;

Autor Tema: Dos cosas que no entiendo de la UNED  (Leído 4495 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Copis

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 211
  • Registro: 01/03/10
    • Derecho en ejemplos
Dos cosas que no entiendo de la UNED
« en: 01 de Octubre de 2012, 18:12:38 pm »
Hola a todos:

Abro este hilo porque creo necesario reflexionar con vosotros, sobre todo los que tenéis más experiencia con la UNED, y ver qué opinión tenéis sobre estos dos puntos que paso a exponeros.

1.- En primer lugar, ¿cómo es posible que estando en una universidad donde gran parte de la interacción es telemática, vía Internet, e-mail, foros, etc., en la que incluso se escanean todos los exámenes y uno pueda verlos y descargarlos en todo momento (en la valija virtual), la UNED no se digne a facilitar las correcciones? En mi caso, este curso he suspendido una y creo que ha sido correcto así, pero creo que todo estudiante, en un mundo ideal, debería tener el derecho fundamental de consultar la corrección de sus exámenes, como ejercicio básico de transparencia y por necesidad didáctica, ¡pues de los errores se aprende y mucho!

2.- Me acabo de dar cuenta de que la asignatura Introducción al Derecho Procesal son 4 créditos, cuando se trata de una de las asignaturas con temario más extenso en primero. ¿Esto es así porque el tema de los créditos es más bien un cachondeo para cobrar a los estudiantes? Quiero decir, ¿es así porque los políticos de turno, ahora implicados los de la UE con el plan Bolonia, deciden el número de créditos no en base a las horas lectivas, sino en función de los ingresos que quieren proporcionar a la universidad de turno? ¿Por qué una asignatura con temario tan extenso como Introducción al Derecho Procesal sólo tiene 4 créditos, es que de ponerle los que les correspondería no les salían las cuentas? La verdad es que no lo entiendo.

Pero, obviamente, de estos dos puntos, el que más me excama es el primero. ¿Qué pensáis?

¡Derecho a acceder a tu examen corregido ya!

Gratas horas...

No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado matias1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 4513
  • Registro: 27/01/10
  • 12 de Julio-viernes para todos!!
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #1 en: 01 de Octubre de 2012, 18:14:52 pm »
Llevo varios año oyendo sobre la "valija de retorno" y cada vez que pregunto a los profesores lo unico que obtengo es la callada por respuesta.

Desconectado zirtaeb

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 238
  • Registro: 06/07/11
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #2 en: 01 de Octubre de 2012, 18:22:24 pm »
yo puedo compartir tu primer comentario pero decir que introduccion al derecho procesal es de las mas extensas en temario de primer curso ..... que te voy a decir, o no te has matriculado de las demas o explicame tu ..... estoy recordando ahora asi a ojo y no recuerdo una de primero con menos temario .... dimela tu

Desconectado Jimmy Page

  • Usuario VIP
  • *
  • Mensajes: 1117
  • Registro: 10/08/09
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #3 en: 01 de Octubre de 2012, 18:28:03 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
yo puedo compartir tu primer comentario pero decir que introduccion al derecho procesal es de las mas extensas en temario de primer curso ..... que te voy a decir, o no te has matriculado de las demas o explicame tu ..... estoy recordando ahora asi a ojo y no recuerdo una de primero con menos temario .... dimela tu

Es verdad, a mí me parece la más fácil de primero y la que tiene menos temario. Porque Historia, Derecho Romano, Administrativo, buufff...

Desconectado ainhoa_acb

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1111
  • Registro: 29/04/12
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #4 en: 01 de Octubre de 2012, 18:44:08 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Es verdad, a mí me parece la más fácil de primero y la que tiene menos temario. Porque Historia, Derecho Romano, Administrativo, buufff...

Constitucional I también es un tocho de libro infumable, que supera en volumen 4 veces al de procesal.

Desconectado Copis

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 211
  • Registro: 01/03/10
    • Derecho en ejemplos
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #5 en: 01 de Octubre de 2012, 18:48:46 pm »
Bueno, el hecho de que afirme que es de las que tiene más temario es porque aunque el libro solo sean 360 página apenas tiene paja. Yo este año no me pude presentar al examen pero estudie Introducción al Derecho Procesal por unos apuntes de más de 230 hojas. Para otras asignaturas extensas, hay compañeros que han reducido la paja a menos de 150 páginas fácilmente produciendo unos apuntes estupendos.

