;

Autor Tema: ayuda en delito de daños  (Leído 10512 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado culi89

  • Nuevo usuario
  • *
  • Mensajes: 1
  • Registro: 22/04/13
  • www.uned-derecho.com
ayuda en delito de daños
« en: 22 de Abril de 2013, 05:16:40 am »
buenas ante todo gracias por las respuestas que me podais dar!!! hace una semana me excedi bebiendo alcohol y el resultado de esto fue que rompi 3 retrovisores!! se que esta mal y me arrepiento muchisimo ya que estoy opositando para la g.civil!! cuando rompi uno de los retrovisores el dueño me agarro por detras y me dijo que le habia roto el retrovisor y que iba a llamar a la policia!! yo inmediatamente le dije que perdon que yo se lo pagaba le di mis datos y mi numero de telefono, cuando estaba dandole los datos aparecio un amigo suyo y se puso muy chulo!! ante esto yo coji y me largue, pasadas unas horas volvi a llamarle para llegar al acuerdo del retrovisor pero cuando este me dijo que estaba en comisaria yo me asuste y colgue!! pasados los dias me llamaron de comisaria que fuera a declarar por este acto, mi sorpresa fue que me detuvieron y no me dejaron irme hasta que llegara el abogado de oficio!! mi pregunta es: ¿si mi abogado llega a un acuerdo con estas 3 personas para arreglarles los retrovisores, aun asi me pondrian delito de daños?? me dijo mi abogado que tenia el atenuante de que era arrepentimiento inmediato!! si el juez dijera que es un delito se tipificaria como doloso?? yo estoy en las fuerzas armadas y si es un delito doloso me echarian!! mi primera intencion era arreglar los desperfectos ya que a mi no me gustaria que me lo hicieran y realmente estoy muy arrepentido!! gracias


Desconectado frede

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 709
  • Registro: 02/05/08
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #1 en: 22 de Abril de 2013, 22:25:08 pm »
Hola culi89,

Lo primero que se tendrá de saber es a cuanto ascienden los daños, pues si no ascienden a mas de 400 € ya no estaremos ante un delito sino ante una falta.

Si estamos ante una falta:

Artículo 625.

1. Serán castigados con la pena de localización permanente de dos a 12 días o multa de 10 a 20 días los que intencionadamente causaran daños cuyo importe no exceda de 400 euros.


Si se trata de un delito:

Artículo 263.

1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con la pena de multa de seis a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño, si éste excediera de 400 euros.


A parte de la condena te exigirán la responsabilidad civil por el delito cometido, es decir que pagues los retrovisores. Si los pagas voluntariamente antes del juicio, pues el juez te impondrá la pena mínima, pero en ambos casos, tanto si es delito como falta, si queda demostrado que has sido tú, te condenarán a pena de multa, con la diferencia que si te condenan por una falta de daños no tendrás antecedentes penales, si te condenan por delito sí.

En cuanto al tema de si el delito es doloso o no, el dolo significa intención de cometer la acción típica prohibida por la ley.


Saludos,
"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado Alfmonti

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1703
  • Registro: 30/07/10
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #2 en: 22 de Abril de 2013, 23:04:15 pm »
Supongamos que es delito, (si fuesen los daños superiores a 400€). Lo primero de lo primero es pagar los daños antes del juicio para que se aplique la atenuante del 21.5CP

Podría aplicarse la eximente del 20.2CP por la intoxicación alcohólica, o al menos buscar una segunda atenuante por eximente incompleta del 21.1CP.

Podría incluso aplicarse la atenuante de arrepentimiento espontáneo del 21.4CP pero con muchas reservas.

Y por último, como el proceso sería de enjuiciamiento rápido, cabe la conformidad con la pena con la rebaja en un tercio de la pena.

Mi opinión es que va a quedar en falta con multa pero va a ser necesario llorarle al Fiscal y al Juez...

