;

Autor Tema: POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13  (Leído 103429 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado guesi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 705
  • Registro: 10/10/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #320 en: 21 de Enero de 2013, 20:24:58 pm »
Acabo de recordar que el departamento subió los cuatro primeros temas, en el cuarto está el concepto de tratado, pone lo siguiente:
CONCEPTO DE TRATADO
Las normas básicas en materia de tratados son la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados de 23 de mayo de 1969, en vigor desde el 27 de enero de 1980 (España se adhirió el 2 de mayo de 1972), y la Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales (OOII) y entre OOII de 21 de marzo de 1986, que establece una regulación que guarda un estrecho paralelismo con la Convención de 1969, siendo esta última a la que tomaremos como referencia en lo sucesivo.
Según el artículo 2.1.a) de la Convención de Viena de 1969 “se entiende por Tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o en más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”.
Así, la aplicación de la Convención se limita a:
-
tratados en forma escrita,
-
entre Estados,
-
regidos por el DI, independientemente de la denominación
Ahora bien, el artículo 3 de la Convención de 1969 prevé que la no aplicación del Convenio a los acuerdos celebrados en forma no escrita o entre Estados y otros sujetos de Derecho internacional no afecta al valor jurídico de tales acuerdos.


La siguiente frase se refiere a los tipos de tratados.
El departamento es quien ha" recortado", y lo único que especifica es que el ser de forma no escrita no  influye en el valor jurídico.


Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #321 en: 21 de Enero de 2013, 23:27:57 pm »
Yo espero que las preguntas sean algo generales porque con lo denso que es el temario

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #322 en: 22 de Enero de 2013, 10:56:34 am »
La cuestión de la jerarquía de los tratados en Derecho español:

a. Se prevé de forma expresa en la Constitución de 1978 cuyo artículo 96 reconoce la primacía de los tratados internacionales sobre las normas internas españolas.
b. Se prevé de forma expresa en la Constitución de 1978 cuyo artículo 96 reconoce la primacía de las normas internas españolas sobre los tratados internacionales.
c. No queda resuelta a la luz de la Constitución Española de 1978.
d. Implícitamente queda resuelta por el artículo 96 de la CE que propugna la primacía de los tratados internacionales sobre las normas internas.

Podría ser la c? la constitución espñola de 1978 no dice de forma expresa cuál es la posición del derecho español en relación con el derecho internacional general...
 


Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #323 en: 22 de Enero de 2013, 11:04:18 am »
Se me olvidó decir que después dice: Todo estado cmo miembro de la comunidad internacional está obligado a respetar sus compromisos internacionales aceptando la superior jerarquía del derecho internacional...  :o :o

No entiendo una m...

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #324 en: 22 de Enero de 2013, 11:51:43 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Se me olvidó decir que después dice: Todo estado cmo miembro de la comunidad internacional está obligado a respetar sus compromisos internacionales aceptando la superior jerarquía del derecho internacional...  :o :o

No entiendo una m...

Hola, no estoy con ésta Raúl31, pero sí la he repasado y tengo algunas cosas claras en la cabeza.

Se discutía en Derecho Constitucional sobre el escalón en el que podíamos considerar lo recogido en un Tratado y, si bien, no está al nivel de nuestra Constitución, cuando éstos entrar a formar parte de nuestro Ordenamiento interno, su nivel está paralelo a nuestras leyes, pero mientras nuestras normas internas pueden ser modificadas o legislada una materia conforme al procedimiento establecido, el art. 96 CE no "consiente" eso para los Tratados, aunque hayan pasado a formar parte tras la publicación de nuestro Ordenamiento interno.

Conclusión: dado que para la derogación, modificación o suspensión de las modificaciones de un Tratado sólo puede hacerse de la forma prevista en el mismo Tratado o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional, (Convención de Viena de 23 de mayo de 1969, sobre el Derecho de los Tratados -Instrumento de adhesión-) y, por otro, el art. 96.1 CE afirma de forma indirecta pero inequívoca la primacía del Derecho Internacional sobre las normas internas.

¿por qué?

La fuerza de resistencia a las modificaciones de los Tratados por ley interna es la garantía de la "primacía del tratado las leyes anteriores o posteriores contrarias a él.
En caso de contradicción con un Tratado en vigor para España, las leyes internas quedarían implicadas.

opción d) compañero.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #325 en: 22 de Enero de 2013, 11:54:51 am »
Vale, aclarado, a ver si se en alf me responden y te pongo un 10 jeje

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #326 en: 22 de Enero de 2013, 13:24:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Vale, aclarado, a ver si se en alf me responden y te pongo un 10 jeje

Te he dado en Alf el mismo argumento, puesto que la TAR acaba de poner las respuestas de ese pequeño test, del que ni me he dado cuenta que era una de las preguntas.

El 10 mejor dejarlo para el examen, y si es un 5, también,  :D

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #327 en: 22 de Enero de 2013, 13:41:02 pm »
Vale, ya lo he visto, gracias doble, la  verdad que pensaba que llevaba mejor la asignatura y voy para el martes.

Desconectado lidia15378

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 3047
  • Registro: 19/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #328 en: 23 de Enero de 2013, 13:21:39 pm »
Hola, alguien me puede pasar los apuntes, me toco tirarlos en el aeropuerto por exceso de equipaje y no los metí en el pen, asi que necesito volver a imprimirlos.

lidia15378@yahoo.es

Gracias!
No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #329 en: 23 de Enero de 2013, 13:44:35 pm »
Te mando los de vivero, no sé si hay otros que hayan hecho...