Puede que por el hecho de haber estudiado por esos apuntes tan extensos me haya llevado la impresión errónea. Está claro que Historia es probablemente la más extensa; Romano no me lo parece y Admin. I tiene en los apuntes de, creo, Dangoro, no más de 200 páginas y son realmente buenos.

En cualquier caso, no tendiendo el tema de distribución de créditos para las asignaturas... Y lo de no poder ver tu examen corregido sí que me irrita...
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado Jimmy Page

  • Usuario VIP
  • *
  • Mensajes: 1117
  • Registro: 10/08/09
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #6 en: 01 de Octubre de 2012, 18:53:22 pm »
En Procesal de hecho creo que me llevé el código de leyes procesales con los separadores para saber más o menos dónde estaban las respuestas y aprobé así.

Me parece que Introducción al Derecho Procesal y Teoría del Derecho son las más fáciles de primero.

Desconectado Copis

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 211
  • Registro: 01/03/10
    • Derecho en ejemplos
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #7 en: 01 de Octubre de 2012, 19:04:23 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
En Procesal de hecho creo que me llevé el código de leyes procesales con los separadores para saber más o menos dónde estaban las respuestas y aprobé así.

Me parece que Introducción al Derecho Procesal y Teoría del Derecho son las más fáciles de primero.

Lo que son las cosas, a mí Teoría no me ha parecido nada fácil, aunque la he aprobado a la primera.

Por cierto, volviendo al tema, Matias1:

Citar
Llevo varios año oyendo sobre la "valija de retorno" y cada vez que pregunto a los profesores lo unico que obtengo es la callada por respuesta.

¿Qué es eso de la valija de retorno? Es la primera vez que oigo hablar de ella.
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado Jimmy Page

  • Usuario VIP
  • *
  • Mensajes: 1117
  • Registro: 10/08/09
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #8 en: 01 de Octubre de 2012, 19:06:07 pm »
Pues Teoría del Derecho tengo que decir que me presenté habiéndola leído el día antes y me presenté para ver qué pasaba y no tenía esperanzas, pero aprobé. Me parece que es más de entender que de memorizar. Con razón ahora mismo no me acuerdo de nada. :D

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #9 en: 01 de Octubre de 2012, 20:02:17 pm »
Hola.

Me ha interesado el hilo y sus participantes así, que como he comentado en un mensaje de esta mañana, como no se ha producido el equivalente al silencio administrativo y era un "derecho de petición", lo cual quiere decir que no me conceden lo que pedí, voy a dar mi opinión.

1. Estoy de acuerdo totalmente en eso de que todo/a estudiante tiene derecho a ver su examen, pero ese derecho, tanto si se suspende como si se aprueba, se tiene que ejercitar, no lo van a hacer de oficio; en consecuencia Copis, creo que aunque estés más o menos de acuerdo con ese suspenso -soy de las que también saben antes de que pongan la nota si me ha salido bien o mal, de hecho no me he equivocado con F y T en el segundo parcial- debes de hacer la correspondiente petición para ver tu examen y, así te comentan en lo que has fallado, máxime siendo un examen a desarrollar; esa es la única forma, pero no exclusivamente aquí, sino en cualquier uni a la que accedas.

2. Respecto de los créditos pues sinceramente no sé el criterio que siguen, sólo te puedo decir que siendo Civil I la misma materia en la licenciatura de mi Plan, son 4,5 créditos, no 6 como en el Plan 2000 de la Uned, ¿?

3. Por último y ya lo dejo, no conozco el programa de la asignatura a la que aludes, sólo puedo decir que he visto asignaturas de grado con 38 temas y eran cuatrimestrales, con 6 créditos.

No voy a poner más apartados, únicamente comentarle a Jimmy Page que Teoría del Derecho aunque la aprobé con ese 5 raspado siendo anual, no me gustó y no creo que me guste ni que la pueda llegar a entender, tengo la cabeza muy duraaaaa y muy cerrada para algunas cosas,  ;)

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #10 en: 01 de Octubre de 2012, 20:04:26 pm »

¿Qué es eso de la valija de retorno? Es la primera vez que oigo hablar de ella.
[/quote]

Eso sí que me gustaría saberlo yo, puede ser algo así como que te devuelvan el examen una vez corregido de vuelta y lo podamos ver con la nota de cada pregunta,  :-\

Desconectado Copis

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 211
  • Registro: 01/03/10
    • Derecho en ejemplos
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #11 en: 01 de Octubre de 2012, 22:31:57 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Qué es eso de la valija de retorno? Es la primera vez que oigo hablar de ella.

