Hoy estaba citado como testigo en un juicio en los Juzgados de lo Penal.
Tratando de ser imparcial expongo el caso: Dos trabajadores, autónomo y su empleado, están de copas en un bar. El empleado coje el vehículo de su jefe (aunque está a nombre de su esposa) y tiene un accidente, dando positivo en las pruebas de alcoholemia. Aunque ambos estaban bastante bebidos.
- Versión del jefe: que su empleado le ha quitado el coche, que le pidió las llaves y no se las dió, pero aprovechó una distracción para quitárselas y cojer el coche.
- Versión del Empleado: que le pidió las llaves y éste se las dejó.
A todo esto hay que sumarle que el empleado era el conductor habitual del coche, pues el jefe tenía el permiso de conducir retirado, el coche es que se usa para trabajar, siendo el empleado el que lo coje habitualmente, versión afirmada por la mujer del jefe, que es la titular del vehículo.
Pues cual es mi sorpresa, cuando, antes de entrar en la vista, los abogados tratan de buscar una conformidad, pero informan al empleado de que le imputan de un ROBO de uso de vehículo. Me quedé

; bajo mi modesta opinión, se podrá imputar por un HURTO de uso de vehículo, pero un ¿robo?.
No sé, ¿qué pensais ustedes?.
PD: no se como quedaron pues me fui antes de la resolución y no he hablado con ninguna de las partes.