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Autor Tema: EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II  (Leído 6461 veces)

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Desconectado RaulRH

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #20 en: 01 de Febrero de 2013, 21:30:12 pm »
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A mi el examen me ha parecido horrible, exceptuando dos apartados que eran fáciles, el resto estaban muy rebuscados, así que me imagino que me voy para septiembre :'(

A mi me ha parecido que ha estado en la línea del departamento, ni muy difícil ni muy fácil. Ya os diré cuando salgan las notas si mi impresión era sólo eso, una impresión.

Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado lore2

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #21 en: 01 de Febrero de 2013, 21:31:26 pm »
coincido con vosotros ha sido un examen muy largo para hora y media luego en los de test te dejan 2 horas no se para que.....
mis respuestas:

 en la primera pregunta he puesto el art.7 e, pero al salir del examen me han dicho que la indemnmizacion de un directivo si es de alta direccion no esta exenta....., en la venta de acciones he puesto el 33.5.f no se considera perdida patrimonial si vuelve a comprar en 2 meses,
en la segunda pregunta 1) he puesto que no pueden optar por tributacion conjunta al no estar casados....art.82.1 y 82.2 y el 51 del minimo por descendiente, cada uno se imputara a su hijo, 2) el grupo musical el articulo 27 rendimiento de actividad economica por cada uno, y art.99 pago a cuenta por lo que tendran que hacer pago fraccionado
tercera pregunta  1) impuesto de sociedades art.19.4 porque es un pago aplazado 2) he puesto el 21 y 30 porque no me daba tiempo me han dicho que tenia que entregar el examen los he copiado directamente sin explicar nada mas,

que os parece?

Desconectado RaulRH

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #22 en: 01 de Febrero de 2013, 21:41:59 pm »
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coincido con vosotros ha sido un examen muy largo para hora y media luego en los de test te dejan 2 horas no se para que.....
mis respuestas:

 en la primera pregunta he puesto el art.7 e, pero al salir del examen me han dicho que la indemnmizacion de un directivo si es de alta direccion no esta exenta....., en la venta de acciones he puesto el 33.5.f no se considera perdida patrimonial si vuelve a comprar en 2 meses,
en la segunda pregunta 1) he puesto que no pueden optar por tributacion conjunta al no estar casados....art.82.1 y 82.2 y el 51 del minimo por descendiente, cada uno se imputara a su hijo, 2) el grupo musical el articulo 27 rendimiento de actividad economica por cada uno, y art.99 pago a cuenta por lo que tendran que hacer pago fraccionado
tercera pregunta  1) impuesto de sociedades art.19.4 porque es un pago aplazado 2) he puesto el 21 y 30 porque no me daba tiempo me han dicho que tenia que entregar el examen los he copiado directamente sin explicar nada mas,

que os parece?

En el despido del directivo yo he puesto lo mismo que tú, aunque he matizado que si la cuantía responde a pacto o convenio con la SA, toda o parte de ella y no deriva de la obligación de indemnizar por despido, lo que exceda de la cuantía legal o toda la cantidad, según el caso, tributará como rendimiento del trabajo. Igualmente he hecho alusión a las condiciones para que la indemnización esté exenta contenidas en el art. 1 del Reglamento.

En el caso de la pareja de hecho he puesto que cada uno de ellos puede formar unida familiar con su respectivo hijo y que se pueden beneficiar del mínimo por descendientes.


En el del IS también he mencionado el 19.4 y el 21, aunque con los examinadores dándome calor para que entregara, no escribí mas que un par de líneas de sobre cada uno de ellos.
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado satara

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #23 en: 01 de Febrero de 2013, 22:41:43 pm »
Saludos:

Una pregunta rápida pues necesito una respuesta igual de rápida, voy al examen del día 15 y,¡ por favor no me deis mucha caña!, aún no he comprado el código. Tenía pensado adquirir el de aranzadi, pero me dice un compañero que con el de "la ley"llega, y otro amigo se presenta con el que edita el Estado.

La pregunta del millón, para el examen...merece la pena la diferencia de precio ( casi el doble )?

Espero con avidez vuestras respuestas, pues mañana salgo presto a comprar el susodicho.

Suerte a tod@s con los resultados de esta semana y para la segunda vuelta.

