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Autor Tema: POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13  (Leído 42134 veces)

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Desconectado faustus

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #60 en: 15 de Octubre de 2012, 08:25:00 am »
¿¿Soy yo o ésta es todavía más infumable que FyT I??

En Andalucía tenemos seis unidades de medida. A saber: la mijilla, el peazo, el cacho, la jartá, la peshá y un güevo.

Desconectado anabhdez

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #61 en: 16 de Octubre de 2012, 17:24:28 pm »
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os pongo el enlace donde se confeccionan los apuntes, ya estan los temas asignados, si alguien no puede porfavor que lo diga.

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he creado un hotmail para enviar los apuntes: financieroytributario2@hotmail.es, para saber la clave mandarme un mail desde vuestra cuenta de alumno de la uned como en el resto de asignaturas.

Hola, una pregunta, ¿cuál es tu cuenta de correo de UNED? Es para mandarte ahí el mail para pedirte la clave. Gracias!!

Desconectado ebravo44

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #62 en: 16 de Octubre de 2012, 17:48:51 pm »
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Hola, una pregunta, ¿cuál es tu cuenta de correo de UNED? Es para mandarte ahí el mail para pedirte la clave. Gracias!!

Lee la respuesta #3 de aquí...

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--Liz--
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Desconectado nogarde

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #63 en: 16 de Octubre de 2012, 22:45:49 pm »
Picoco!!!
Necesito tu mail para distribuirnos el trabajo de la confección de apuntes.
Ponte en contacto conmigo. noemigarcia84@hotmail.com
 ;)

Desconectado anabhdez

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #64 en: 16 de Octubre de 2012, 22:55:32 pm »
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Gracias!

Desconectado hollygrial

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #65 en: 17 de Octubre de 2012, 13:01:21 pm »
Una pregunta.

En vez de comprar el código y llevártelo al examen, ¿se puede descargar las leyes y llevártelo para examinarte?   ???

Muchas gracias

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #66 en: 20 de Octubre de 2012, 19:55:34 pm »
Hola, el equipo docente ha mandado esta Mail


Instrucciones que aparecerán en los exámenes

Estimados alumnos:
En los exámenes de Derecho Financiero y Tributario II de las convocatorias de febrero, junio y septiembre se incluyen las instrucciones que copio abajo.

Atentamente,

Gerardo Menéndez

"Antes de contestar las preguntas, lea detenidamente estas INSTRUCCIONES:
1) NO CONTESTE LAS PREGUNTAS EN ESTA HOJA DE EXAMEN, NI EN LOS FOLIOS PARA BORRADOR FACILITADOS POR EL TRIBUNAL.
2) Debe contestar solamente tres de las cuatro preguntas.
3) Las preguntas deben contestarse en el mismo orden en que aparecen formuladas.
4) La duración del examen será de una hora y treinta minutos.
5) Se permite la consulta de textos legales (recogidos en códigos, descargados de internet o fotocopiados), así como del programa oficial de la asignatura. Los textos legales no pueden estar acompañados de comentarios o anotaciones (ya estén impresos o sean manuscritos). Los textos legales sí pueden estar subrayados. Se permite, además, la utilización de marcadores (como pegatinas "post-it") para separar las distintas normas utilizadas o los distintos epígrafes dentro de una norma. Estos marcadores sí pueden incluir las anotaciones necesarias para identificar la norma o capítulo que señalan (por ejemplo, "IRPF" o "base imponible").
6) Puede quedarse si lo desea con esta hoja de examen.
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Desconectado aasm

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #67 en: 23 de Octubre de 2012, 13:20:40 pm »
que codigo recomendais que venga con ejemplitos y cositas

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #68 en: 25 de Octubre de 2012, 18:34:54 pm »
Buenas tardes...!

A ver si alguien sabe responderme... La letra pequeña del manual es materia de examen??

Un saludo... y gracias!

Desconectado Iuris-dav

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #69 en: 29 de Octubre de 2012, 11:04:18 am »
Por fin han publicado el temario detallado materia de examen! Dos semanas después de empezar el curso.

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Desconectado maricarmen25

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #70 en: 29 de Octubre de 2012, 14:11:29 pm »
Alguien me puede explicar lo de los temas del libro y los bloques:

1Impuesto sobre la renta de las personas físicas (lecciones 3.a y 4.a y, en lo que se refiere a las
competencias normativas de las Comunidades Autónomas en este impuesto, lección 10.a).
2. Impuesto sobre sociedades (lección 5a).
3 Impuestos sobre la renta de no residentes, sobre el patrimonio y sobre sucesiones y donaciones
(lecciones 7.a a 9.a y, en lo que se refiere a las competencias normativas de las Comunidades Autónomas en
los dos últimos impuestos citados, lección 10.a)

A que tema corresponde cada uno, por que en el libro el tema sociedades es el 4

Desconectado antonio51

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #71 en: 29 de Octubre de 2012, 20:24:32 pm »
Acabo de enviar al correo los apuntes completos del primer parcial, espero que a los que les interese les sea util.

