Vamos a ver con respecto al caso practico la primera pregunta es NO , ya que la declaración indagatoria no es un acto de prueba, si no un acto de investigación del Juez de Instrucción, el cual puede convertirlo en acto de prueba anticipada si así lo decide y convoca a ambas partes (acusadora y acusada) a la declaración (principio de contradicción) además no está claro que la pueda convertir en acto de prueba anticipada pues no concurren los requisitos de urgencia, fugacidad , y no repetibilidad en el J.Oral que requieren este tipo de prueba.
En cuanto a la segunda pregunta y tercera , no se puede obligar a declarar al imputado , ni siquuera en la fase de Juicio Oral pues se vulneraría su derecho recogido en el 24,2 de le CE y en el 520 de la Lecrim .
El Tribunal deberá de dictar sentencia sin tenr en cuenta para nada el silencio del procesado , valorando las escasas pruebas del caso realizadas en la fase de instrucción ( confesión, escucha telefónica, etc) , ninguna de cargo, bajo su libre albitrio es decir bajo el principio de libre valoración de la prueba. Esta ha sido mi respuesta a CP .