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Autor Tema: POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13  (Leído 92386 veces)

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Desconectado Talid

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #800 en: 13 de Febrero de 2013, 23:25:30 pm »
Perdonad compañeros, pero no encuentro donde están las preguntas del modelo D. Yo he tenido el C, y para poder ver las respuestas correctas necesito las preguntas del D y no la veo para poder hacer la equivalencia con el C.... ¿Me podéis indicar en que post está el modelo D?.


Desconectado Talid

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #801 en: 13 de Febrero de 2013, 23:26:44 pm »
Vale, ya las he encontrado..... Gracias de todos modos

Desconectado Duck

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #802 en: 13 de Febrero de 2013, 23:28:52 pm »
     En la pregunta de la concentración había que notificar. La obligación existe cuando se "adquiere o incrementa una cuota del 30%". Eso quiere decir que si una empresa posee menos del 30% y con la adquisición pasa a tener más, debe notificar. Y por otra parte significa que si una empresa ya tiene el 30% o más, se considera que es lo suficientemente importante como que para que cualquier adquisición de nueva cuota, fuese la que fuere, determina dicha obligación.
     La del heredero está bien. Ciertamente podría no haber aceptado pero sería imposible poner un caso práctico en un examen si somos tan quisquillosos. Más grave me parece a mí lo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, más que nada porque eso es objetivo, ese organismo NO existe y además el nuevo sustituyó al Tribunal de Defensa de la Competencia por lo que la pregunta es claramente impugnable.
     Y sigo insistiendo en que en la pregunta número 8 del tipo D el derecho de explotación no es el medio de protección, es el contenido jurídico en que se traduce económicamente el derecho de patente o de marca. Los medios de protección son las acciones legales que se pueden interponer contra el que no respeta ese derecho. Es más, las patentes no siempre otorgan derecho pleno de explotación, como ocurrre en el caso de las derivadas. Yo no creo que las impugne porque creo que tengo 33 bien, aunque podría haber tenido las 35, pero alguien que esté al borde del suspenso debería hacerlo si tiene estas mal.
      El examen era más fácil que el de la primera semana según mi opinión y creo que conseguir 24 preguntas era bastante accesible si llevabas la asignatura medianamente bien preparada pero me parece mal que te den un manual de 600 págs. para poner un examen para el que bastaban 80 páginas de apuntes. El libro está lleno de legislación, cuotas, legitimaciones... y preguntan cosas tan básicas que se te queda cara de tonto después de estudiártelo entero. Pero ya he aprendido la lección, y no volverá a pasarme. Un saludo

Desconectado Davidiver

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #803 en: 13 de Febrero de 2013, 23:31:01 pm »
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la pregunta dice "en todo caso" y si se puede pactar que no tenga derecho de adquisición preferente ya no es "en todo caso", eso creo.
Peo la ley dice:
"(...)
8. El pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración pactada superior a cinco años."


Y el enunciado dice que arrendó por un período de 5 años. Con lo cual, en este caso, no puede haber pacto.
Y por otro lado está lo que dice el libro en la pág. 263.
Igual me equivoco...
Bueno, a esperar a la plantilla... si la ponen.
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Desconectado Duck

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #804 en: 13 de Febrero de 2013, 23:38:23 pm »

    Buena observación Davidiver, pero creo que la LAU solo rige en defecto de pacto entre las partes. Es decir, las partes tienen libertad para pactar las condiciones del arrendamiento independientemente de lo establecido por la ley, salvo el tema de la fianza o la obligación de compelerse a redactar el contrato por escrito, así que ese artículo tampoco tendría validez. Creo que es la explicación, pero podrían haber ido a pillar, cosa que dudo porque en el examen no había ninguna pregunta tan retorcida.

Desconectado Davidiver

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #805 en: 13 de Febrero de 2013, 23:43:10 pm »
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    Buena observación Davidiver, pero creo que la LAU solo rige en defecto de pacto entre las partes. Es decir, las partes tienen libertad para pactar las condiciones del arrendamiento independientemente de lo establecido por la ley, salvo el tema de la fianza o la obligación de compelerse a redactar el contrato por escrito, así que ese artículo tampoco tendría validez. Creo que es la explicación, pero podrían haber ido a pillar, cosa que dudo porque en el examen no había ninguna pregunta tan retorcida.
No sé.
En la respuesta 798 de este post he transcrito lo que dice el manual en la página 263, párrafo 5º.
Y viendo eso más la ley...
En fin, me consuela que con ese acierto o sin el creo que he aprobado, que ya es mucho...
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Desconectado Davidiver

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #806 en: 13 de Febrero de 2013, 23:48:39 pm »
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En la pregunta 19 del tipo D, creo que puede ser la A.

