A mí me ha llegado este correo.
"Comunidad: Derecho Constitucional II (Derecho)
Asunto: COMUNICADO DEL EQUIPO DOCENTE
Del Equipo Docente. Profª. Yolanda Gómez
Estimados/as alumnos/as:
Nos han llegado varios emails preguntando si la respuesta "b" a la pregunta 9, segunda parte-caso práctico, de la primera semana es la correcta o si debería serlo la respuesta "c".
Debemos confirmarles que la respuesta correcta es la "b" y en este sentido hemos contestado individualmente a los alumnos que nos han enviado emails pero, para mayor claridad y sobre todo para conocimiento general de todos los alumnos, les indicamos a continuación los criterios que confirman que la respuesta es la indicada "b" (Un sistema exclusivamente nacional. El Derecho de la Unión Europea no regula esta materia porque el principio de ciudadanía se atribuye a los Estados miembros).
1) La respuesta "c" (incorrecta), como es usual en los distractores del test, tiene una parte de "verdad" (ya que si no fuera así los llamados "distractores" se autoexcluirían automáticamente y el alumno realmente no seleccionaría nada), pero no es "verdadera" ni en sí misma ni la "mas verdadera" de las posibles 4 opciones. Como efectivamente se dice en la pag. 551 del Manual recomendado, cabe la circunstancia descrita en el distractor "c" pero no con el solo requisito del subepigrafe 1) ("tenga la condición de ciudadanos ....") sino que deberían figurar también los incluidos en el apartado 2) ("reunan los mismo requisitos que la Ley .....") y 3) ("para que un ciudadano, no español .....") o bien la redacción de la respuesta debería dar alguna pauta de que se alude solo a una parte de los requisitos, es decir, la respuesta "c" es deliberadamente incompleta y por eso, en este caso, es un distractor.
2) Por el contrario, la respuesta "b" es totalmente cierta. No falta información para identificarla en relación con el enunciado concreto de la pregunta y por ello es correcta.
En cuanto a los comentarios (en este caso y en otros) sobre si las preguntas ya salieron en otras convocatorias y las respuestas que en cada caso se dieron, no es posible dar por absolutamente veraces los datos obtenidos de diversas fuentes ya que nunca puede garantizarse que la información sea completamente cierta, es decir, que de darse todos los supuestos, no se hiciera una rectificación posterior, etc. etc. Por este motivo, el Equipo Docente no recomienda preparar la asignatura a través de los exámenes anteriores sino por medio del material didáctico, la legislación y la jurisprudencia.
Por todo lo anterior, les confirmamos que la respuesta a la pregunta 9, segunda parte-caso práctico del test de primera semana de Derecho Constitucional II, es la "b".
Un saludo
El Equipo Docente"