Gracias

Satara

Desconectado lore2

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #24 en: 01 de Febrero de 2013, 23:13:52 pm »
yo en principio me compre irpf y sociedades sueltos me costaron 9€ cada uno pero viendo que para el segundo parcial necesitaba otros termine comprando el de aranzadi, me costo 53€ y es bastante completo, ten en cuenta que es un codigo, es grande y pesa, bueno igual que el de la ley, ese no se cuanto cuesta,

Desconectado Juan R. Las Palmas

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #25 en: 01 de Febrero de 2013, 23:30:05 pm »
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Saludos:

Una pregunta rápida pues necesito una respuesta igual de rápida, voy al examen del día 15 y,¡ por favor no me deis mucha caña!, aún no he comprado el código. Tenía pensado adquirir el de aranzadi, pero me dice un compañero que con el de "la ley"llega, y otro amigo se presenta con el que edita el Estado.

La pregunta del millón, para el examen...merece la pena la diferencia de precio ( casi el doble )?

Espero con avidez vuestras respuestas, pues mañana salgo presto a comprar el susodicho.

Suerte a tod@s con los resultados de esta semana y para la segunda vuelta.

Gracias

Satara

Satara.

Entra en Sanz y Torres. Ahí puedes comparar los dos códigos. Número de páginas, leyes que trae cada uno y, por supuesto, precio. Si cuesta más pero trae más contenido, no cuesta más realmente.

Es lo que yo hice y, después de sopesar todo eso, más el pequeño detalle de cuál es el que recomienda el Departamento, compré el Aranzadi. La única pega que le pondría es el índice análitico. El de los códigos La Ley es infinitamente más completo.

Lo fundamental del código que vayas a utilizar (Da lo mismo cuál sea, mientras tenga la legislación que vas a necesitar), es que te hagas con él, que te familiarices, que sepas llegar a lo que quieres encontrar con soltura. Por ponerte un ejemplo, con el de Leyes Mercantiles que he utilizado hoy en el Practicum, lo he estado trillando durante el último mes, poniéndole post-its, subrayando, coloreando, etc.

Bueno, no te habré dado caña pero te acabo de soltar un rollo que no veas  ;)
Saludos cordiales desde Las Palmas de Gran Canaria.
Ricardo

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #26 en: 01 de Febrero de 2013, 23:46:12 pm »
bueno, respecto al tema de los "melenudos" parece que la opinión generalizada es que se tratan de rendimientos de actividades económicas. No obstante, queda abierta la duda sobre si se pueden considerar otra clase de rendimientos, dependiendo del enfoque ...

sea lo que sea, ¡que la fuerza nos acompañe!

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #27 en: 02 de Febrero de 2013, 10:31:07 am »
Os salió algo de rentas de no residentes??
Bellum se ipsum alit

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #28 en: 02 de Febrero de 2013, 10:40:03 am »
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Os salió algo de rentas de no residentes??
Si, pero la verdad que ni siquiera la leí.
Te la copio:
Indique el tratamiento tributario en la imposición directa de los siguientes hechos actos o negocios jurídicos:
1) Una persona física tiene unas cuentas bancarias y una cartera de valores en un banco residente en Suiza. Los intereses que ha percibido de las cuentas bancarias han soportado una retención del 35% en Suiza.
2) Una persona ha fallecido, dejando en su testamento una cantidad de dinero a un Ayuntamiento.
Por muy larga que sea la tormenta, el sol siempre vuelve a brillar entre las nubes (Khalil Gibran)

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #29 en: 02 de Febrero de 2013, 11:53:24 am »
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bueno, respecto al tema de los "melenudos" parece que la opinión generalizada es que se tratan de rendimientos de actividades económicas. No obstante, queda abierta la duda sobre si se pueden considerar otra clase de rendimientos, dependiendo del enfoque ...

sea lo que sea, ¡que la fuerza nos acompañe!

Creo que el supuesto no aporta datos suficientes para decir si se trata de rendimientos de actividades economicas o del trabajo, podria ser uno de ellos en funcion de que se den los requisitos, asumir riesgo economico y ordenar factores y recursos materiales y/o humanos. En el supuesto de que no se den estas circunstancias puede  considerarse rendimientos del trabajo, de hecho conozco algun caso real en que asi se ha declarado. Saludos

Desconectado Piaf

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #30 en: 02 de Febrero de 2013, 13:27:20 pm »
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Creo que el supuesto no aporta datos suficientes para decir si se trata de rendimientos de actividades economicas o del trabajo, podria ser uno de ellos en funcion de que se den los requisitos, asumir riesgo economico y ordenar factores y recursos materiales y/o humanos. En el supuesto de que no se den estas circunstancias puede  considerarse rendimientos del trabajo, de hecho conozco algun caso real en que asi se ha declarado. Saludos

El del grupo era, creo, para explayarse. Jamás me ha faltado tiempo para hacer un examen... hasta ayer. Así que opté por considerarlo Régimen Atrib. Rentas, porque es un grupo, sociedad civil. Pero claro, no puse que eso lleva a que tributen como rend. act. eco. Enfin. Qué desastre...