Pág. 263 del manual, 5º párrafo:

"Para facilitar la continuidad del arrendatario en el disfrute del local se establece el derecho de adquisición preferente (art.31 LAU), cuando el arrendador venda el inmueble arrendado. En tal caso, deberá el arrendador notificar fehacientemente al arrendatario su decisión de vender la finca arrendada, indicando el precio y demás condiciones esenciales de la transmisión. El arrendatario tendrá un derecho de tanteo y retracto sobre la finca arrendada (art. 25 en relación con el art. 29 LAU)"

Y la LAU dice lo siguiente:

"Artículo 25 LAU. Derecho de adquisición preferente
1. En caso de venta de la vivienda arrendada, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma, en las condiciones previstas en los apartados siguientes.
(...)
8. El pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración pactada superior a cinco años."


"Artículo 31. Derecho de adquisición preferente
Lo dispuesto en el artículo 25 de la presente ley será de aplicación a los arrendamientos que regula este Título."

Lo vuelvo a subir...
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Desconectado tgil49

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #807 en: 13 de Febrero de 2013, 23:49:36 pm »
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Esa cláusula solo es impertiva para vivienda, en el caso de locales esa cláusula es dispositiva.

Un saludo,
Tomás





Peo la ley dice:
"(...)
8. El pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración pactada superior a cinco años."


Y el enunciado dice que arrendó por un período de 5 años. Con lo cual, en este caso, no puede haber pacto.
Y por otro lado está lo que dice el libro en la pág. 263.
Igual me equivoco...
Bueno, a esperar a la plantilla... si la ponen.

Desconectado Talid

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #808 en: 13 de Febrero de 2013, 23:50:56 pm »
Os dejo en orden las repuestas para el tipo C (si nno me he confundido al pasar las del tipo D..... ;D)
1   C
2   B
3   C
4   A
5   B
6   B
7   B
8   B
9   A
10   A
11   B
12   B
13   B
14   A
15   B
16   A
17   C
18   B
19   C
20   B
21   C
22   C
23   B
24   B
25   C
26   C
27   B
28   B
29   C
30   B
31   A
32   A
33   B
34   A
35   B

Desconectado kronostia

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #809 en: 14 de Febrero de 2013, 12:55:59 pm »
Yo, en cuanto a la pregunta 27, no creo que sea la B, primero porque la cuestion de nulidad es de orden público. En este punto es donde viene la posible invalides de dicha pregunta, porque en el manual dice que puede ser la oficina de patentes, o cualquiera que tenga un derecho o interes, desde este punto de vista podría parecer que es la C, pero la A esta diciendo que cualquier persona que aluda el riesgo de confusión, si es así estaría legitimado cualquiera, porque a todos nos interesa que no nos engañen en el mercado, yo etiendo que o dan buenas A y C o la tendran que anular, que pensanis.

Desconectado chesco

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #810 en: 14 de Febrero de 2013, 13:13:46 pm »
Espero que te responda a la duda,

Artículo 52. Causas de nulidad relativa.

1. El registro de la marca podrá declararse nulo mediante sentencia firme y ser objeto de cancelación cuando contravenga lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9 y 10.

2. El titular de un derecho anterior que haya tolerado el uso de una marca posterior registrada durante un período de cinco años consecutivos con conocimiento de dicho uso no podrá solicitar en lo sucesivo la nulidad de la marca posterior ni oponerse al uso de la misma basándose en dicho derecho anterior para los productos o los servicios para los cuales se hubiera utilizado la marca posterior, salvo que la solicitud de ésta se hubiera efectuado de mala fe, en cuyo caso la acción será imprescriptible. En el supuesto contemplado en este apartado, el titular de la marca posterior no podrá oponerse al uso del derecho anterior, a pesar de que ese derecho ya no pueda invocarse contra la marca posterior.

3. Cuando el titular de una marca anterior, que lleve al menos cinco años registrada en el momento de presentar la demanda, solicite la nulidad de otra marca posterior, deberá probar, si así lo solicita el demandado por vía de excepción, que, en el curso de los cinco años anteriores a la fecha de presentación de la demanda, la marca ha sido objeto de un uso efectivo y real para los productos o servicios para los que esté registrada y en los que se basa la demanda, o que existen causas justificativas de la falta de uso. A estos efectos, la marca se considerará registrada solamente para los productos o servicios para los que haya sido realmente utilizada.


