Podría ser que entre los beneficiarios nombrados en la póliza con nombres y apellidos, hubiera otra persona (por ejemplo, si es viudo sin hijos, su cónyuge, o su novia) y que como ella habría fallecido ya, su parte acreciente a los demás. A mí es lo único que me encaja. Porque supongo que los abogados de la empresa aseguradora no se sacan esas cosas de la manga. Así, que, si fuera cierto lo que digo, las dos particiones (la del notario y la de la Aseguradora) serían correctas.
Saludos