Y ésto es de pata negra.... yo añadía, siempre que hubiera, la contestación del profesor en el foro, en un copia y pega jejeje
Duda sobre prescripción contestada en el foro por el profesor: Estimada alumna, entiendo que su duda es sobre cuando acaba el plazo de prescripción, ¿cuál es el último día del mismo? Imagine que el derecho de la Administración para determinar una deuda cuyo fin de plazo para ingresar termina el día 20 de abril de 2001, ¿finaliza el día 20 de abril de 2005 o el día 21 de abril de dicho año?. ¿el día que prescribe se puede liquidar aún, o ya se considera prescrita ese día? En cuanto al cómputo del final del plazo la LGT no realiza ninguna precisión teniendo en cuenta que en el ámbito del derecho administrativo rige el principio procesal dies a quo non computatur in término, computándose además de fecha a fecha todos los plazos, ya estén fijados en meses o años, por lo que lo esencial es determinar el día inicial del cómputo del plazo. No obstante lo anterior, el Tribunal Supremo (Sentencias de 9/03/82,21/12/87,9/03/88, entre otras) ha tenido que aclarar reiteradamente el concepto de fecha a fecha pues no es infrecuente incurrir en el error de calcular que si un plazo se inicia, por ejemplo como en el supuesto planteado, en día 21 finaliza asimismo el 21 del año o mes que corresponda al plazo establecido, siendo así que el plazo habrá terminado el día 20, pues el 21 corresponde ya a otro mes o año. En conclusión, en la cuestión planteada el plazo de prescripción se inicia el día 21 de abril de 2001, por ser el día siguiente a la finalización del plazo de ingreso, siendo el día de prescripción el 20 de abril de 2005, fecha en que aún puede practicarse liquidación, pues sólo el día 21 deberá considerarse prescrito el derecho de la Administración Tributaria.