Y ahora en plan moralina, ¿Crees que un servidor público, militar, policía o Guardia Civil se puede comportar de esa forma? ¿Qué hubiera pasado si hubieras ido armado y descontrolado por la bebida? Precisamente esto es lo que van a valorar tanto el Fiscal como el Juez y vas a tener que demostrar que realmente eres merecedor de la confianza de los ciudadanos para dejar en tus manos su seguridad. Espero que superes éste mal paso y que si llegas a vestir el uniforme de Guardia Civil, lo honres como se merece y sobre todo, sirvas a tus vecinos por encima de tus propios impulsos, se es Guardia Civil aunque no se esté de servicio. ¡Qué éste traspiés te sirva para comprender que hay límites que no se pueden sobrepasar y sea para bien, Suerte!

Saludos

Desconectado manumitiva

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 99
  • Registro: 07/05/10
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #3 en: 25 de Abril de 2013, 16:42:51 pm »
Personalmente,yo les pediría disculpas e intentaria por todos los medios que la denuncia sea retirada.
Y aprovechando este post ,tengo una duda sobre estas personas que se supone velan por nuestra seguridad ,tengo un vecino policía que de vez en cuando nos hace faenillas a todos los vecinos .me gustaría saber si en algun momento le podemos piyar infraganti y grabarle haciendo la faena¿qué le podría pasar a nivel laboral ?¿le afectaría ?¿habría algun cauce por el cual pudiesemos poner al tanto a sus superiores ?sus faenas son chiquilladas como rajar neumáticos ,rayar los  coches ,romper antenas etc ,¿en un parking privado de la comunidad valdría la grabación ante un juez o se trata de propiedad privada ?agradezco la informacón

Desconectado frede

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 709
  • Registro: 02/05/08
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #4 en: 25 de Abril de 2013, 17:30:23 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Personalmente,yo les pediría disculpas e intentaria por todos los medios que la denuncia sea retirada.
Y aprovechando este post ,tengo una duda sobre estas personas que se supone velan por nuestra seguridad ,tengo un vecino policía que de vez en cuando nos hace faenillas a todos los vecinos .me gustaría saber si en algun momento le podemos piyar infraganti y grabarle haciendo la faena¿qué le podría pasar a nivel laboral ?¿le afectaría ?¿habría algun cauce por el cual pudiesemos poner al tanto a sus superiores ?sus faenas son chiquilladas como rajar neumáticos ,rayar los  coches ,romper antenas etc ,¿en un parking privado de la comunidad valdría la grabación ante un juez o se trata de propiedad privada ?agradezco la informacón

Hola manumitiva,

Hemos de tener en cuenta que aunque retiren la denuncia, el delito de daños es un delito perseguible de ofico y por tanto las diligencias seguirían a instancia del fiscal, por lo tanto los efectos que tendría en el proceso serían los que ya a descrito Alfmonti.

En cuanto a lo que explicas del policia local que os hace "faenillas", si teneis pruevas de ello lo que teneis de hacer es denunciarlo a la policía local, que tramitara diligencias y las pasara al Juzgado de instrucción que corresponda y seguramente le abrirá un expediente disciplinario. Sino lo abriera, o preferiis denunciarlo ante el Juzgado, por motivos más que evidentes, una vez se abran diligencias en el Juzgado, ponerlo en conocimiento de la policía local. Si se demuestra su culpavilidad, la misma sentencia puede decidir sobre su inhabilitación en función del delito que cometa, sino es así se habrá de estar a la normativa de dicho cuerpo policial.

El problema és el de la prueva, lo más fácil sería que existieran testigos que lo pillaran infraganti, pues las grabaciones en un lugar privado pueden no ser admitidas como prueva en juicio, además de que podrían denunciaros a vosotros en el caso de que lo pretendais sea colocar una cámara para grabar indiscriminadamente todo lo que pasa en el parking, por grabar a las personas sin su consentimiento. 

