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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE  (Leído 46600 veces)

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Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #340 en: 04 de Septiembre de 2013, 19:09:15 pm »
Sabe alguien cómo queda el caso? yo sigo pensando si es servidumbre o un tipo de medianería, era el número 5 y decía en la pregunta que aunque diga el título del caso: constitución de servidumbre, si a nuestro juicio nos parece servidumbre o un tipo de medianería entre dos fincas...

Alguien?


Desconectado leiorgar

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #341 en: 04 de Septiembre de 2013, 21:35:33 pm »
Yo me incliné por decir que era una situación de medianeria. En la disposición primera del documento 5, (creo que era la primera, es que no tengo el practicum delante), hablaba de que las dos fincas eran dominantes y sirvientes reciprocamente.
Indiqué que en las servidumbre siempre tiene que haber un fundo dominante y otro sirviente, y que dado que tanto las cargas como los beneficios eran a partes iguales... pues que entendía que era una situación de medianería y no de servidumbre.
A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad. Víctor Hugo

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #342 en: 04 de Septiembre de 2013, 21:44:42 pm »
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Yo me incliné por decir que era una situación de medianeria. En la disposición primera del documento 5, (creo que era la primera, es que no tengo el practicum delante), hablaba de que las dos fincas eran dominantes y sirvientes reciprocamente.
Indiqué que en las servidumbre siempre tiene que haber un fundo dominante y otro sirviente, y que dado que tanto las cargas como los beneficios eran a partes iguales... pues que entendía que era una situación de medianería y no de servidumbre.

Tal cual lo expliqué yo   :)

Desconectado leiorgar

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #343 en: 04 de Septiembre de 2013, 21:49:42 pm »
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Tal cual lo expliqué yo   :)

 :) :) :). A ver si hay suerte!!! que despues del bajón de FyT...
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Desconectado gusy

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #344 en: 04 de Septiembre de 2013, 22:46:08 pm »
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Yo me incliné por decir que era una situación de medianeria. En la disposición primera del documento 5, (creo que era la primera, es que no tengo el practicum delante), hablaba de que las dos fincas eran dominantes y sirvientes reciprocamente.
Indiqué que en las servidumbre siempre tiene que haber un fundo dominante y otro sirviente, y que dado que tanto las cargas como los beneficios eran a partes iguales... pues que entendía que era una situación de medianería y no de servidumbre.


Yo he empleado el mismo argumento. Espero que sea correcto para el equipo docente.

Desconectado JesusGC

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #345 en: 05 de Septiembre de 2013, 20:02:09 pm »
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Yo he decidido dejarla para el año que viene que sera tipo test

Seguro? Me parece tan raro... A ver si ha pasado como en otras guías y lo corrigen.
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Desconectado delito22

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #346 en: 05 de Septiembre de 2013, 23:18:34 pm »
 :)Y mañana civil3 con cinco preguntas esperemos que vaya bien , examen a las nueve de las mañana.Vamos a darle un repaso, esta noche y a por ella. Que caso practico puede caer. Se acepta propuestas. saludos.

Desconectado llanito

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #347 en: 05 de Septiembre de 2013, 23:31:17 pm »
Buenas
Yo puse Servidumbre, ¿por qué?, esesncial para mi, porque cada uno de los que trata,  con consciencia de pacto, alarga su Medianeria a Servidumbre.
Y ¿ahora qué?, pues por este camino "servidumbre", vamos a meter los desagues... camino para los carruajes,,, y que sepas que cuando lo trasfieras, no te olvides, que lo tienes que incluir en tus escrituras,,, fe registral, estas creando un derecho real de servidumbre.
Si lo hubiera puesto así en el examen hubiera aprobao
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Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #348 en: 05 de Septiembre de 2013, 23:56:03 pm »
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Buenas
Yo puse Servidumbre, ¿por qué?, esesncial para mi, porque cada uno de los que trata,  con consciencia de pacto, alarga su Medianeria a Servidumbre.
Y ¿ahora qué?, pues por este camino "servidumbre", vamos a meter los desagues... camino para los carruajes,,, y que sepas que cuando lo trasfieras, no te olvides, que lo tienes que incluir en tus escrituras,,, fe registral, estas creando un derecho real de servidumbre.
Si lo hubiera puesto así en el examen hubiera aprobao

