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Autor Tema: duda caso practico  (Leído 1967 veces)

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Desconectado gemadelariva

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duda caso practico
« en: 27 de Octubre de 2012, 13:49:13 pm »
Buenos dias a todos/as

He comenzado los casos practicos de introduccion al derecho procesal y tengo una duda.

"Como consecuencia de un delito de robo en su establecimiento, D.B. es citado anteel Juzgado para ofrecerle el ejercicio de las acicones civil y penal que le asisten.
Debido al que el Juez de Instrucción le anuncia que los objetos decomisados le serán inmediatamente devueltos, manifiesta su renuncia al ejercicio de las referidad acciones.

Pregunta: Debido a que posteriormente la compañia aseguradora se niega a abonarle el pago de los desperfectos ocasionados por el robo, ¿Puede D.B. ejercitar porteriormente contra D.A. un proceso civil para reclamarle el pago de la pertinente indemnizacion de daños y perjuicios? ¿Y puede dirigirse en dicho proceso civil contra la compañia asgeuradora?


¿que pensais????
Muchas gracias ( si alguien puede decirme si estan colgados en algun sitio las soluciones para evitar molestaros cada dos por tres, se lo agradeceria mucho!!!

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Desconectado velypereira

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Re:duda caso practico
« Respuesta #1 en: 27 de Octubre de 2012, 15:18:30 pm »
No, no puede. Cuando al perjudicado se le hace el ofrecimiento de acciones de los arts 109 y 110 de la L.E.cr. puede renunciar a las acciones civiles y penales o renunciar sólo a las penales y reservarse las acciones civiles, en cuyo caso sí podría ir al correspondiente pleito civil en ejercicio de su derecho. Como en el supuesto que pones ha renunciado a las acciones civiles y penales ya no queda vía para reclamar ya que él mismo ha renunciado ( en caso contrario piensa que no tendríamos ningún tipo de seguridad jurídica). De ahí la importancia de no renunciar antes de tiempo, si no se tiene claro se da por enterado y se deja seguir su curso ya que mientras no conste renuncia "expresa" puede reclamar.

Desconectado CHEN

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Re:duda caso practico
« Respuesta #2 en: 27 de Octubre de 2012, 17:42:45 pm »
Equilikue.
Perfectamente explicado.
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Desconectado mnieves

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Re:duda caso practico
« Respuesta #3 en: 27 de Octubre de 2012, 18:07:24 pm »
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Buenos dias a todos/as

He comenzado los casos practicos de introduccion al derecho procesal y tengo una duda.

"Como consecuencia de un delito de robo en su establecimiento, D.B. es citado anteel Juzgado para ofrecerle el ejercicio de las acicones civil y penal que le asisten.
Debido al que el Juez de Instrucción le anuncia que los objetos decomisados le serán inmediatamente devueltos, manifiesta su renuncia al ejercicio de las referidad acciones.

Pregunta: Debido a que posteriormente la compañia aseguradora se niega a abonarle el pago de los desperfectos ocasionados por el robo, ¿Puede D.B. ejercitar porteriormente contra D.A. un proceso civil para reclamarle el pago de la pertinente indemnizacion de daños y perjuicios? ¿Y puede dirigirse en dicho proceso civil contra la compañia asgeuradora?


¿que pensais????
Muchas gracias ( si alguien puede decirme si estan colgados en algun sitio las soluciones para evitar molestaros cada dos por tres, se lo agradeceria mucho!!!

hola, perdona, aunque no sé ni lo que hago siquiera en este post, pero me quedan ciertas dudas al planteamiento del práctico y de la pregunta.

Efectivamente la LECrim recoge el no seguir con la demanda, si bien las Acciones a las que se refiere creo que difieren; en principio estamos ante la denuncia de un delito, de un robo, que lleva una responsabilidad civil ex delito, yo creo que eso es independiente de que las Acciones que se puedan llevar a cabo en ese ámbito no tiene nada que ver con la relación obligatoria nacida de un contrato con la Cía. de seguros, sino contra el sujeto que realiza el robo, en otras palabras crearía inseguridad jurídica que yo, una vez devuelta las cosas que me han robado, y renunciado al ejercicio de las acciones que pueden llevar, en primer lugar, fundamental, a que se persiga al posible autor del delito y, segundo a que el mismo responda de la responsabilidad civil por los daños que ha causado.

Es ahí, precisamente, donde se esconde "mi duda", podemos hablar de una responsabilidad civil ex delito, de forma conjunta en el proceso penal o separada del mismo.

Por otro lado, se recoge de forma "expresa" en alguna estipulación del contrato con la Cía. de seguros que los "desperfectos provocados por un robo", aunque no contemplen "las cosas robadas", como puede ser el arreglo de una puerta o ventana que hayan dañado el inmueble; bien, si ésa cláusula está recogida en el contrato, ok, que no paguen y no hay nada que reclamar, pero si no se hace constar de forma expresa,  ¿porqué no se puede ejercer una acción por incumplimiento del contrato?  :-\

Desconectado gemadelariva

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Re:duda caso practico
« Respuesta #4 en: 27 de Octubre de 2012, 20:58:41 pm »
mil graciassss!!!!!

genial explicacion!!!!
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Desconectado velypereira

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Re:duda caso practico
« Respuesta #5 en: 28 de Octubre de 2012, 00:37:03 am »
De acuerdo con tu planteamiento mnieves, yo sólo contesté a la primera pregunta con las prisas. Habría que ver la póliza de seguro a los efectos de ver las obligaciones de éste con el asegurado.

Desconectado mnieves

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Re:duda caso practico
« Respuesta #6 en: 28 de Octubre de 2012, 01:47:05 am »
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De acuerdo con tu planteamiento mnieves, yo sólo contesté a la primera pregunta con las prisas. Habría que ver la póliza de seguro a los efectos de ver las obligaciones de éste con el asegurado.

ok cielo, sólo me extrañó eso, creí que se me podía haber ido la "olla" con tanta materia en ella.,  :)