CASO PRÁCTICO 82
Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección 1ª,
Sentencia de 16 de noviembre de 2007, nº 302/2007, rec. 1343/2007
HECHOS PROBADOS: El 11 de septiembre de 2005 hacia las 7:45 horas, Francisco, mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo BMW 528i, propiedad de David, y asegurado. Francisco había ingerido bebidas alcohólicas con anterioridad que afectaban a sus capacidades, y tenía el permiso de conducir desde el 9 de junio de 2005, lo que le establecía un límite de velocidad de 80 Km/h, y una tasa máxima de alcohol de 0,15 gramos por litro de sangre, lo que era conocido por Francisco.
Francisco iba acompañado de su amigo Isidro, sentado en el asiento de copi loto, y cuando se encontraban en la parada de taxis del pueblo se les acercó Mer cedes, que les conocía, y les preguntó si la podían llevar a una localidad cercana a ella y a dos amigos suyos, a lo que Francisco accedió. Los tres se sentaron en el asiento trasero, Mercedes tras el conductor, Valentina en medio y José Luis tras el copiloto, arrancando Francisco e iniciando una conducción a gran velocidad, incorporándose a la N-1, zona de autovía con límite de velocidad a 100 km/h. Pese a esa limitación, debidamente señal izada mediante seriales verticales, Francisco circulaba a 220 Km/h, requiriéndole Valentina para que redujera la velocidad, a lo que Francisco no contestó porque no oyó o porque no quiso hacerlo. Al llegar al final de la recta, y en un tramo de curvas peligroso señalizado de forma visible con límite de velocidad de 90 km/h, Francisco redujo algo su velocidad, entrando en el mismo a cerca de 190 km/h. A la salida del tramo curvo, debido al exceso de velocidad, a la ingesta de alcohol, y a su condición de conductor novel, perdió el control del vehículo, comenzando éste a girar en el sentido de las agujas del reloj, chocando con su parte anterior contra las vallas metálicas de protección del margen derecho. Tras ello, el vehículo volvió a girar violentamente en el mismo sentido, chocando contra la misma valla con su parte posterior izquierda, para acabar desplazándose hasta el margen izquierdo de la calzada hasta finalizar contra la valla en el mismo sentido por el que circulaba.
Como consecuencia de la colisión, que se produjo por dos veces contra la parte trasera izquierda en la que iba sentada Mercedes, ésta falleció a las 8:00 horas. Isidro sufrió como consecuencia de la colisión lesiones que requirieron tratamiento médico, tardando quince días en sanar, 10 de ellos de incapacidad para sus tareas habituales, quedando como secuelas tres cicatrices en la mano izquierda.
José Luis sufrió como consecuencia de la colisión lesiones precisadas de trata miento médico, tardando 133días en sanar, 79 de ellos impeditivos y uno de hospitalización, quedando como secuelas algias cervicales leves y una cicatriz en la raíz nasal.
Valentina sufrió como consecuencia de la colisión lesiones que requirieron tratamiento médico, tardando 112 días en sanar, seis de ellos de hospitalización y 72 impeditivos, quedando como secuelas algias leves, marcos ocasionales y perjuicio estético moderado.
Francisco sometido a control de alcohol en sangre dos horas después de los hechos, dio un resultado positivo de 0,33 gr/litro de sangre.
Las responsabilidades civiles han sido satisfechas por la compañía aseguradora.