Llanito pero para que haya servidumbre tiene que haber una relación de predio sirviente y otro dominante y no lo había, sino que cada finca tenía su propio predio sirviente y dominante, dos fincas que tenían una relación  gracias a  ese camino, unos derechos y obligaciones(medianería) pero no una servidumbre.

Creo, yo puse más o menos eso.

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #349 en: 06 de Septiembre de 2013, 00:13:53 am »
Siento incidir tanto  :) pero según el cc

Artículo 530

La servidumbre es un gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño.


No dice nada en el caso que uno sea el fundo sirviente y otro dominante y que recibe el beeficio de este anterior, incluso los gastos del camino o paso serán pagados a mitad cada uno, o sea que tú eres independiente de tu finca y yo de la mía...

Las medianerías el cc las regula en el apartado de servidumbres legales pero realmente no lo son, por eso yo me decanto por un tipo parecido a la medianería.

que conste que lo he leído otra vez ahora mismo el práctico, masoquismo puro y duro.





Desconectado llanito

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #350 en: 06 de Septiembre de 2013, 01:41:47 am »
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Llanito pero para que haya servidumbre tiene que haber una relación de predio sirviente y otro dominante y no lo había, sino que cada finca tenía su propio predio sirviente y dominante, dos fincas que tenían una relación  gracias a  ese camino, unos derechos y obligaciones(medianería) pero no una servidumbre.

Creo, yo puse más o menos eso.

En la escritura de Servidumbre queda claro quienes son Predios Dominantes y Sirviente; Ambos; Ceden cada uno como predio sirviente y dan cada uno como dominante.
Lo que prima en este casos que ambos son todo, es el pacto entre ellos, y lo han dejado claro en la escritura de Servidumbre.
Esto no es una medianeria, es una fromtera de 8 metros, que ponemos en medio, chumberas.
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Desconectado coletamen

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #351 en: 06 de Septiembre de 2013, 07:27:18 am »
Llanito estoy absolutamente de acuerdo contigo, yo puse lo mismo, no olvidéis que si cada uno de ellos tiene que transmitir a un tercero cualquiera de las dos propiedades a un tercero la servidumbre seguirá la suerte del fundo, por lo tanto esta seguirá grabada, la medianería nada tiene que ver con eso. Espero que estemos en lo cierto ;)

Desconectado Iker014

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #352 en: 06 de Septiembre de 2013, 07:36:01 am »
Yo puse servidumbre. Pues ambas quedan como sirviente y dominante. Además en caso de enajenación la servidumbre continúa al ser aparente, salvo que se haga algún acto obstativo
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #353 en: 06 de Septiembre de 2013, 07:46:58 am »
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En la escritura de Servidumbre queda claro quienes son Predios Dominantes y Sirviente; Ambos; Ceden cada uno como predio sirviente y dan cada uno como dominante.
Lo que prima en este casos que ambos son todo, es el pacto entre ellos, y lo han dejado claro en la escritura de Servidumbre.
Esto no es una medianeria, es una fromtera de 8 metros, que ponemos en medio, chumberas.
Desde el corazón sin ofender, como buen Gaditano



No hombre no ofende cada uno defiende su punto de vista, decía si podía ser una especie de medianería, no una medianería, bueno habrá que esperar pero como las soluciones de los casos ninca los dan

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #354 en: 06 de Septiembre de 2013, 07:50:13 am »
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Yo puse servidumbre. Pues ambas quedan como sirviente y dominante. Además en caso de enajenación la servidumbre continúa al ser aparente, salvo que se haga algún acto obstativo

Cada uno tenía su propio predio sirviente y dominante que a la vez lo era drl otro, dónde está la relación de subordinación de uno a otro...

