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Autor Tema: algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio  (Leído 3216 veces)

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Desconectado manuelk0

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algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« en: 30 de Julio de 2012, 18:30:47 pm »
con el paso del tiempo ya no me acuerdo de todo el rollo de la asignatura de IV de civil y se presenta unas duda:
la herencia recibida por el obito del padre o de la madre puede entrar en los bienes gananciales del matrimonio o queda a la expresion de bienes individuales si no se ha determinado en contrario en las capitulaciones matrimoniales?

                                                              tengo la playa a dos paso y no puedo pues el tiempo se me ha caido y tengo que sacarme esta espina de carrera de encima por lo tanto a difrutar aquellos que pueden y el resto a estudiar que aun nos queda un mes y encima cada vez mas caruloso


Desconectado Pravias

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #1 en: 30 de Julio de 2012, 18:51:59 pm »
Yo todavía no he llegado, pero siempre he entendido que la herencia es un bien privativo
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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #2 en: 30 de Julio de 2012, 19:10:46 pm »
Hola:

  No hay que olvidar que siempre que se hable de sucesiones hay que tener en cuenta la vecindad civil, eso es lo primero que hay que ver.

  Si es de vecindad común, los bienes heredados son bienes privativos, no se integran en la Sociedad de Gananciales, claro es, si el heredero quiere sí.

  Saludos,

  jbr
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Desconectado Pravias

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #3 en: 30 de Julio de 2012, 19:30:04 pm »
Una pregunta si alguien recibe una propiedad por herencia pero a la hora de escriturar lo pone a nombre del otro conyuge (solo a nombre de esta persona, no de la sociedad gananciales) que pasaría si en un momento ese matrimonio se tiene que separar y disolver la sociedad de gananciales?
Se podría demostrar que esa finca fue herencia y volver a ser privativa?, o como dice el dicho " santa rita lo que se da no se quita"
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Desconectado mnieves

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #4 en: 30 de Julio de 2012, 22:36:44 pm »
Pues eso, santa rita rita lo que se da no se quita, por mucho que el bien "dado" provenga de una herencia.

Aunque sea un bien recibido en herencia, no creo que nadie le ponga una pistola en la frente para escriturarla a nombre de otro, que no se encuentra en la masa ganancial, con lo cual pues no se puede ni decir que tenga el 50 por ciento de lo que supone, ni de ingresos ni de gastos.

Lo primero lo veremos, supongo, en derechos reales y la posesión de los bienes así como los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Y en el supuesto que dice el compañero al comienzo, si se han hecho capitulaciones matrimoniales, pues habrá que estar a lo recogido en el convenio.

Desconectado Alfmonti

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #5 en: 30 de Julio de 2012, 23:33:59 pm »
No se puede donar mas de lo que se podría dejar por sucesión Mortis causa (Herencia)...

Los bienes aportados al matrimonio por los conyuges son privativos y por tanto en caso de disolución del matrimonio o del régimen matrimonial se contabilizan a favor del patrimonio privativo de cada cual con independencia del titular registral. El patrimonio ganancial se repartirá por partes iguales.

Así que eso del "Santa Rita, rita..." nada de nada...

Saludos

Desconectado mnieves

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #6 en: 31 de Julio de 2012, 00:12:49 am »
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No se puede donar mas de lo que se podría dejar por sucesión Mortis causa (Herencia)...

Los bienes aportados al matrimonio por los conyuges son privativos y por tanto en caso de disolución del matrimonio o del régimen matrimonial se contabilizan a favor del patrimonio privativo de cada cual con independencia del titular registral. El patrimonio ganancial se repartirá por partes iguales.

Así que eso del "Santa Rita, rita..." nada de nada...

Saludos

Perdona que te moleste Almonti, pero me puedes aclarar una duda, dado que yo no me refería al cónyuge, sino a la primera pregunta del compañero que hace referencia a "otra persona".

Si la persona que da el bien recibido en herencia tiene a bien "donarlo" a otra persona, puesto que no cubre el total de lo que supondría su herencia mortis causa, ¿es conforme a ley? yo creo que sí, o mucho me temo que si cae algo de esto en el examen de septiembre, por mucho que haya superado esta asignatura en la presencial, aunque no conste en el expediente por el modus operandi de esa facultad, voy a suspender.

Lo del titular registral a efectos de bienes gananciales, sí se que es independiente, para considerarse como esa clase de bien, perteneciente por tanto a la masa ganancial, independientemente de quien figure en el registro como titular, si bien, y esa es la otra duda, si un cónyuge recibe por herencia un bien, aunque lo ponga a nombre del otro cónyuge, siguen siendo un "bien privativo" ¿es así?

Gracias por tu atención

Desconectado Alfmonti

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #7 en: 31 de Julio de 2012, 00:34:25 am »
La Donación se puede hacer a quién se quiera pero tiene un límite, que es el sistema de legítimas. Esto quiere decir que una vez realizada la donación a un tercero, si el valor de lo donado supera el 33% del tercio de libre disposición del testador (en derecho civil general, ver derechos forales si fuere el caso), los herederos legítimos que han sido perjudicados pueden utilizar la institución de la "Colación" que significa que se pueden llamar a la masa hereditaria (después del fallecimiento del testador) los excesos donados. En caso de haber sido transferidos por el donatario posteriormente a un tercero de buena fe, lo que tiene que volver a la masa hereditaria es el valor del bien en el momento del fallecimiento. Por tanto, el donatario se convertirá en deudor de la masa hereditaria.