Citar
Eso sí que me gustaría saberlo yo, puede ser algo así como que te devuelvan el examen una vez corregido de vuelta y lo podamos ver con la nota de cada pregunta,  :-\

Es que eso es lo que yo pediría, que así como se escanea el examen mondo y lirondo, pues que hagan lo mismo con la corrección y todas sus anotaciones y puntuaciones parciales, que no debe costar nada. Pues doy por hecho que los correctores harán sus anotaciones y tachones pertinentes para el caso de que el alumno quiera revisar su nota; no creo que corrijan sin dejar el examen limpio, pues en una posible revisión no podría comprobarse el criterio de corrección.
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado matias1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 4513
  • Registro: 27/01/10
  • 12 de Julio-viernes para todos!!
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #12 en: 01 de Octubre de 2012, 22:39:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Es que eso es lo que yo pediría, que así como se escanea el examen mondo y lirondo, pues que hagan lo mismo con la corrección y todas sus anotaciones y puntuaciones parciales, que no debe costar nada. Pues doy por hecho que los correctores harán sus anotaciones y tachones pertinentes para el caso de que el alumno quiera revisar su nota; no creo que corrijan sin dejar el examen limpio, pues en una posible revisión no podría comprobarse el criterio de corrección.

Pues cuando empezó el asunto de la valija, se comentó, por parte de la Uned, que el siguiente paso era la valija de retorno, con el examen corregido para que puedas ver como han puntuado, lo que han tachado, los comentarios, bueno, todos sabemos lo que es una corrección.
Cuando en Civil II comenté en el foro, en público, con el profesor Lasarte, sobre el tema, no me contestó. Tambien le preguntaba para qué escaneaban los examenes , si total esperaban que llegaran a Madrid desde todas las partes del mundo para corregir y poner notas. El escaneo no vale para nada a la hora de corregir sobre pantalla y tener la nota en breve plazo...on line diría yo.
Surgió este asunto por los miles que nos matriculamos en los Civiles, claro, más que en otras asignaturas y los profesorees argumentaban la llegada desde todas las Embajadas de los examenes del extranjero, a lo que yo argumenté el escaneo de la valija virtual y ni a eso ni a la de retorno hubo contestación...mutis por el foro....iba a ser mucho!!!!! y claro ahi pruebas contundentes para nosotros, los estudiantes, a la hora de reclamar.

Desconectado matias1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 4513
  • Registro: 27/01/10
  • 12 de Julio-viernes para todos!!
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #13 en: 01 de Octubre de 2012, 22:40:42 pm »
Quiero decir que con el examen escaneado se podria corregir sobre pantalla con algun programa informatico de esos que se puede escribir y tal...

Desconectado antonio derecho

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 122
  • Registro: 02/06/12
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #14 en: 01 de Octubre de 2012, 23:35:31 pm »
Saludos cordiales para todos.
Efectivamente, existen diferencias en cuanto a créditos. Teoría del Estado Constitucional son 6 créditos y Derecho Civil I (anual) son 9.
No puedo responder a la pregunta de "valija de retorno" por no disponer de información.
Saludos.
"quotquotLa libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político son valores superiores del ordenamiento jurídico"quotquot. CE 1.

Desconectado danisg90

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 195
  • Registro: 16/06/11
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #15 en: 02 de Octubre de 2012, 00:08:27 am »
Ojala algún día podamos ver las correcciones, personalmente aprendería mucho mas de los errores que pueda cometer en los exámenes, sería mucho mas fácil saber en que partes debería uno poner mas énfasis... pero yo diría que va para largo...jejee

Con respecto al segundo punto no se que criterio siguen para distribuir los créditos, pero no creo que sea para recaudar mas o menos, al final del grado son 240 créditos, independientemente de las asignaturas que sean.

