Yo no he visto el contrato, pero no veo tampoco el vicio de consentimiento por ningún lado. Por lo que sé, las dos partes contratantes están de acuerdo en formalizar la compraventa después de un tiempo, sobre todo el arrendatario, que está decidido a comprar. Es un contrato de alquiler con opción a compra como una casa, lo que ocurre es que le veo el peligro de que en un futuro, mi amigo (arrendatario) se pueda encontrar con sorpresas desagradables, al no haber elevado el contrato a escritura pública ni haber anotado la opción de compra en el registro de la propiedad.