Saludos,
"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado Lictor

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1640
  • Registro: 31/07/12
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #5 en: 25 de Abril de 2013, 17:31:57 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Personalmente,yo les pediría disculpas e intentaria por todos los medios que la denuncia sea retirada.
Y aprovechando este post ,tengo una duda sobre estas personas que se supone velan por nuestra seguridad ,tengo un vecino policía que de vez en cuando nos hace faenillas a todos los vecinos .me gustaría saber si en algun momento le podemos piyar infraganti y grabarle haciendo la faena¿qué le podría pasar a nivel laboral ?¿le afectaría ?¿habría algun cauce por el cual pudiesemos poner al tanto a sus superiores ?sus faenas son chiquilladas como rajar neumáticos ,rayar los  coches ,romper antenas etc ,¿en un parking privado de la comunidad valdría la grabación ante un juez o se trata de propiedad privada ?agradezco la informacón

Que la comunidad ponga cámaras (una empresa de seguridad homologada y tal, todo legal) y si el efecto disuasorio no lo frena, denuncia y se aportan las imágenes como prueba. Pero eso de grabarlo o tenderle trampas escondido en el maletero no.

Culi89, ya te han contestado, mejor imposible y con unos buenísimos consejos extrajudiciales - lo de llorarle al Fiscal y al Juez- en serio, suelta alguna lagrimilla . Yo tampoco mentaría que perteneces a la milicia ni de que pretendes opositar al benemérito cuerpo.

Suerte y que no se repita.
Marinero que mea a barlovento, mea dentro

Desconectado ispecan

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 16
  • Registro: 05/01/13
  • www.uned-derecho.com
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #6 en: 26 de Abril de 2013, 11:49:18 am »
En caso de que sea delito, será doloso. cabe la eximente completa o incompleta por el estado en que se encontraba. Aunque retiren la denuncia es perseguible de oficio, al ser un delito público, y a de intervenir el ministerio fiscal. Hay que recordar, que si se califica como delito, por mucha degradación que sufra la pena, sanción. El delito no se degrada a falta

Desconectado El Macias

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 4698
  • Registro: 10/12/12
  • www.uned-derecho.com
Re:ayuda en delito de daños
« Respuesta #7 en: 28 de Abril de 2013, 12:51:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Supongamos que es delito, (si fuesen los daños superiores a 400€). Lo primero de lo primero es pagar los daños antes del juicio para que se aplique la atenuante del 21.5CP

Podría aplicarse la eximente del 20.2CP por la intoxicación alcohólica, o al menos buscar una segunda atenuante por eximente incompleta del 21.1CP.

Podría incluso aplicarse la atenuante de arrepentimiento espontáneo del 21.4CP pero con muchas reservas.

Y por último, como el proceso sería de enjuiciamiento rápido, cabe la conformidad con la pena con la rebaja en un tercio de la pena.

Mi opinión es que va a quedar en falta con multa pero va a ser necesario llorarle al Fiscal y al Juez...

Y ahora en plan moralina, ¿Crees que un servidor público, militar, policía o Guardia Civil se puede comportar de esa forma? ¿Qué hubiera pasado si hubieras ido armado y descontrolado por la bebida? Precisamente esto es lo que van a valorar tanto el Fiscal como el Juez y vas a tener que demostrar que realmente eres merecedor de la confianza de los ciudadanos para dejar en tus manos su seguridad. Espero que superes éste mal paso y que si llegas a vestir el uniforme de Guardia Civil, lo honres como se merece y sobre todo, sirvas a tus vecinos por encima de tus propios impulsos, se es Guardia Civil aunque no se esté de servicio. ¡Qué éste traspiés te sirva para comprender que hay límites que no se pueden sobrepasar y sea para bien, Suerte!

Saludos

    A pesar de que mi comentario es tardío , " nunca es tarde si la dicha es buena" .
   Enhorabuena por esta respuesta sensata , jurídica , educada y tremendamente ejemplar y noble.