Buenas, tengo que hacer una practica de civil IV que consta de 4 casos, en los cuales simplemente hay que destacar lo juridicamente relevante. No he tenido problemas con 3 de ellos, pero en este, y despues de mirarme todos los apuntes relativos al matrimonio y la filiacion, no le encuentro respuesta o aspectos a destacar, ¿podriais ayudarme?
1. Paloma mantuvo una relación de noviazgo de tres años con Antonio y tenía la certeza de que irse a vivir juntos supondría un próximo matrimonio. Por ello, el 10 de septiembre 2011 se fueron a vivir juntos a la Calle Vidrio, 29, de Sevilla y en la relación familiar se integraron los tres hijos de ella que tuvo de su anterior matrimonio. Paloma y Antonio el pasado 1 de septiembre promovieron el oportuno expediente previo. Debido a esa relación estable Paloma resolvió el contrato de arrendamiento que venía disfrutando respecto de otra vivienda de la misma ciudad, donde residía con sus tres hijos, y en la que aceptaba un número de huéspedes, que representaban para ella unos interesantes ingresos económicos, aproximadamente 8.000 euros anuales.
Este es un caso en el que no encuentro los posibles efectos juridicos, en principio no se si hay o no pareja de hecho, y lo segundo es que no se si el novio, que aun no es marido, tiene alguna responsabilidad de cara a los hijos de su pareja. No quiero que me digais la respuesta, sino la normativa que me ayude a encontrarla por mi mismo. Pero bueno, si alguien me da la respuesta le agradeceria saber la fuente.
Muchas gracias