Hola compañeros,
A ver si podeis echarme un cable, realmente hoy me han tocado bien donde duele...
Dispongo de un bar que tiene un toldo retráctil colocado desde hace más de 25 años en el local que desde hace un año regento. cuando inicie la actividad en el bar cambié la lona del faldón del toldo y su serigrafiado, podrá suponer un 15% de la superficie total del toldo.
Bueno, pues cual es mi sorpresa? Me han comunicado la incoación de un expediente sancionador por no solicitar la correspondiente licencia de obra de menor.
Realmente es necesario pedir licencia de obra para esto?? La OM de San Fernando, Cádiz, pueblo donde vivo establece que construcción, instalación y obra son las actividades sujetas a la solicitud de obra menor, pero realmente cambiar la lona del toldo, acción que me ha llevado 20 minutos llevar a cabo, requiere licencia. Yo entiendo que no y como entiendo que no, tras conocer la resolución del instructor del recurso potestativo de reposición negándome la razón. voy a presentar Recurso contencioso administrativo...
Como lo veis? creeis que puedo conseguir algo o bien me va a costar el dinero?
Un millón de gracias