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #330 en: 24 de Enero de 2013, 13:22:02 pm »
La plataforma continental desde dónde se cuenta, desde la linea base y 200 millas la normal y 350 la amplia, o desde el mar territoria que sería las 12 millas y después las 200 millas.

La plataforma  continental tiene la misma distancia que la zona económica exlusiva? o en la paltaforma continental entran las aguas interiores.


Desconectado marco.leon

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 429
  • Registro: 29/01/11
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #331 en: 26 de Enero de 2013, 20:14:25 pm »
Buenas, llevo Derecho del Mar un tanto liado, y no termino de entender el concepto de derecho de paso inocente. Entiendo el concepto en sí. Pero, relacionado con el supuesto del barco cargado de hachís que fue abordado por la Guardia Civil y la pregunta es si está autorizado para haber actuado así; ¿En qué extensiones marinas está autorizado para ejercer la vigilancia necesaria para prevenir o perseguir las violaciones de sus reglamentaciones aduanera, fiscal, de inmigración y sanitaria que puedan cometerse o se hayan cometido en su propio territorio o en su mar territorial. ¿Tiene esto algo que ver con la exclusión o no del derecho de paso inocente? Gracias.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #332 en: 26 de Enero de 2013, 20:28:31 pm »
Pero el paso inocente no quiere decir que no lleve controles aunque se trate de un paso rápido y sin detenciones, se requiere que el paso no sea perjudicial, pero quién sabe ésto? imagino que por ello harán controles...

Lo de cuando está autorizado para perseguir sería tanto en el mar territorial por tener soberanía plena y en la zona contigua aunque  el Estado ribereño no tiene soberanía, sino que sus derechos están determinados solo en materia aduanera, sanitaria, fiscal y migratoria.

No sé si es eso lo que preguntas


Desconectado davazpi

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 722
  • Registro: 12/11/10
  • El éxito es directamente proporcional al esfuerzo
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #333 en: 27 de Enero de 2013, 10:59:50 am »
El derecho de paso inocente, no tiene nada que ver con la persecución que comentas, la Guardia Civil, solo podrá perseguir a este buque mientras esté en aguas territoriales, una vez que salga de ellas cualquier detención no podrá realizarse al no tener jurisdicción.
He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado sanchez

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 22
  • Registro: 03/10/12
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #334 en: 27 de Enero de 2013, 12:20:08 pm »
Podríais alguno pasarme apuntes de esta asignatura??? mi correo es josemasanchez84@gmail.com  muchisimas gracias por adelantado

Desconectado lidia15378

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 3047
  • Registro: 19/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #335 en: 27 de Enero de 2013, 17:32:18 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El derecho de paso inocente, no tiene nada que ver con la persecución que comentas, la Guardia Civil, solo podrá perseguir a este buque mientras esté en aguas territoriales, una vez que salga de ellas cualquier detención no podrá realizarse al no tener jurisdicción.

Es así? Pues yo habia entendido que podía seguir persiguiéndolo si partía desde el mar territorial. Pues que mal lo llevo.......
No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #336 en: 27 de Enero de 2013, 21:10:37 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Es así? Pues yo habia entendido que podía seguir persiguiéndolo si partía desde el mar territorial. Pues que mal lo llevo.......

Yo lo entiendo igual que tu lidia15378, cuando únicamente no se puede perseguir es cuando son aguas internacionales, con lo que cual el que perseguía se tiene que volver para detrás; el ámbito del derecho internacional aplicable a la soberanía de los Estados es el mismo que para Penal respecto del territorio,  ;)

al menos, en es ejemplo que habéis puesto; desde luego para detener un barco es porque haya indicios de que se está cometiendo algún ilícito conforma a las normas internacionales, mayormente la costumbre y los recogido en los Tratados, o en este caso en la Convenciones de Ginebra sobre Derecho de Mar, pero si no hay indicios de nada, el barco que ostente otro pabellón podrá pasar con un paso ininterrumpido, al fin y al cabo, eso es lo que quier decir "paso inocente".

Desconectado lawyer-to-be

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 130
  • Registro: 15/01/11
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #337 en: 28 de Enero de 2013, 13:24:39 pm »
No entiendo como se puntua el examen. Si pone que hay que hacer 15 bien de 25 pero que los errores restan, entonces ¿para aprobar hay que hacer bien 15 y no fallar ninguna o en este varemo se incluye el fallo de las otras 10?

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #338 en: 28 de Enero de 2013, 13:33:12 pm »
Tienes que llegar a 15 bien una vez descontadas los errores, o sea que si tienes 15 bien y una mal se suspende, yo lo entiendo así, lo que pasa que lo de 15 bien induce a error.

Creo vamos

Desconectado guesi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 705
  • Registro: 10/10/10
Re:POST OFICIAL INTERNACIONAL PUBLICO 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #339 en: 28 de Enero de 2013, 13:48:32 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Tienes que llegar a 15 bien una vez descontadas los errores, o sea que si tienes 15 bien y una mal se suspende, yo lo entiendo así, lo que pasa que lo de 15 bien induce a error.

Creo vamos

Si quitan 0.1 por cada error= 1 punto por 10 erróneas.
Si tienes 15 bien, tendrás un 6, esto sería si llevasen cuentas exactas.
Supongo que te exigen el 6 para aprobar, ha habido años que necesitábamos un siete.
Si descontasen desde 15 correctas nunca aprobaríamos, tendríamos que tener todas bien,

como tú bien dices, eso creo. Porque realmente ¡cualquiera sabe!