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Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE  (Leído 28303 veces)

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Desconectado luka

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #160 en: 02 de Septiembre de 2013, 21:23:04 pm »
Ánimo Aless guapa que has superado la materia...!!



 :-* :-* :-*

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Desconectado KaMyCHiKo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #161 en: 02 de Septiembre de 2013, 21:45:45 pm »
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KaMyChiKo

Me has hecho reir de puros nervios.  :D :D

Cierto es que yo contesté que no se puede aplicar retroactivamente, que en el fondo está bien .Pero más cierto es que, ahora que lo puntualizas, las irretroactividad del 9.3, no sirve como argumento dado que la irretroactividad no no es de normas desfavorables "en general" sino de "sancionadoras desfavorables" como bien apuntes, jejeje me muero de propia estupidez. Creo, o al menos pienso que me medio libraré por nombrar el 10.2 y sus dos párrafos.

Aisssss  :'( . Si es lo que digo, nada más empezar enseñan el capote y haaala, antes de darte cuenta tan "plantado" una verónica, luego ya seguirán con el "picaor" y las banderillas.

Aless, siento decirte que la cosa, para ti, tiene miga, porque realmente te pregunta:

¿Puede ser retroactiva una ley tributaria que incremente los tipos de gravamen de un tributo y que, por lo tanto, resulta desfavorable para los contribuyentes?

Si te fijas bien el PUEDE, representa para el Equipo Docente un ¿Es posible o hay alguna manera de que una ley tributaria que resulte desfavorable sea retroactiva?

Realmente, poder se puede, si remarcamos tal y como indica el Art. 10.2 de la LGT, que dice "Salvo que se disponga lo contrario..." o sea realmente Una ley tributaria desfavorable, puede ser retroactiva, aunque generalmente no lo sea...

Lo siento, no intento ponerte más nerviosa, pero antes de que te asustes... en fín...

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #162 en: 02 de Septiembre de 2013, 21:47:43 pm »
esa pregunta ya ha salido, viene un ejemplo claro en el libro, puede si lo así lo indica la norma
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Desconectado ius dental cai

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #163 en: 02 de Septiembre de 2013, 22:15:08 pm »
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esa pregunta ya ha salido, viene un ejemplo claro en el libro, puede si lo así lo indica la norma

¿Qué página?

Porque yo he encontrado justo lo contrario
Pág 162 in fine: En consecuencia, las leyes tributarias pueden desplegar eficacia retroactiva cuando expresamente lo establezcan y ello será constitucionalmente admisible siempre que la retroactividad no choque con otros principios que constitucionalmente aparezcan protegidos, como los principios de seguridad jurídica o capacidad económica

Por ello, subir el tipo de gravamen supone un aumento del importe del tributo en un determinado periodo resultando contrario a los principios de seguridad jurídica o capacidad económica (imaginemos que suben el tipo de un 20 a un 40% en el IRPF de forma retroactiva: quizás no tendría tantos rendimientos, o de un 7 a un 20% el Impuesto de Transmisiones de forma retroactiva: quizás no hubiera comprado la casa, etc...): son situaciones que crearían INSEGURIDAD JURÍDICA e iría en contra de mi CAPACIDAD ECONÓMICA...


Pravias, dime la página donde viene el ejemplo: quizás esté equivocado.
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #164 en: 02 de Septiembre de 2013, 22:40:43 pm »
Ius vendí el libro, pero yo me refiero al ejemplo que pone que imagina que a finales de año suben el irpf de un 10 a un 20, este se 20 se podría aplicar a todo el periodo del ejercicio.
No se si en la página que dices viene esto que te digo del irpf
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Desconectado ius dental cai

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #165 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:04:40 pm »
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Ius vendí el libro, pero yo me refiero al ejemplo que pone que imagina que a finales de año suben el irpf de un 10 a un 20, este se 20 se podría aplicar a todo el periodo del ejercicio.
No se si en la página que dices viene esto que te digo del irpf

Sí, pero eso es otro ejemplo sobre la retroactividad.
En este caso no se dice nada del periodo impositivo.
Sólo habla de los efectos perjudiciales que produce la modificación.
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #166 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:06:40 pm »
ahh, lo siento, madre mia como se olvida todo,  :-[
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Desconectado chema27

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #167 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:12:43 pm »
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;D, una que no está nerviosa, eso sí, aún me dura el sofoco, ¡no había aire acondicionado! y entre que las preguntas, a pesar de estar todo en el manual, y ser conceptos que se tienen que saber, pero los enunciado un por "¿hacemos un trío en la cama?", pues eso.

Por cierto, yo he puesto la fecha, 30 de junio de 2015, después de argumentar en base, mayormente al art. 67, el por qué no se había interruptido la prescripción, es decir, no ha existido actuaciones por parte de la Administración encauzadas a recaudar, liquidar, etc los tributos, con lo cual, el cómputo del plazo de los 4 años del art. 55 se deben de empezar a contar a partir de la fecha que reglamentariamente terminaba el plazo para presentar la declaración del IRPF, ¿o no?