Desconectado Copis

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 211
  • Registro: 01/03/10
    • Derecho en ejemplos
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #16 en: 02 de Octubre de 2012, 09:29:42 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Ojala algún día podamos ver las correcciones, personalmente aprendería mucho mas de los errores que pueda cometer en los exámenes, sería mucho mas fácil saber en que partes debería uno poner mas énfasis... pero yo diría que va para largo...jejee

Es que ver la corrección debería entrar dentro de los derechos fundamentales del alumnos. Yo estoy convencido de que los mandamases de la UNED saben que un gran porcentaje de estudiantes no se preocupan por reclamar su nota y no me estrañaría, incluso pecando de conspiranoico, que aprovecharan este factor para corregir a la baja, más aún cuando es imposible para el alumno ver la corrección de su examen.


No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #17 en: 02 de Octubre de 2012, 10:00:16 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Es que ver la corrección debería entrar dentro de los derechos fundamentales del alumnos. Yo estoy convencido de que los mandamases de la UNED saben que un gran porcentaje de estudiantes no se preocupan por reclamar su nota y no me estrañaría, incluso pecando de conspiranoico, que aprovecharan este factor para corregir a la baja, más aún cuando es imposible para el alumno ver la corrección de su examen.

Hola Copis, por si te sirve de algo, te voy a poner en primer lugar el art. 46 de la LO de Universidades, donde se recoge los derechos/deberes de los estudiantes, y después el art. 143 del RD 1239/2011, de 8 de septiembre, por el se aprobó los Estatutos de la Universidad de Educación a Distancia, nuestra Universidad.
 
Te lo envío en dos mensajes que supera el límite

 

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #18 en: 02 de Octubre de 2012, 10:01:19 am »
TÍTULO VIII.
DE LOS ESTUDIANTES.
Artículo 42. Acceso a la Universidad.

1. El estudio en la Universidad es un derecho de todos los españoles en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.

2. Para el acceso a la Universidad será necesario estar en posesión del título de bachiller o equivalente.

3.  Corresponde al Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, establecer las normas básicas para la admisión de los estudiantes que soliciten ingresar en los centros universitarios, siempre con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad. En todo caso, y de acuerdo con lo que establece el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para acceder a los estudios universitarios será necesaria la superación de una única prueba.

La Conferencia General de Política Universitaria velará porque el procedimiento de admisión a los estudios universitarios de carácter oficial sea general, objetivo y universal, tenga validez en todas las universidades españolas y responda a criterios acordes con el espacio europeo de educación superior..

4.  Para facilitar la actualización de la formación y la readaptación profesionales y la plena y efectiva participación en la vida cultural, económica y social, el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, regulará los procedimientos para el acceso a la universidad de quienes, acreditando una determinada experiencia laboral o profesional, no dispongan de la titulación académica legalmente requerida al efecto con carácter general. A este sistema de acceso, que permitirá el ingreso en cualquier universidad, centro y enseñanza, podrán acogerse también, en las condiciones que al efecto se establezcan, quienes, no pudiendo acreditar dicha experiencia, hayan superado una determinada edad.

Artículo 43. Oferta de plazas en las Universidades públicas.

1. Las Comunidades Autónomas efectuarán la programación de la oferta de enseñanzas de las Universidades públicas de su competencia y sus distintos centros, de acuerdo con ellas y conforme a los procedimientos que establezcan.

La oferta de plazas se comunicará al Consejo de Coordinación Universitaria para su estudio y determinación de la oferta general de enseñanzas y plazas, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado.

2. Los poderes públicos desarrollarán, en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria, una política de inversiones tendente a adecuar la capacidad de los centros a la demanda social, teniendo en cuenta el gasto público disponible, la previsión de las necesidades de la sociedad y la compensación de los desequilibrios territoriales.

Artículo 44. Límites máximos de admisión de estudiantes.

El Gobierno, previo acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria podrá, para poder cumplir las exigencias derivadas de Directivas comunitarias o de convenios internacionales, o bien por motivos de interés general igualmente acordados en la Conferencia General de Política Universitaria, establecer límites máximos de admisión de estudiantes en los estudios de que se trate. Dichos límites afectarán al conjunto de las universidades públicas y privadas.

Artículo 45. Becas y ayudas al estudio.

