Yo de esto tengo un par de cosas claras: si no estás de acuerdo con algún punto que se exponga en una Junta debes "salvar" el voto para poder impugnarlo luego, y el voto sólo se salva votando en contra, no vale con abstenerse.
Si algún vecino que no acudió a la Junta desea oponerse, tiene un mes desde que se le notifican los acuerdos de la misma para oponerse, aunque en lo relativo al Título constitutivo el plazo puede ampliarse.
Si estáis ya trece vecinos en contra, no os queda otra que unir fuerzas (y posibles gastos) "amagar" con acudir al Juzgado. Yo le mandaría un burofax al administrador comunicándole dicha intención. Y un Juez lo primero que hace es paralizar de forma preventiva cualquier obra.
Cuanto más tiempo perdáis peor. Lo de mandar un burofax al administrador es porque no siempre te debes fiar de ellos, siempre alegan que nadie expresó "oposición por escrito" cuando algo no les conviene.Incluso podría darse por "no enterado" de la reunión que deseáis convocar. Al fin y al cabo, los libros de actas los guardan ellos.
Así lo he hecho yo en un par de ocasiones, y al final ni llegamos a juicio, cuando ven que una mayoría no presta su consentimiento, normalmente se echan para atrás. Si no , uniros los trece para repartir gastos, y al Juez, sin problema , que para eso están.