Yo entiendo que a quien se declará en situación de rebeldía procesal es a los legítimos herederos a los cuales habría que demandar solidariamente junto con la herencia yacente para que tubieran conocimiento de las acciones que se dirigen contra la herencia.
Pero si todos los herederos fueran declarados en rebeldía, o solo algunos y el resto repudiara la herencia, entonces la herencia yacente podría ser declara en rebeldia procesal junto con el heredero.
Cuando hablamos de herencia yacente, hay que tener en cuenta que es la herencia yacente de ..... Por lo tanto se declara en rebeldía la herenca yacente de "Juanito", por ejemplo, y para ello es necesario que Juanito este en situación de rebeldia procesal.
Saludos,