Por otro lado, efectivamente las retroactividad de las normas desfavorables está prohibida, como regla general, pero siendo esa retroactividad relativa, ¿hasta dónde puede llegar cuando se trata de normas no desfavorables? ´¿Se puede considerar una subida en el tipo de un gravamen desfavorable para el obligado tributario? por supuesto, si te suben el tipo impositivo de un impuesto siempre va a ser desfavorable, pero, qué palabras hemos de poner en el argumento, hasta dónde podemos llegar con ella, p bastaba simple y llanamente con recoger que con carácter general el art. 10 LGT prohíbe la retroactividad de normas desfavorables para los destinatarios de las mismas, bueno si eso era todo, me podía haber librado de unas cuantas vueltas a la cabeza.

Y en la responsabilidad solidaria, efectivamente ha caído y se saben los conceptos, pero tenemos que tirar de que se trata de una sucesión, y tal sucesión del tributo también está recogida, así que tenemos a unirlos, queramos o no.

¿sabes luka? Creo que soy la única que se ha liado en ese del devengo, eso querrá decir que ni siquiera conseguiré esos 2 puntos que tan fáciles han puesto, jejje, claro que el devengo es el momento temporal en que se produce el hecho imponible, pero si lo trasladamos, (es que yo voy más allá) al momento en que tenemos que pagar, ¿no es el momento temporal que coincide con el marcado en función de la clase de tributo o impuesto de que se trate?  ???  ???  ???

Lo dicho, no me puedo entretener en dar vueltas a algo que ya no tiene vuelta atrás, ¡me voy con Penal I de mis amoressssssssssssssssssssssssssssss!  :D
Yo también me he liado en el devengo y en las normas desfavorables, no ese el epígrafe, en fin, lástima de 8.5 en el segundo parcial. :-[

Desconectado Aless

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #168 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:14:02 pm »
Lo hecho hecho esta (perdon, no encuentro las tildes en el ipad)En general no puede salvo norma en contrario, tambien esta  el segundo parrafo del 10.2 que inclui y explica esto, lo que demuestra que a veces si se puede.

No obstante, las normas que regulen el régimen de infracciones y sanciones tributarias y el de los recargos tendrán efectos retroactivos respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado

La explicacion de Ius me parece bien, imagino que querran que hagamos una disertacion del general de la ley y terminar con el tipo de gravamen y la capacidad econmica.

Vaya telita!! :-\ tengo ganas de ver las respuestas que cuelguen :o

Suerte a todos para lo que os quede.

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Desconectado ius dental cai

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #169 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:16:29 pm »
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Lo hecho hecho esta (perdon, no encuentro las tildes en el ipad)En general no puede salvo norma en contrario, tambien esta  el segundo parrafo del 10.2 que inclui y explica esto, lo que demuestra que a veces si se puede.

No obstante, las normas que regulen el régimen de infracciones y sanciones tributarias y el de los recargos tendrán efectos retroactivos respecto de los actos que no sean firmes cuando su aplicación resulte más favorable para el interesado

La explicacion de Ius me parece bien, imagino que querran que hagamos una disertacion del general de la ley y terminar con el tipo de gravamen y la capacidad econmica.

Vaya telita!! :-\ tengo ganas de ver las respuestas que cuelguen :o

Suerte a todos para lo que os quede.

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Las respuestas del ED no van a tener desperdicio...
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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #170 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:34:45 pm »
jejej, voy a descansar un ratito de Penal I, y me encuentro con las disertaciones.

Por cierto Ius dental cai, te has dejado por contestar la más sencilla, en la que menos tenías que escribir, sólo se pide: Señale el día, mes y año en tal prescripción tiene lugar, con lo cual la respuesta   1 de octubre de 2015

 :D

Desconectado luka

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #171 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:35:30 pm »
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p.d. luka "siempre positfo nunca negatifo"


 ;) ;) ;)

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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #172 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:45:23 pm »
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Estoy al 100% con Matías.  Si tenemos razón lo lamento po esos puntos Mnieves.