Desconectado jaraiz1982

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #72 en: 29 de Octubre de 2012, 21:57:02 pm »
Alguien me puede decir cuál es la cuenta de correo de esta asignatura... de la confección de apuntes?

Le he dado la vuelta un par de veces al hilo completo, pero no veo cuenta de correo alguna... El caso es que estoy colaborando con la confección de unos epígrafes, y la coordinadora, Lore2, me envió la contraseña... Pero no el correo al que debo remitir mi parte...

Un saludo, y gracias!

Desconectado veloma

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #73 en: 29 de Octubre de 2012, 22:26:38 pm »
Buenas noches,
Acabo de entrar en este hilo por primera vez.
Yo tengo unos apuntes de unas 370 paginas y lo poco que he podido ir estudiando me han gustado.
No se como compartirlos, soy nueva en esto.
Ya me decis, si son de vuestro interes.
Un abrazo.

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #74 en: 29 de Octubre de 2012, 22:35:01 pm »
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Acabo de enviar al correo los apuntes completos del primer parcial, espero que a los que les interese les sea util.

Nos serán super útiles, mil gracias!!!
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Desconectado Iuris-dav

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #75 en: 30 de Octubre de 2012, 12:09:13 pm »
Yo tampoco tengo correo ni contraseña.

Esos apuntes colgados son actualizados al libro de este año?. Yo tenía asignado la parte de IS pero como no he conseguido aún el libro actualizado no pude empezar.

No hay excusas para no aprender

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #76 en: 02 de Noviembre de 2012, 02:31:34 am »
A QUIEN LE PUEDA SERVIR, lo he colgado tambien en licenciatura.

Vamos a resolver un caso practico mas o menos complejo



Imaginemos un trabajador, con contrato indefinido, que percibe unas retribuciones anuales de 57.400 euros y sus cotizaciones anuales a la Seguridad Social ascienden a 2.461,34 euros.

El trabajador ha entregado a la empresa el modelo 145, comunicando los siguientes datos:

El trabajador nació en 1965.

Está encuadrado en la situación familiar segunda, casado con cónyuge que no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales excluidas las exentas.

Aceptó empleo que le exigió cambio de residencia el 1 de diciembre de 2010.

El trabajador es discapacitado con minusvalía en grado igual o superior al 65%.

Tiene 3 descendientes nacidos en 2001, 2009 y 2010. El hijo mayor tiene una minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65% teniendo acreditada la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida. Todos los hijos conviven con ambos progenitores.

Convive con un ascendiente nacido en 1927 que tiene una minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65% y tiene acreditada la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida. Dicho ascendiente también convive con un hermano del trabajador.


Lo primero que debemos ver es si este trabajador, por su situación familiar, número de hijos e ingresos, está excluido de retención.

Según el cuadro del artículo 81 del Reglamento del IRPF, el límite excluyente de retención para su situación asciende a 16.952 euros. Dado que sus retribuciones superan dicha cuantía, ya sabemos que no está excluido de retención y, por tanto, debemos calcularle el tipo de retención que le corresponda según el procedimiento de cálculo establecido en ese mismo Reglamento.

El procedimiento general para determinar el importe de la retención consta de los siguientes pasos:

Cálculo de la base
Cálculo del mínimo personal y familiar
Cálculo de la cuota de retención
Cálculo del tipo previo de retención
Cálculo del importe previo de retención
Cálculo del tipo de retención



Para el cálculo de la base partiremos de las retribuciones anuales del trabajador que iremos minorando en una serie de cantidades en función de sus circunstancias laborales, personales y familiares.

+57.400 € (retribuciones anuales)
-2.461,34 € (cotizaciones a la Seguridad Social, art. 19.2.a LIRPF.)
-2.652 € (reducción por rendimientos del trabajo, art. 20.1.c LIRPF.)
-2.652 € (reducción por movilidad geográfica, art. 20.2.b LIRPF)
-7.242 € (reducción por minusvalía igual o superior al 65%, art. 20.3 párrafo 2º LIRPF)
-600 € (reducción por tener más de dos descendientes, art. 83.3.d RIRPF)
= 41.792,66 € = Base

Cálculo del mínimo personal y familiar

Para el cálculo del mínimo personal y familiar iremos sumando una serie de cantidades en función de sus circunstancias personales y familiares.