Lo de los directivos, efectivamente no está exento. Pero claro, si se alude a que sólo la parte que reconoce el ETT y el resto tributará, habría que estarse al ETT; que no entra en el examen... Esta nos la tienen que puntuar, diciendo esto, al menos algo ¿no? Paciencia... Jo, qué racha llevo...

Desconectado Decio

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #31 en: 02 de Febrero de 2013, 13:40:01 pm »
Diosssss!! No soy capaz de asimilar la asignatura. Todo me parece Chino. He tenido dificultad en la carrera con algunas (pocas), pero con esta no puedo, en serio. Sorryyyyyyyyy!!!!
Bellum se ipsum alit

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #32 en: 02 de Febrero de 2013, 14:03:50 pm »
y viendo que todos estamos, al menos yo, más perdidos que el barco el arroz, y que tengo multitud de dudas de si me darán el aprobado, ¿sabéis como puntúa esta gente?? alguna experiencia anterior con ellos, a parte del FYT I.

 :D

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #33 en: 02 de Febrero de 2013, 15:42:11 pm »
Hola a todos, con respecto a la duda si la indemnización del Directivo de SA podría estar exenta según art 7LIRPF, yo puse que si podría estar exenta, y expongo porqué pienso así.-

el art 7.e señala textualmente las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con caracter obligatorio en el ET, en su normativa de desarrollo o en su caso en la normativa reguladora de la ejecucion de sentencias, sin que pueda considerarse como tal  la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.

El manual  en su página 70 , letra pequeña parte inferior dice:  que la indemnización percibida se abone obligatoriamente , por exigencias de la normativa vigente y señala en la letra pequeña
Como es sabido tanto en el ET, como en las normas que regulan las denominadas relaciones laborales de caracter especial- personal de alta dirección- preven las cantidades a abonar obligatoriamente en los casos de despido o cese........

Por eso yo creo que si podría estar exenta en este sentido y si no cumpliera estos requisitos rendimiento del trabajo y posible rendimiento irregular con reducción del 40% si cumple art 11 Reglamento.-

Es mi opinión, pero es verdad que en esta asignatura la ambiguedad de los planteamientos da lugar a diversas interpretaciones.-

Un saludo

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #34 en: 02 de Febrero de 2013, 16:07:21 pm »
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Hola a todos, con respecto a la duda si la indemnización del Directivo de SA podría estar exenta según art 7LIRPF, yo puse que si podría estar exenta, y expongo porqué pienso así.-

el art 7.e señala textualmente las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con caracter obligatorio en el ET, en su normativa de desarrollo o en su caso en la normativa reguladora de la ejecucion de sentencias, sin que pueda considerarse como tal  la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.

El manual  en su página 70 , letra pequeña parte inferior dice:  que la indemnización percibida se abone obligatoriamente , por exigencias de la normativa vigente y señala en la letra pequeña
Como es sabido tanto en el ET, como en las normas que regulan las denominadas relaciones laborales de caracter especial- personal de alta dirección- preven las cantidades a abonar obligatoriamente en los casos de despido o cese........

Por eso yo creo que si podría estar exenta en este sentido y si no cumpliera estos requisitos rendimiento del trabajo y posible rendimiento irregular con reducción del 40% si cumple art 11 Reglamento.-

Es mi opinión, pero es verdad que en esta asignatura la ambiguedad de los planteamientos da lugar a diversas interpretaciones.-

Un saludo

Creo que tienes toda la razón...

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #35 en: 02 de Febrero de 2013, 16:12:32 pm »
Yo también espero que la tengas porque si no un suspenso fijo!!!  :'(

Desconectado CHIQUIMINITETIPEQUI

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #36 en: 02 de Febrero de 2013, 17:41:18 pm »
Hola compañer@s, cierto que da lugar a diversas aplicaciones, y es lo que el Equipo Docente quiere, que sepais defender el supuesto con el Código Tributario. Así que tranquilos , en mí opinión  veo que lo llevais bien, ánimo , que vereis como este año ,supongo seremos o sereis más los aprobados. Suerte y no darle más vueltas lo hecho , hecho está. Ahora a prepararse para la segunda semana el que vaya a algún examen y el que no pues a por el segundo "trimestre" que es corto. Un saludo y suerte.