 :-\

 ;D, supongo que verías mi mensaje en licenciatura, me acordé nada más bajar al sótano, supongo que cuando mi cabeza si iba despejando de lo que "me han echo penar esta mañana", ¡eso no se hace! no sabia si PUE, si F y T I, ayer estuve con las dos, esta mañana con las dos, par al final, creo, no tener ninguna de las dos, salvo que esas dos que están bien y de las otras dos saque algo positivo.

y la pérdida de puntos me refería a la del devengo, que se supone que es la fácil para sacar los 2 puntillos, supongo que es porque a mi no me gusta quedarme sólo en eso de que es el momento temporal en que se entiende realizado el hecho imponible y nace la obligación tributaria principal, aunque también lo haya puesto,  :D

Desconectado luka

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #173 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:50:08 pm »
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;D, supongo que verías mi mensaje en licenciatura, me acordé nada más bajar al sótano, supongo que cuando mi cabeza si iba despejando de lo que "me han echo penar esta mañana", ¡eso no se hace! no sabia si PUE, si F y T I, ayer estuve con las dos, esta mañana con las dos, par al final, creo, no tener ninguna de las dos, salvo que esas dos que están bien y de las otras dos saque algo positivo.

y la pérdida de puntos me refería a la del devengo, que se supone que es la fácil para sacar los 2 puntillos, supongo que es porque a mi no me gusta quedarme sólo en eso de que es el momento temporal en que se entiende realizado el hecho imponible y nace la obligación tributaria principal, aunque también lo haya puesto,  :D


Sí niña te he leído!!!

Tranquila, espero que sepan ver que conoces la materia Mnieves. Ahora a centrarse en las otras...!! Baannnssssaaaiiiiii !!!!

 :-*
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Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #174 en: 02 de Septiembre de 2013, 23:59:21 pm »
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Sí niña te he leído!!!

Tranquila, espero que sepan ver que conoces la materia Mnieves. Ahora a centrarse en las otras...!! Baannnssssaaaiiiiii !!!!

 :-*

Querida luka ahora me toca centrarme en lo que le he comentado a kko21 en instituciones de la unión europea,  :-*

Desconectado maricarmen25

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #175 en: 03 de Septiembre de 2013, 09:28:07 am »
Bueno dar las gracias a mnieves por su recolección de preguntas frecuentes que han sido estupendas.
Gracias

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #176 en: 03 de Septiembre de 2013, 11:10:17 am »
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Sí niña te he leído!!!

Tranquila, espero que sepan ver que conoces la materia Mnieves. Ahora a centrarse en las otras...!! Baannnssssaaaiiiiii !!!!

 :-*

luka, te he enviado un pv, responde por favor, no es nada relativo a materia alguna, pero es importante.

Por cierto, quiénes dicen que el examen estaba puesto por "venganza" es mentira, ahora que lo he vuelto a leer, la pregunta de la prescripción era fácil de contestar, a pesar de que no nos acordásemos de ese apartado c del art. 68, al realizar la pregunta ellos mismos ponen (..) interrupciones del plazo de prescripción más adelante?. Eso quiere decir, si lo entendemos tal cual está escrito, que lo anterior constituía una interrupción, al menos, tal y como está, no han cambiado el sistema, no van con "segundas", simplemente o se tiene un buen día o se tiene un mal a pesar de haber estudiado y bastante.

La palabra "desfavorable" limita la retroactividad de la ley tributaria, si acudimos a la regla general así será, y las normas tributarias no van contra la legalidad, sólo serán retroactivas aquéllas que sean favorables a los administrados, y así es; se podrá recoger de forma expresa el grado de retroactividad que una norma favorable conllevará, pero nunca, la retroactividad de una norma desfavorable, que por ende choca con otros principios constitucionales, la seguridad jurídica, y la capacidad de contribuir, ésta última afecta directamente a la materia, art. 133.1 CE.

Desconectado FMM

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #177 en: 03 de Septiembre de 2013, 12:34:45 pm »
Estimados compañeros:

Creo que en la pregunta 6, la fecha de prescripción es el 2 de Octubre de 2015.

El art. 67.1 a) de la LGT dice que el plazo de prescripción comenzará "desde el día siguiente..."

Un saludo.

Desconectado Aless

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #178 en: 03 de Septiembre de 2013, 13:14:01 pm »
FMM

Eso es cuando es la primera interrupción, después se habla de la reanudación de la prescripción tras una interrupción y se dice que comienza a contar el día en que se interrumpe y así cuando los plazos se cuentan por años, van de fecha a fecha. Se interrumpe el 1 de Octubre pues hasta el 1 de octubre de pasado 4 años puedes esperar sorpresas de la Administración.

Un saludo

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 12/13 -1º PARCIAL SEPTIEMBRE
« Respuesta #179 en: 03 de Septiembre de 2013, 13:26:31 pm »
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Estimados compañeros:

Creo que en la pregunta 6, la fecha de prescripción es el 2 de Octubre de 2015.

El art. 67.1 a) de la LGT dice que el plazo de prescripción comenzará "desde el día siguiente..."

Un saludo.

Si comienza al día siguiente, y es durante 4 años, por eso acaba el 1 de octubre de 2015. si acabara el dos de octubre sería 4 años y un día. Bueno.... al menos ese ese es mi cálculo. 
No llega antes quien va más deprisa, sino quien sabe a donde va. (Séneca)