+5.151 € (mínimo personal con carácter general, art. 57 LIRPF)
+918 € (por el primer hijo, art. 58.1 LIRPF)
+1.020 € (por el segundo hijo, art. 58.1 LIRPF)
+1.836 € (por el tercer hijo, art. 58.1 LIRPF)
+1.122 € (por el primer hijo menor de tres años, art. 58.2 LIRPF)
+1.122 € (por el segundo hijo menor de tres años, art. 58.2 LIRPF)
+459 € (por el ascendiente, art. 59.1 LIRPF)
+561 € (porque el ascendiente es mayor de 75 años, art. 59.2  LIRPF)
+ 7.038 € (por discapacidad del trabajador igual o superior al 65%, art. 60.1 párrafo 1º LIRPF)
+2.316 € (por discapacidad del trabajador igual o superior al 65%, art. 60.1 párrafo 2º LIRPF)
+1.158 € (por discapacidad de un hijo igual o superior al 33% e inferior al 65%, art. 60.2 párrafo 1º LIRPF)
+1.158 € (por un hijo con movilidad reducida o necesitar ayuda de terceras personas, art. 60.2 párrafo 2º LIRPF)
+1.158 € (por el ascendiente con minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65%, art. 60.2 párrafo 1º LIRPF)
+1.158 € (por el ascendiente con movilidad reducida o necesitar ayuda de terceras personas, art. 60.2 párrafo 2º LIRPF)
= 26.175 € = Mínimo personal y familiar

Cálculo de la cuota de retención

La cuota de retención será la diferencia entre las cuotas obtenidas de aplicar la escala del IRPF prevista en el artículo 85 del Reglamento a la Base y al Mínimo personal y familiar.

Base:
Hasta 33.007,20 € ………………………………. 8.533,73 €
Resto de 8.785,46 € al 37% ………………. 3.250,62 €

Cuota 1: 11.784,35 €

Mínimo personal y familiar:
Hasta 17.707,20 € ……………………………….. 4.249,73 €
Resto de  8.467,80 € al 28% ………………. 2.370,98 €

Cuota 2: 6.620,71 €

Cuota de retención = Cuota 1 – Cuota 2 = 5.163,64 €

En este caso no resulta de aplicación del límite de la cuota previsto en el art.85.3 del Reglamento de IRPF puesto que el trabajador tiene ingresos superiores a 22.000 euros.

Tipo previo de retención

Según el artículo 86 del Reglamento de IRPF, dividimos la cuota de retención entre las retribuciones del trabajador, multiplicamos por 100 y redondeamos al entero más próximo:

(5.163,64 / 57.400) * 100 = 8,995888… ~ 9%

Importe previo de retención

Multiplicamos las retribuciones del trabajador por el tipo previo:

57.400 * 9% = 5.166 €

Tipo de retención


Para calcular el tipo de retención debemos disminuir el importe previo en la deducción del art.80bis (los antiguos 400 euros) que le pueda corresponder al trabajador. Dado que su base es superior a 12.000 euros, no le corresponde disminución alguna.

Por tanto, el tipo de retención del trabajador será:

[(5.166 - 0) / 57.400] * 100 = 9,0000000%

De este resultado despreciamos los decimales desde el tercero (ojo, no redondear) y tenemos el tipo de retención del trabajador:

9%


Nota: Las cuantías de los mínimos por descendientes y ascendientes se han prorrateado entre todos los contribuyentes que también tienen derecho al mínimo por los mismos descendientes y ascendientes, en este caso el cónyuge del trabajador y madre de sus hijos, y el hermano del trabajador que también convive con el ascendiente, todo ello tal y como se establece en el artículo 61 de la Ley de IRPF.
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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #77 en: 02 de Noviembre de 2012, 12:32:02 pm »
Hola, no estoy matriculada en ésta asignatura, pero dispongo de algun conocimiento y se me ocurre pensar que todos sabeis que en la página de la agencia tributaria No puedes ver los enlaces. Register or Login y en descarga de programas, teneis el programa de calculo de retenciones, por lo menos para comprobar los resultados y creo que también explica cada deducción y su motivo....
Saludos
Marta

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #78 en: 03 de Noviembre de 2012, 08:43:26 am »
he entrado en la pagina de la aeat pero no me aclaro, que es lo que tengo que buscar?
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Re:POST OFICIAL FyT II, 1er Parcial_ 12/13
« Respuesta #79 en: 03 de Noviembre de 2012, 09:14:39 am »
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he entrado en la pagina de la aeat pero no me aclaro, que es lo que tengo que buscar?

programa de calculo de retenciones del IRPF