Alfmonti muchas gracias por tu aportación, la terrazas y aticos son comunitarias de uso propio o particular, el seguro no sabemos por que rechazo la reparacion, pero lo que quiero saber es si tenemos que correr con los gastos la comunidad de vecinos, y entiendo que al igual que expones en el articulo 9 LPH y en el propio Estatuto, creo que son daños a reparar por los propietarios al igual que hay sentencias que asi lo dicen, pero ¿hasta donde llega ese uso que debe dar el titular? ¿quien establece o dice si es por climatologia? ¿se esta pasando la legislacion la administracion? ¿que se puede hacer antes de llegar a los tribunales? quejas, queja al colegio de administradores de fincas, un escrito ...
El artículo 9 de la LPH es claro, si el uso es privativo, vamos, de un único propietario, es éste el que debe mantener la instalación. Nada dice sobre la climatología ni sobre nada mas, ni si son las palomas las que provocan los daños, simplemente a él le corresponde mantener y correr con los gastos.
Con respecto a la Administración, mira, no es necesario para ser Administrador de Fincas ser Licenciado en Derecho así que su conocimiento jurídico puede ser limitado. Por otro lado, no deja de ser un empleado de la Comunidad que se va a plegar a los mandatos de la Junta de propietarios y en particular del Presidente.
Si quieres evitar el pleito, te toca hablar con Presidente, Administrador, vecinos...con mucho tacto y argumentos. Pero piensa que en estos casos ¡Siempre quedan pelos en la gatera! Y si al fin toca pleito, empápate de la LPH, del juicio verbal de la LEC y prepárate para tener el conflicto en casa. ¡Son las cosas de vivir en Comunidad!
Saludos y suerte