Si te das cuenta, hay varias instituciones mezcladas: Donación, Herencia (Legítimas, Colación,) Transmisión Patrimonial, Registro de la Propiedad...El Derecho tiene estas cosas...

Espero haberlo explicado que se entienda...

Saludos

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #8 en: 31 de Julio de 2012, 00:49:58 am »
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La Donación se puede hacer a quién se quiera pero tiene un límite, que es el sistema de legítimas. Esto quiere decir que una vez realizada la donación a un tercero, si el valor de lo donado supera el 33% del tercio de libre disposición del testador (en derecho civil general, ver derechos forales si fuere el caso), los herederos legítimos que han sido perjudicados pueden utilizar la institución de la "Colación" que significa que se pueden llamar a la masa hereditaria (después del fallecimiento del testador) los excesos donados. En caso de haber sido transferidos por el donatario posteriormente a un tercero de buena fe, lo que tiene que volver a la masa hereditaria es el valor del bien en el momento del fallecimiento. Por tanto, el donatario se convertirá en deudor de la masa hereditaria.

Si te das cuenta, hay varias instituciones mezcladas: Donación, Herencia (Legítimas, Colación,) Transmisión Patrimonial, Registro de la Propiedad...El Derecho tiene estas cosas...

Espero haberlo explicado que se entienda...

Saludos

Sí, muchas gracias, me ha quedado claro. No entiendo nada aún, salvo por un asunto de un familiar y me fui al Código y tuve que leer varios arts. del Derecho de Sucesiones, por eso me suena lo de la "legítima", pero respecto a la donación sí coinciden los conceptos adquiridos con lo que has expuesto. Sobre la colación se estudia algo en Familia.

Reitero mis gracias. Saludos

Desconectado mnieves

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #9 en: 31 de Julio de 2012, 00:56:30 am »
Se me ha olvidado, respecto a lo de "Transmisión de la propiedad" y el "Registro de la Propiedad", espero que me pueda matricular en tercero de Derecho Reales, ya que me dio el profesor Arellano bastante caña en la presencial, y no te digo el Sr. Registrador de la Propiedad de la Palma del Condado (Huelva) que llevó para dos clases prácticas, de cinco horas cada una, que dedicamos a la materia.

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #10 en: 31 de Julio de 2012, 09:07:57 am »
Una pregunta "tonta" para que esa propiedad se entienda donada al otro cónyuge en la escritura que debe de poner solo el nombre del cónyuge? aunque después se indique que está casado en bienes gananciales con fulanita?
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Desconectado Alfmonti

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #11 en: 31 de Julio de 2012, 12:44:08 pm »
En el caso del matrimonio lo que se tiene es algo distinto: existen siempre tres patrimonios separados con independencia de si el régimen es ganancial o no. Parece raro lo que digo pero sigo explicándolo.

Cada uno de los cónyuges tiene su propio patrimonio formado por sus bienes privativos con los que pueden hacer (con algunas restricciones) lo que les plazca. Junto a estos dos patrimonios está el patrimonio común que se dedica a cubrir los gastos comunes de la pareja. Ese patrimonio común se compone de lo que los cónyuges decidan y aporten.

Bien, hasta ahora no he hablado de separación de bienes ni gananciales. En caso de régimen de gananciales, los rendimientos de todos los patrimonios incrementan el patrimonio común en tanto que en separación de bienes cada rendimiento incrementa su propio patrimonio.

Y ahora vamos al caso, Matrimonio en gananciales y uno de los cónyuges recibe una herencia. Pues esa herencia pertenece al heredero y no al otro cónyuge. Ahora, el heredero decide poner lo heredado dentro del patrimonio conyugal. Pues perfecto y además pone el bien a nombre del otro cónyuge. Después cogen y lo venden con lo que ya no está el bien. Y es ahora cuando se produce la separación de la pareja y la disolución del patrimonio común. ¿Qué pasa con los bienes aportados? Pues muy sencillo, el patrimonio común tiene una deuda por el valor de la herencia con el excónyuge que aportó el bien. Vaya, vaya....no han servido las triquiñuelas para que el otro cónyuge se quede con lo que no le corresponde por mas que exista escritura pública, Registro de la Propiedad o lo que sea. Otra cuestión distinta es que el juicio de divorcio en esos casos, promete ser interesante.

Se me olvidaba, cuando se disuelve el patrimonio común, se resta para cada cónyuge el valor de lo aportado por este y lo que queda, se reparte a partes iguales.

Saludos

Desconectado Pravias

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Re:algun experto o conocedor de la materia de testamento y matrimonio
« Respuesta #12 en: 31 de Julio de 2012, 13:18:59 pm »
Muchísimas gracias, cuanto se aprende!
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