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Autor Tema: Administrativo IV, pregunto  (Leído 1246 veces)

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Desconectado eruiz471

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Administrativo IV, pregunto
« en: 18 de Mayo de 2013, 18:46:23 pm »
Me puede alquien explicar la diferencia entre clases y situaciones del suelo.
 Thank you!

!Athletic beti zurequin!

Desconectado Jrodrigue2111

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #1 en: 18 de Mayo de 2013, 19:04:17 pm »
La nueva ley del suelo 2007,  lo califica como clases de suelo a lo que antes se denominaba tipos de suelo.

Desconectado eruiz471

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #2 en: 18 de Mayo de 2013, 19:13:50 pm »
Gracias
!Athletic beti zurequin!

Desconectado ius dental cai

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #3 en: 18 de Mayo de 2013, 19:45:22 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La nueva ley del suelo 2007,  lo califica como clases de suelo a lo que antes se denominaba tipos de suelo.

Mejor explicado: IMPOSIBLE.  ;) ;) ;) ;)
Mucho más dentista que abogado y mucho más abogado que dentista.

Desconectado Jrodrigue2111

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #4 en: 18 de Mayo de 2013, 20:03:50 pm »
Gracias por las palabras Ius Cai.
Mucha suerte a todos, la vamos a necesitar sin duda.

Desconectado ius dental cai

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #5 en: 18 de Mayo de 2013, 20:04:34 pm »
Sí, porque del departamento de Administrativo NO ME FÍO...
Mucho más dentista que abogado y mucho más abogado que dentista.

Desconectado Ninha_das_coletas

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #6 en: 19 de Mayo de 2013, 08:51:59 am »
Hola compis:

A cerca de lo que comentáis: a diferencia de las anteriores Leyes del Suelo, la de 2007 (y la refundida de 2008) establece SITUACIONES DE SUELO (urbanizado y rural, básicamente) en lugar de CLASES  de suelo, que era la "clasificación" habitual.
"quotquotNo por mucho madrugar, amaneces maquillada"quotquot

Desconectado eruiz471

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #7 en: 19 de Mayo de 2013, 11:38:26 am »
Va a salir esa pregunta, mas los convenios urbanísticos y el Patrimonio Nacional en lo que afecta a su Majestad.
Así que ya lo tenemos medio hecho, mínimo un notable
!Athletic beti zurequin!

Desconectado gabilon

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #8 en: 19 de Mayo de 2013, 19:35:08 pm »
estimados compañeros:
 Siguiendo las dudas ¿ cuales son las dos características esenciales de los bienes de dominio público? No me atrevo a mojarme ,a ver si coincidimos, gracias por vuestras respuestas y suerte. ::)

Desconectado ius dental cai

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #9 en: 19 de Mayo de 2013, 20:50:19 pm »
Si entrara MINAS y PATRIMONIO CULTURAL la asignatura sería INAPROBABLE.
Mucho más dentista que abogado y mucho más abogado que dentista.

Desconectado eruiz471

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Re:Administrativo IV, pregunto
« Respuesta #10 en: 19 de Mayo de 2013, 22:30:54 pm »
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estimados compañeros:
 Siguiendo las dudas ¿ cuales son las dos características esenciales de los bienes de dominio público? No me atrevo a mojarme ,a ver si coincidimos, gracias por vuestras respuestas y suerte. ::)

1.- Su afectación, son bienes de titularidad de un Ente Público, aquéllos que están afectados a un uso, un servicio o al fomento de la riqueza nacional

2.- No son susceptibles para ser objeto de propiedad privada
!Athletic beti zurequin!