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #37 en: 02 de Febrero de 2013, 17:52:57 pm »
Jopelines

Yo puse que estaba exenta....

Un examen muyyyyy largoooo

Lo de los melenudos, si son autónomos o empresarios individuales -> Rto. económico, si trabajan para una sociedad -> Rto. tbjo.

Con lo de los mancebos, coincido con lo dicho (art. 82)

¡En fin! confío en que no sean durillos corrigiendo, pues los exámenes los suelo hacer tipo telegrama, y hasta la fecha no me ha ido mal.


Saludicos

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #38 en: 04 de Febrero de 2013, 11:55:51 am »
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En el despido del directivo yo he puesto lo mismo que tú, aunque he matizado que si la cuantía responde a pacto o convenio con la SA, toda o parte de ella y no deriva de la obligación de indemnizar por despido, lo que exceda de la cuantía legal o toda la cantidad, según el caso, tributará como rendimiento del trabajo. Igualmente he hecho alusión a las condiciones para que la indemnización esté exenta contenidas en el art. 1 del Reglamento.

En el caso de la pareja de hecho he puesto que cada uno de ellos puede formar unida familiar con su respectivo hijo y que se pueden beneficiar del mínimo por descendientes.


En el del IS también he mencionado el 19.4 y el 21, aunque con los examinadores dándome calor para que entregara, no escribí mas que un par de líneas de sobre cada uno de ellos.

Cierto, puede darse muchas interpretaciones. No sé sabe si es procedente o improcedente, si el directivo es un alto cargo de dirección y tiene una relación laboral especial. Yo pusé que estaba exenta con los limites reglamentarios del Et, pero no como se sabía ni el tiempo que trabajo, ni las cantidades que tenía del sueldo daba por supuesto que estaba exento. Máxime que no era por un pacto o acuerdo.
de los mínimos por descendientes, tengo dudas porque declaran por tributación conjunta a y b con sus respectivos hijos según art 82 y siguientes, pero pusé que podría incluirse ambos hijos los 2 al estar conviviendo y al no percibir rentas superiores a lo que dice la ley. Claro esta que sería prorrateado entre los 2.
del grupo lo considero que es un rendimeinto de activ.económicas, y que podrían acogerse al método de estimación directa simplificada con sus libros obligatorios y pudiendo deducir diversos gastos. Aunque comentar que es rendimiento del trabajo y si es una sociedad civiil también es posible.
ya veremos. saludos.

Desconectado Decio

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Re:EXAMEN FINANCIERO Y TRIBUTARIO II
« Respuesta #39 en: 09 de Febrero de 2013, 13:59:32 pm »
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mis respuestas:

 en la primera pregunta he puesto el art.7 e, pero al salir del examen me han dicho que la indemnmizacion de un directivo si es de alta direccion no esta exenta....., en la venta de acciones he puesto el 33.5.f no se considera perdida patrimonial si vuelve a comprar en 2 meses,

A ver, hay dos cosas aquí que no termino de ver claras:
  • Por un lado, la indemnización por despido está exenta de tributación la que con carácter obligatorio establezca el Estatuto de los Trabajadores, es decir, que si al Alto Directivo lo han indemnizado en función del tipo de despido con lo legalmente dispuesto en el ETT dicha indemnización estaría exenta. Otra cosa distinta es que en el despido hayan llegado a acuerdos (empresa-trabjador) en indemnizar por encima de lo legalmente previsto, esa diferencia SI estaría sujeta a tributo como renta del trabajo, aunque no encuentro el apartado en el que contemple estas demasías indemnizatorias como rentas del trabajo.
  • En segundo lugar, en referencia al supuesto en el que: Una persona física ha vendido unas acciones con una pérdida de 50.000€, a los tres días ha vuelto a adquirir acciones de la misma S.A por un importe de 100.000 euros.
    Se habla como posible solución el no considerar pérdida patrimonial en base a lo dispuesto al artículo 33.5.e LIRPF, que dice lo siguiente: las dereivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales cuando el transmitente vuelve a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión. Creo que en todo caso el punto a aplicar sería el f y no el e, por tanto tampoco cabe lo dispuesto en el artículo 73 del Reglamento del IRPF.
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