Artículo 9. Otros derechos anteriores.

d.El nombre comercial, denominación o razón social de una persona jurídica que antes de la fecha de presentación o prioridad de la marca solicitada identifique en el tráfico económico a una persona distinta del solicitante, si, por ser idéntica o semejante a estos signos y por ser idéntico o similar su ámbito de aplicación, existe un riesgo de confusión en el público. A estos efectos, el titular de esos signos habrá de probar el uso o conocimiento notorio de dichos signos en el conjunto del territorio nacional. Cumpliéndose estas condiciones, de igual protección gozarán los extranjeros que de acuerdo con el artículo 3 de esta Ley puedan invocar el artículo 8 del Convenio de París o el principio de reciprocidad, siempre que acrediten el uso o conocimiento notorio en España de su nombre comercial no registrado.

Desconectado chesco

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #811 en: 14 de Febrero de 2013, 13:17:36 pm »
Faltaba esto:

Artículo 59. Legitimación.

La acción declarativa de nulidad o caducidad del registro de la marca podrá ser ejercitada:

a.En los casos previstos en los artículos 51 y 55.c, d, e y f, por la Oficina Española de Patentes y Marcas, así como por cualquier persona física o jurídica o por cualquier agrupación constituida legalmente para la representación de los intereses de fabricantes, productores, prestadores de servicios, comerciantes o consumidores que resulten afectadas u ostenten un derecho subjetivo o un interés legítimo.

b.En los casos previstos en el artículo 52, por los titulares de los derechos anteriores afectados por el registro de la marca, o por sus causahabientes en el caso de los derechos anteriores previstos en la letras a y b del artículo 9 de la presente Ley.

Desconectado kronostia

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #812 en: 14 de Febrero de 2013, 13:38:12 pm »
Correcto, un pequeño lio con los productos

Desconectado kronostia

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #813 en: 14 de Febrero de 2013, 13:46:50 pm »
En cuanto a la 12 no puede ser la b) porque iria en contra del 661 del cc, y en la b9 dice que únicamente desde el fallecimiento

Desconectado chesco

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #814 en: 14 de Febrero de 2013, 14:07:19 pm »
En esa pienso como tu, creo que es la "C".

Desconectado anlesa22

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #815 en: 14 de Febrero de 2013, 15:47:56 pm »
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No sé.
En la respuesta 798 de este post he transcrito lo que dice el manual en la página 263, párrafo 5º.
Y viendo eso más la ley...
En fin, me consuela que con ese acierto o sin el creo que he aprobado, que ya es mucho...
Efectivamente la LAU en relación al arrendamiento para uso distinto de vivienda contiene sólo normas dispositivas, salvo la fianza y la posibilidad de exigir el contrato por escrito. Lo dice la propia LAU:

 Artículo 4. Régimen aplicable

1. Los arrendamientos regulados en la presente ley se someterán de forma imperativa a lo dispuesto en los Títulos I, IV y V de la misma y a los dispuesto en los apartados siguientes de este artículo.

...

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes; en su defecto, por lo dispuesto en el Título III de la presente Ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.

En cuanto al art.25 que se cita, lo de los 5 años... me temo que el art.25 es para arrendamiento de vivienda, y no es el caso.

Desconectado skull90-pacheco

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #816 en: 14 de Febrero de 2013, 15:55:44 pm »
Al final supongo que tendremos que esperar por las plantillas hasta el lunes, no?  :(

Desconectado guesi

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #817 en: 14 de Febrero de 2013, 16:44:29 pm »
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Yo, en cuanto a la pregunta 27, no creo que sea la B, primero porque la cuestion de nulidad es de orden público. En este punto es donde viene la posible invalides de dicha pregunta, porque en el manual dice que puede ser la oficina de patentes, o cualquiera que tenga un derecho o interes, desde este punto de vista podría parecer que es la C, pero la A esta diciendo que cualquier persona que aluda el riesgo de confusión, si es así estaría legitimado cualquiera, porque a todos nos interesa que no nos engañen en el mercado, yo etiendo que o dan buenas A y C o la tendran que anular, que pensanis.


Pienso lo mismo, yo he puesto la A

Desconectado guesi

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #818 en: 14 de Febrero de 2013, 16:46:08 pm »
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En esa pienso como tu, creo que es la "C".


Y yo, en la 12 voto por la C

Desconectado dercetto

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Re:POST OFICIAL MERCANTIL 1_1º Parcial 12/13
« Respuesta #819 en: 14 de Febrero de 2013, 21:38:04 pm »
La plantilla de correccion la publica incluso antes de las notas? Es la primera vez que me examino de una tipo test y no se como van.