Desconectado Torrombo

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #355 en: 06 de Septiembre de 2013, 14:17:42 pm »
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:)Y mañana civil3 con cinco preguntas esperemos que vaya bien , examen a las nueve de las mañana.Vamos a darle un repaso, esta noche y a por ella. Que caso practico puede caer. Se acepta propuestas. saludos.

un caso de constitución de superficie, si era suficiente con la simple autorización de la esposa y la firma del esposo en una sociedad de gananciales, que has puesto?
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Desconectado Iker014

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #356 en: 06 de Septiembre de 2013, 19:13:53 pm »
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Cada uno tenía su propio predio sirviente y dominante que a la vez lo era drl otro, dónde está la relación de subordinación de uno a otro...
Pues ahí precisamente. La relación de servicio es mutua. El que exista una relación de servicio no excluye otras. Imaginemos que solo uno da el paso, tendríamos una servidumbre, está claro no?
Y si el predio dominante tuviese un pozo. Según ustedes no podría establecerse una servidumbre de agua porque ya existe una relacion de servicio y no puede haber otra, en sentido contrario
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #357 en: 06 de Septiembre de 2013, 20:08:55 pm »
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Pues ahí precisamente. La relación de servicio es mutua. El que exista una relación de servicio no excluye otras. Imaginemos que solo uno da el paso, tendríamos una servidumbre, está claro no?
Y si el predio dominante tuviese un pozo. Según ustedes no podría establecerse una servidumbre de agua porque ya existe una relacion de servicio y no puede haber otra, en sentido contrario



No no dejémonos de imaginaciones y basémonos en lo que dice el caso, el camino es pagado por mitad de cada uno de los cónyuges y tú eres dominante y sirviente respecto a mí y vicdversa, no hay una que sea dominante y sirviente además mira los predios sirvientes no sw pueden enajenar separado del dominante. Aquí cada uno puede vendwr su finca sin contar con el otro, diría que en cada finca hay un signo aparente que si se enajena una de las partes sería lo qur establece la servidumbre. Lo que hay es una relación entre ambas fincas, no hay un gravamen de uno a otro de distingo dueño. Claro que a mí en rl examen no me llegó para explicar tanto.

Desconectado ufffff

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #358 en: 06 de Septiembre de 2013, 21:42:19 pm »
Pues para avivar la polémica, aquií otra de los que consideran que es una situación de medianería, porque en las servidumbres prediales hay uno que es dominante y otro sirviente, el segundo sirve en algún aspecto al primero.
Sin embargo en este caso, independientemente de como lo califiquen ellos, lo que están describiendo corresponde con la descripción de medianería del libro...y del CC...
Es una situación de cotitularidad de las paredes, muros, vallados o setos vivos que dividen a unas fincas de otras. No hay una relación de servicio, sino interrelación entre ambos...
Es como si ambos dueños, decidan poner cada uno 4 metros a lo largo de sus fincas, con el fin de aprovechar cada uno de ellos no 4 sino 8, y hacer en ellos todo tipo de servicios, instalaciones o lo que sea....Ambos se convierten dueños de los 8 metros en igualdad de condiciones....y esta idea rompe completamente con la de servidumbres prediales y la característica base de que una finca sirve a otra....

Así lo entiendo yo la verdad....

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL CIVIL III SEPTIEMBRE
« Respuesta #359 en: 06 de Septiembre de 2013, 21:48:46 pm »
Yo también lo veo así, además por lógica el caso pone constitución de servidumbre y en el texto servidumbre de paso, no os parece demasiado fácil para que lo sea? creo que el departamento lo ha hecho para que pensemos un poco en esta situación, si no sería demasiado fácil, no sé.

De qué color era el caballo blanco de santiago  :)