03 de Septiembre de 2012, 11:59:46 am »
Muy buena ayuda! Os lo agradezco.

Tengo otras de los primeros temas..
- Clases de municipios
- Cuales son los criterios fundamentales de distribución de competencias? Expliquelos brevemente
- Según la Constitución, el Gobierno y la Administración municipal corresponde a...
- Regimen jurídico de las competencias propias de los municipios
- Por quien se entienden dictadas las resoluciones administrativas que se adopten por delegación?
- Hay una relación de jerarquía del Estado sobre las CCAA y Entes Locales? Justifique su respuesta
- Cual es el organo municipal competente para aprobar el reglamento organico de la entidad y las ordenanzas municipales en los municipios de regimen común? Y los bandos?
- Cuales son las especialidades de los organismos autónomos y entidades empresariales de caracter local en relación con las características de aquellas en la de la Administración institucional del Estado?
- Sesiones, convocatoria y orden del dia en los plenos municipales: aspectos principales

Estoy recopilando las preguntas de 2009/2012 y prefiero no poner 'tonterías'. Lo acabare a finales de la tarde. Si alguien necesita estas preguntas se las puedo enviar por mail  :)

Desconectado soledad71

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #233 en: 04 de Septiembre de 2012, 19:22:13 pm »
Hola, a ver si alguién puede enviarme la parte del tema 6 de los departamentos ministeriales actualizados, porqué el libro que yo tengo no lo está o por lo menos saber el RD que lo regula. Ya sé que es una minudencia pero ¡yo que sé! como son tan rebuscadillos he pensado... ¡mira que si le da por preguntar y le pongo el RD que está derogado? En fin...yo creo que debo estar delirando porqué me complico la vida de una maneraaaa!!Saludos compañer@s!!

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #234 en: 04 de Septiembre de 2012, 22:44:25 pm »
Esta es la asignatura para la que mas he estudiado, y ni siquiera se de que me estas hablando, lo siento compañera, no te puedo ayudar, se que son rebuscados pero no creo que te pregunten eso, .... y como lo pregunten, dejo esta asignatura para cuarto, jejeje ;D
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Hola, a ver si alguién puede enviarme la parte del tema 6 de los departamentos ministeriales actualizados, porqué el libro que yo tengo no lo está o por lo menos saber el RD que lo regula. Ya sé que es una minudencia pero ¡yo que sé! como son tan rebuscadillos he pensado... ¡mira que si le da por preguntar y le pongo el RD que está derogado? En fin...yo creo que debo estar delirando porqué me complico la vida de una maneraaaa!!Saludos compañer@s!!


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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #235 en: 05 de Septiembre de 2012, 01:11:21 am »
Creo que en la contestacion a la posibilidad de recurrir un D. legislativo en los tribunales ordinarios faltaría esta apreciación, para poder recurrir directamente la norma, se deberá establecer esta posibilidad en la misma Ley de Delegación art. 82.6 CE. Por medio de recurso indirecto en en J C-A, se podrán recurrir los actos administrativos motivados por Decreto Legislativo.

Gracias.

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #236 en: 05 de Septiembre de 2012, 11:09:48 am »
Saludos tengo una duda. ¿Tienen todas las CCAA las mismas competencias? Yo habria contestado que no porque segun su acceso a la autonomia tenian unas competencias u otras, pero leyendo mas adelante veo que hablan de la LO 9/92 sobre la igualacion de competencias entre CCAA..... respuesta final? Gracias x adelantado

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #237 en: 05 de Septiembre de 2012, 12:19:40 pm »
buenos días, ¿alguien podría facilitarme una definición de órgano?

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #238 en: 05 de Septiembre de 2012, 12:25:40 pm »
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buenos días, ¿alguien podría facilitarme una definición de órgano?
Órgano administrativo: Estructura administrativa con atribución de competencia y con posibilidad de dictar resoluciones con efecto sobre terceros.
Órgano colegiado: se caracteriza porque su titularidad corresponde a un conjunto de personas físicas.
La LOFAGE define al órgano como uno de los tres elementos (junto a la unidad administrativa y al puesto de trabajo) sobre los que se encuentra la Administración General de Estado. Desde el punto de vista FORMAL, los clasifica en órganos superiores y órganos directivos y desde el punto de vista MATERIAL, las unidades administrativas de rango inferior.

Esa descripción sería a modo global para el espacio tasado que tenemos.

Saludos y suerte.
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Desconectado rubikab

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO I (SEPTIEMBRE) 11/12
« Respuesta #239 en: 05 de Septiembre de 2012, 12:30:36 pm »
Gracias Victoria!