Hola Triguin,
entiendo que la respuesta está en la propia letra de la ley, doctrina y jurisprudencia al contemplar las llamadas excepciones procesales (jurisdicción, compentencia, falta de litisconsorcio pasivo necesario etc) al indicarse que el órgano judicial puede apreciarla de oficio en "cualquier momento", es decir, si atendemos a la literalidad de la expresión podría afirmarse que puede hacerlo al princpio de la vista, durante el desarrollo de la misma o al final. Otra cosa es si es conveniente o no, pero poder hacerlo, parece ser que sí puede hacerlo. No obstante, en la práctica es complicado, salvo que sea algo muy evidente y palmario la expceción procesal, que el Juez decida en resolución y deje practicar la prueba, por el principio de tutela judicial. Por otro lado, si la excepion alegada es falta de litisconsorcio pasivo necesario, entiendo que el Juez lo que debería hacer es conceder un plazo de subsanación para ampliación de la demanda.
Si el Juez fuese declarado nulo y se apreciara posteriormente que un perito o testigo mintió en juicio, una cosa es que no valga a efectos civiles la prueba practicada y otra cosa es que penalmente la acción no sea reprochable. A mi entender sí podría incoarse un procedimiento penal.
Un saludo.