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Autor Tema: Indemnización despido contrato duración determinada??  (Leído 2688 veces)

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Desconectado jlrufus

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Indemnización despido contrato duración determinada??
« en: 06 de Febrero de 2013, 15:36:43 pm »
Buenas tardes,

Me gustaría me aconsejasen ante la situación que se me ha planteado.
En estos días la empresa me ha dado la carta de preaviso por la que se me comunica la finalización de los trabajos para los que se me había contratado, finalizando de esta forma el contrato de trabajo por obra o servicio que tenía.
Os cuento cuál era mi situación para ver si alguien me puede asesorar por su hubiese suficiente base legal para poder demandar o no a la empresa.

La empresa pertenece al sector de la Construcción y llevo en ella desde mediados del 2008 por lo que serían aproximadamente 4,5 años de antigüedad. Durante el primer año se me hizo un contrato de duración determinada (Eventual por circunstancias de la producción) que duro 6+6meses. Transcurrido ese primer año se me indemenizo con el 7% del salario bruto según mi categoria y convenio y sin solución de continuidad se me hizo otro contrato de duración determinada por obra o servicio ligado a una licencia de uso para la venta y puesta en obra de unos productos y servicios que ofrecía la empresa. La duración de esa licencia era determinada y según iba venciendo se me hacían prorrogas de ese primer contrato, primero hasta diciembre del 2009, luego hasta mediados del 2011 y por último una última prorroga que no he llegado a cumplir hasta mediados del 2014.

Tras todo esto, tengo varias dudas que me gustaría me diéseis vuestra opinión.
1) Se podría afirmar que después de 4,5 años trabajando para la misma empresa y desempeñando las mismas funciones en el mismo centro de trabajo, el contrato de trabajo en vez de temporal puede considerarse de facto indefinido y por consiguiente en caso de despido en vez del 7% de indemnización, esta sea como si se tratase de un contrato indefinido y por consecuencia se me indemnize con 45 días hasta febrero del 11 y 33 días este último año, como consecuencia de la reforma laboral
2)El objeto del contrato es un tanto peculiar, porque hace referencia a una licencia de uso de un sistema (como si fuesemos una franqucia), y no se hace referencia a una única obra determinada y la licencia de momento expira a mediados del 2014. (con el sistema al que da derecho la licencia se han realizado y se realizan muchas obras). Además, por si esto no fuese poco, la empresa además de tener la licencia de uso de este sistema constructivo, realiza otra serie de trabajos que no tienen nada que ver con él y en los que también me he visto involucrado. ¿podría existir contrato en fraude de ley porque el objeto del contrato no esta del todo claro y he realizado funciones que no tienen nada que ver con el objeto del mismo?
3) ¿La indemnización a pedir debiera incluir el primer año trabajado, aunque se me hubiese indemnizado con el 7% según salario de convenio?

Espero no haberme liado demasiado en la explicación y que haya quedado mas o menos claro.

Muchas gracias por vuestra colaboración.

Un saludo.




Desconectado palangana

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Re:Indemnización despido contrato duración determinada??
« Respuesta #1 en: 06 de Febrero de 2013, 20:39:43 pm »
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Buenas tardes,

Me gustaría me aconsejasen ante la situación que se me ha planteado.
En estos días la empresa me ha dado la carta de preaviso por la que se me comunica la finalización de los trabajos para los que se me había contratado, finalizando de esta forma el contrato de trabajo por obra o servicio que tenía.
Os cuento cuál era mi situación para ver si alguien me puede asesorar por su hubiese suficiente base legal para poder demandar o no a la empresa.

La empresa pertenece al sector de la Construcción y llevo en ella desde mediados del 2008 por lo que serían aproximadamente 4,5 años de antigüedad. Durante el primer año se me hizo un contrato de duración determinada (Eventual por circunstancias de la producción) que duro 6+6meses. Transcurrido ese primer año se me indemenizo con el 7% del salario bruto según mi categoria y convenio y sin solución de continuidad se me hizo otro contrato de duración determinada por obra o servicio ligado a una licencia de uso para la venta y puesta en obra de unos productos y servicios que ofrecía la empresa. La duración de esa licencia era determinada y según iba venciendo se me hacían prorrogas de ese primer contrato, primero hasta diciembre del 2009, luego hasta mediados del 2011 y por último una última prorroga que no he llegado a cumplir hasta mediados del 2014.

Tras todo esto, tengo varias dudas que me gustaría me diéseis vuestra opinión.
1) Se podría afirmar que después de 4,5 años trabajando para la misma empresa y desempeñando las mismas funciones en el mismo centro de trabajo, el contrato de trabajo en vez de temporal puede considerarse de facto indefinido y por consiguiente en caso de despido en vez del 7% de indemnización, esta sea como si se tratase de un contrato indefinido y por consecuencia se me indemnize con 45 días hasta febrero del 11 y 33 días este último año, como consecuencia de la reforma laboral
2)El objeto del contrato es un tanto peculiar, porque hace referencia a una licencia de uso de un sistema (como si fuesemos una franqucia), y no se hace referencia a una única obra determinada y la licencia de momento expira a mediados del 2014. (con el sistema al que da derecho la licencia se han realizado y se realizan muchas obras). Además, por si esto no fuese poco, la empresa además de tener la licencia de uso de este sistema constructivo, realiza otra serie de trabajos que no tienen nada que ver con él y en los que también me he visto involucrado. ¿podría existir contrato en fraude de ley porque el objeto del contrato no esta del todo claro y he realizado funciones que no tienen nada que ver con el objeto del mismo?
3) ¿La indemnización a pedir debiera incluir el primer año trabajado, aunque se me hubiese indemnizado con el 7% según salario de convenio?

Espero no haberme liado demasiado en la explicación y que haya quedado mas o menos claro.

Muchas gracias por vuestra colaboración.

Un saludo.

REGLA DE ORO:

sin entrar en peculiaridades de cuánto te pudiera corresponder de indeminización (cuantía), UN CONTRATO DE OBRA Y SERIVICIO PARA OBRA DETERMINADA siempre debe irse a conciliación previa y después interponer demanda por despido improcedente, esto es, efectivamente, por fraude de ley con la consecuencia jurídica del despido improcedente.

1) Porque el trajador haya firmado sucesivos contratos temporales en determinado período de tiempo;

2) O porque no sólo el OBJETO DEL CONTRATO (para qué y qué) sino también la CAUSA DEL CONTRATO (qué motivación para que sea haya elegido un tipo de contratación temporal en vez de la contratación indefinida que es el fin de la legislación laboral).

3) O porque el trabajador haya realizado otras funciones no identificadas con claridad y precisión en la letra del contrato.

4) Por cláusulas nulas , abusivas, contra legem y supongan contradicción con la naturaleza de lo que es un contrato de obra y servicio.

5) Porque la obra o servicio no haya ciertamente finalizado.

5) etc etc

Dicho esto, reitero, que por defecto, en muy alto porcentaje, todo contrato de obra y servicio determinado está en fraude de ley y, en todo caso, no cuesta nada ir a conciliación y demandar...o, al menos, que mire el contrato y tu vida en la empresa un laboralista.

Un saludo. 
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.