1.  Para garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y para que todos los estudiantes, con independencia de su lugar de residencia, disfruten de las mismas oportunidades de acceso a los estudios superiores, el Estado, con cargo a sus presupuestos generales, establecerá un sistema general de becas y ayudas al estudio destinado a remover los obstáculos de orden socioeconómico que, en cualquier parte del territorio, impidan o dificulten el acceso o la continuidad de los estudios superiores a aquellos estudiantes que estén en condiciones de cursarlos con aprovechamiento.

A estos efectos, el Gobierno determinará con carácter básico las modalidades y cuantías de las becas y ayudas al estudio, las condiciones académicas y económicas que hayan de reunir los candidatos, así como los supuestos de incompatibilidad, revocación y reintegro y cuantos requisitos, condiciones socioeconómicas u otros factores sean precisos para asegurar la igualdad en el acceso a las citadas becas y ayudas en todo el territorio, sin detrimento de las competencias normativas y de ejecución de las Comunidades Autónomas.

A los efectos previstos en los párrafos anteriores se tendrá en cuenta la singularidad de los territorios insulares y la distancia al territorio peninsular para favorecer la movilidad y las condiciones de igualdad en el ejercicio de la educación de los estudiantes de dichos territorios.

2.  El desarrollo, ejecución y control del sistema general de becas y ayudas al estudio corresponde a las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia y en colaboración con las universidades, con el fin de facilitar la gestión descentralizada y la atención a las peculiaridades territoriales que la legislación contemple.

En todo caso, para asegurar que los resultados de la aplicación del sistema general de becas y ayudas al estudio propicien el derecho de todos los ciudadanos a la educación y garanticen el principio de igualdad en su obtención, se establecerán los oportunos mecanismos de coordinación entre el Gobierno y las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia General de Política Universitaria.

3. Sobre la base de los principios de equidad y solidaridad, las Administraciones públicas y las Universidades cooperarán para articular sistemas eficaces de información, verificación y control de las becas y ayudas financiadas con fondos públicos y para el mejor logro de los objetivos señalados en los apartados anteriores.

4.  Con objeto de que nadie quede excluido del estudio en la universidad por razones económicas, el Gobierno y las Comunidades Autónomas, así como las propias universidades, instrumentarán una política de becas, ayudas y créditos para el alumnado y, en el caso de las universidades públicas, establecerán, asimismo, modalidades de exención parcial o total del pago de los precios públicos por prestación de servicios académicos. En todos los casos, se prestará especial atención a las personas con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y personas con dependencia y discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia a los estudios universitarios.

Artículo 46. Derechos y deberes de los estudiantes.

1. El estudio es un derecho y un deber de los estudiantes universitarios.

2. Los Estatutos y normas de organización y funcionamiento desarrollarán los derechos y los deberes de los estudiantes, así como los mecanismos para su garantía.

En los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, los estudiantes tendrán derecho a:

El estudio en la Universidad de su elección, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico.

 La igualdad de oportunidades y no discriminación por razones de sexo, raza, religión o discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en el acceso a la universidad, ingreso en los centros, permanencia en la universidad y ejercicio de sus derechos académicos.

La orientación e información por la Universidad sobre las actividades de la misma que les afecten.

La publicidad de las normas de las Universidades que deben regular la verificación de los conocimientos de los estudiantes.

El asesoramiento y asistencia por parte de profesores y tutores en el modo en que se determine.

Su representación en los órganos de gobierno y representación de la Universidad, en los términos establecidos en esta Ley y en los respectivos Estatutos o normas de organización y funcionamiento.

La libertad de expresión, de reunión y de asociación en el ámbito universitario.

La garantía de sus derechos, mediante procedimientos adecuados y, en su caso, la actuación del Defensor Universitario.

 Obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

 Recibir un trato no sexista.

 Una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral.

3. Las Universidades establecerán los procedimientos de verificación de los conocimientos de los estudiantes. En las Universidades públicas, el Consejo Social, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, aprobará las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.

4. Los estudiantes gozarán de la protección de la Seguridad Social en los términos y condiciones que establezca la legislación vigente.

5.  El Gobierno aprobará un estatuto del estudiante universitario, que deberá prever la constitución, las funciones, la organización y el funcionamiento de un Consejo del estudiante universitario como órgano colegiado de representación estudiantil, adscrito al ministerio al que se le atribuyen las competencias en materia de universidades. La regulación del Consejo del estudiante universitario contará con la representación estudiantil de todas las universidades y, en su caso, con una adecuada participación de representantes de los consejos autonómicos de estudiantes.

