Hola compañeros. Para alguien que tenga una versión del libro de Parada más reciente, la mía es la vigésimo primera.
Sobre el libro Derecho Administrativo II, Capítulo III de las Comunidades Autónomas, punto en el que se trata el Delegado del Gobierno y el Deber de Información, en sus páginas 136 y 137.
En el programa oficial de la asignatura, a su vez Tema VII de las Comunidades Autónomas, el punto correspondiente al Delegado del Gobierno, dentro de control a los límites del modelo autonómico.
Pues bien, hace referencia don Ramón Parada a la Ley 17/1983, sobre el desarrollo del artículo 154 de la CE, que una vez consultado en bases de datos jurisprudenciales figura como derogada, a su vez, por la Ley 6/1997 LOFAGE.
Por curiosidad quisiera contrastar este punto con algún compañero que disponga de la edición 22ª, para ver si se ha actualizado o no, porque lo de este "docente" es para cortarse las venas y no echar sangre, aparte de sus "comentarios particularistas" que ni siquiera interpretativos de la legislación.
Saludos.