Bueno aquí lo que yo he puesto:
1° Una persona individual no puede demandar a un Estado extranjero, debe acudir a los medios internos para lograr que Marruecos denuncie a España.
2° En caso de que Marruecos denuncie a España > inmunidad de jurisdicción > no significa que España se vaya de rositas, sino que tiene que demandar a nivel internacional, no nacional
3° Da igual que Marruecos no firmara ese convenio, la inmunidad es cosumbre internacional, al no firmar, Marruecos no regula la inmunidad por ese convenio, lo que no significa que no deba respetar esta institución que está más que asentada
4° He puesto que como el buque está realizando tareas para la OTAN, cabría la posibilidad de que Marreucos tuviera que demandar a la OTAN y no a España, pero vaya, en plan, que miren eso que a lo mejor puede ser...