;

Autor Tema: Ante detenciones ilegales  (Leído 4543 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado jgarmir

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 427
  • Registro: 10/08/10
  • Sicut in coelo et in terra
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #20 en: 04 de Octubre de 2012, 23:15:28 pm »
Yo también tengo fe en que algún día quienes tengan una idea o proyecto que ofrecer recurran a medios mas civilizados, como la suscripción popular, en la que cada firmante se responsabiliza con su DNI y firma de lo que pide, sin necesidad de ensuciar la calle, provocar destrozos, o limitar los derechos de quienes no secundan tales ideas.

Así, de paso, sabremos exactamente cuantos y quienes piden las cosas, atendiendo a la estadística sesgada de unos y otros, no llegamos a nada. Ademas ese método permitiría reivindicar o suscribir peticiones a algún colectivo que tiene a día de hoy prohibido manifestarse.


Desconectado Alfmonti

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1703
  • Registro: 30/07/10
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #21 en: 04 de Octubre de 2012, 23:23:54 pm »
Lictor, no pasa nada por defender a la Policía, es una institución del Estado y por tanto de todos. La inmensa mayoría de sus actuaciones son impecables, pero algunas de ellas bordean la ley (no entramos en delitos cometidos por agentes a titulo personal). Y esto sucede porque el Estado o mejor el Gobierno de turno necesita utilizar la coerción. Pero en estos casos, el responsable moral para mi no es el agente, es el político aunque el responsable penal sea el agente y ahí se muestra una clara indefensión para el policía que cumple órdenes ilegítimas (y de no cumplirlas se enfrenta a la reprobación de sus compañeros y sanciones de todo tipo). Como soluciona esto el Estado, pues básicamente fiscales y jueces miran para otro lado, pero el delito está cometido.

Por otro lado, un abogado o un estudiante de derecho, debe saber que juzgar sin tener todos los datos del caso, lleva siempre a tener una idea o un juicio equivocado. Por ello prefiero centrarme en la ley y no en las noticias.

Saludos

Desconectado somo2

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 13
  • Registro: 30/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #22 en: 04 de Octubre de 2012, 23:35:51 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Deberías fiarte mas de lo que dice la ley y como la interpreta la jurisprudencia, y menos de lo que dice una web de gente que se dedica a  incitar a hacer manifestaciones ilegales y violentas. Por que el que pone esa sartá de tonterias en una web, no es el que se tira uno, dos o tres dias en un calabozo ni el que se enfrenta a la policía y a la justicia.
querido forero...te aseguro que me sé bastante bien la ley....sobre todo aquello que afectan al código penal ...más que nada porque todos los días trabjo con ello así que no me digas que hago caso a una web......

Desconectado somo2

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 13
  • Registro: 30/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #23 en: 04 de Octubre de 2012, 23:40:13 pm »
por cierto...la jurisprudencia queda muy bien en un juicio...pero no vale cuando la policía o guardia civil te detiene ya que sólo les vale lo que dice el código penal

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #24 en: 04 de Octubre de 2012, 23:46:08 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
por cierto...la jurisprudencia queda muy bien en un juicio...pero no vale cuando la policía o guardia civil te detiene ya que sólo les vale lo que dice el código penal

¿Código penal solamente? ¿Y la CE, no? ¿Y la LenjCriminal, tampoco? ¿Y la Ley de FCSE, tampoco?

Ummmm
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado jgarmir

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 427
  • Registro: 10/08/10
  • Sicut in coelo et in terra
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #25 en: 05 de Octubre de 2012, 00:07:31 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Código penal solamente? ¿Y la CE, no? ¿Y la LenjCriminal, tampoco? ¿Y la Ley de FCSE, tampoco?

Ummmm

Y la LRJAPC, y los RegDisc de los Cuerpos... Y por encima de todo la CE

Anda que...

Desconectado jgarmir

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 427
  • Registro: 10/08/10
  • Sicut in coelo et in terra
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #26 en: 05 de Octubre de 2012, 00:09:09 am »
Las FCSE están sujetas a norma hasta para atarse las botas

Desconectado dangoro

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 7358
  • Registro: 04/10/10
Re:Ante detenciones ilegales
« Respuesta #27 en: 06 de Octubre de 2012, 09:20:53 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
por cierto...la jurisprudencia queda muy bien en un juicio...pero no vale cuando la policía o guardia civil te detiene ya que sólo les vale lo que dice el código penal

Este Auto del TC ATC 55/1996, reiterado entre otras por STC 61/2003, de 24 de marzo (FJ 2) y 224/1998, de 24 de noviembre y STC 037/2008 legitima al abogado para solicitar un procedimiento de Habeas Corpus. Te extraigo un parrafo de la 224/1998.

1. Hemos de considerar que la legitimación originaria para instar el procedimiento de hábeas corpus, en cuanto acción específica dirigida a proteger la libertad personal de quien ha sido ilegalmente privado de ella, reside, como prescribe el art. 3, en su apartado a), en la persona física privada de libertad, y si bien es cierto que en el caso enjuiciado el privado de libertad, promovente del amparo, no instó por sí mismo el mentado proce-dimiento, no es menos cierto que actuó en su nombre, tácitamente apoderado al efecto, el Letrado del turno de oficio que le asistía en su calidad de detenido. Esta circunstancia conduce a entender que se ha solicitado el procedimiento por quien, como el privado de libertad, tiene legitimación para ello, si bien, instrumentalmente y dada su situación, lo efectuase en su nombre el Letrado designado por el turno de oficio para asistirle como detenido. Ha de añadirse que si el Juez competente albergase alguna duda sobre la existencia del oportuno mandato conferido a su Letrado por el detenido, debió, para disiparla, realizar las comprobaciones oportunas y, como esencial, acordar la comparecencia de la persona privada de libertad para oírla, entre otras, acerca de tal circunstancia [F.J. 2].

Es ademas la práctica habitual de la mayoría de solicitudes de Habeas Corpus hoy en dia. Otra cosa es que el juez las admita en primer análisis o tras ser oído el detenido y los policías determine que hubo detención ilegal, cosa que ocurre en contadisimas ocasiones. Y es jurisprudencia del TC.