Paso a exponer mi situación, esperando vuestras respuestas.
En el año 2002 se realizo la separación del matrimonio, el juez dicta sentencia:
- la hipoteca, impuestos y comunidad deben ser pagados al 50% por cada uno.
- el padre debe pagar por alimentación para los dos hijos habidos en el matrimonio hasta los 25 años de edad o independencia económica
- el domicilio conyugal se atribuye a los hijos en compañía de la madre.
El padre no ha cumplido nada de la sentencia.
En ese momento quedaban 100 cuotas por pagar de la hipoteca y yo asumo la totalidad del pago para evitar los problemas con el banco y de quedarnos sin una vivienda, asimismo me hago cargo de todos los pagos de impuestos, comunidad y por supuesto alimentación y manutención de mis hijos.
En mayo del año 2010 termino de pagar la hipoteca y es cuando con mayor énfasis paso a proponerle al padre de mis hijos el divorcio dado que ha transcurrido mucho tiempo y cada uno por su lado ha rehecho su vida, en mi caso desde el 2007 fecha en la que le solicite el divorcio y la liquidación de gananciales, siempre se negó, sin explicación lógica.
Cansada de esta situación, he interpuesto la demanda de divorcio mediante un abogado, su abogado contesta a la demanda solicitando el uso y usufructo del piso??, ya está fijada la fecha del juicio.
Mi abogada está preparando la demanda para la liquidación de gananciales y es cuando me surgen dudas:
Existe un único bien, el piso adquirido en el año 1995, del cual se pago el 54% hasta la fecha de separación, quedando la deuda hipotecaria del 46%.
¿Al hacer la liquidación se pueden considerar dos períodos uno desde el momento de la adquisición hasta el momento de la separación: disolución de la sociedad de gananciales, (bien ganancial de la sociedad, por lo tanto efectuar la liquidación al 50%) y el otro período desde la separación hasta la fecha actual de liquidación (en este caso la totalidad del % pagado me corresponde a mi)?
Por lo que si el valor actual del piso es de 176.000 euros, como se realizaría el reparto?, si soy yo la que deseo quedarme con el piso, realmente lo que haré es cambio de escritura a favor de mis dos hijos con el uso y usufructo por mi parte hasta mi fallecimiento.
Un saludo y gracias.