Voy con el siguiente, perdona por la largura del mensaje, te pondré en otro tono ese derecho que debemos tener, que lo tenemos, que duda cabe, no nos lo pueden quitar, pero hay que ejercerlo a instancia de parte, como todos los derechos

Artículo 143. Derechos.

Son derechos de los estudiantes, en la medida en que les sean aplicables en función del tipo de enseñanza, los siguientes:

a. Realizar una matrícula común para cualquiera de las enseñanzas regladas ofrecidas por la UNED.

b. Ser orientados y asistidos en los estudios por profesores tutores y mediante un sistema de enseñanza con los medios más adecuados.

c. Recibir las enseñanzas teóricas y prácticas correspondientes a los estudios elegidos.

d. Participar en la programación y ordenación de la enseñanza conforme a lo establecido en estos estatutos.

e. Disponer en cada disciplina del material didáctico completo y adecuado a la metodología de la enseñanza a distancia, el cual deberá estar completamente editado y distribuido antes del inicio del curso académico.

f. Tener acceso, al comienzo del curso, de manera gratuita, a la información acerca de las enseñanzas, las modalidades tutoriales y criterios de evaluación de las diferentes asignaturas y el calendario de las pruebas.

g. Tener acceso a una orientación académica, profesional y para el empleo.

h. A la igualdad de oportunidades y no discriminación por razones de sexo, raza, religión o discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en el acceso a la Universidad, ingreso en los centros, permanencia en la universidad y ejercicio de sus derechos académicos.

i. Obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

j. Una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral.

k. Ser evaluados objetivamente en su rendimiento académico, así como conocer quién es el profesor responsable de su evaluación.

l. Concurrir, en cualquier caso, a las pruebas presenciales de las asignaturas de las enseñanzas oficiales en las que estén matriculados, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2.

m. Que sus exámenes sean custodiados y no ser perjudicados académicamente en caso de extravío por causas ajenas al estudiante.

n. Obtener del Departamento o, en el caso que proceda, de la comisión de Facultad o Escuela competente, la revisión de calificación de su examen, conforme a las normas de procedimiento que apruebe el Consejo de Gobierno, y, en el caso de disconformidad, copia de su examen.

ñ. Recibir la notificación de las calificaciones dentro de los plazos establecidos, así como una certificación válida de asistencia a las pruebas presenciales.


o. Solicitar la compensación en los supuestos en que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa vigente.

p. Colaborar en las tareas de investigación tal y como se establece en estos estatutos.

q. Contar con el apoyo económico y material adecuado para el desarrollo de actividades culturales, recreativas y deportivas que complementen su formación plena.

r. Solicitar la actuación del Defensor Universitario para garantizar sus derechos mediante los procedimientos adecuados.

s. Participar en la evaluación de la calidad de la enseñanza y de la labor docente del profesorado.

t. Participar en todos los órganos colegiados de gobierno de la UNED a través de sus delegados y representantes, conforme a lo dispuesto en estos estatutos y en la normativa complementaria, sin que puedan ser sancionados por actos derivados del ejercicio de la representación.

u. A las libertades de expresión, reunión y asociación en el ámbito universitario.

v. A la protección de sus datos personales, conforme a lo establecido en la legislación vigente. En cualquier caso, no será necesario el consentimiento de los estudiantes para la publicación de los resultados de las pruebas relacionadas con la evaluación de sus conocimientos y competencias ni de los actos que resulten necesarios para la adecuada realización y seguimiento de dicha evaluación.

w. A comunicarse con los representantes de estudiantes.

x. Cualquier otro que se desprenda de la normativa vigente.

Los dos apartados del último artículo es lo que nos hace "reclamar" en el supuesto de incumplimiento por parte de quien proceda de la UNED

Saludos

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Dos cosas que no entiendo de la UNED
« Respuesta #19 en: 02 de Octubre de 2012, 10:03:22 am »
Lo siento, ya me extrañó eso de no dejarme por el montante del mensaje, es que te he metido artículos de más, bueno el de la LO es el 46, el único que respecto a lo que te preocupa nos interesa  :)