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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL  (Leído 81087 veces)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #40 en: 11 de Julio de 2013, 21:49:22 pm »
A Raúl le es imposible hasta la semana que viene.

Si alguien se anima a subir el documento, aquí estaré, a eso de las 24 horas.


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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #41 en: 12 de Julio de 2013, 21:47:49 pm »
En el tema 1, dentro del epígrafe VI "Las consecuencias jurídicas del delito", habla en el punto 2.3 "Naturaleza y duración de las medidas de seguridad y reinserción social" (página 15 de los apuntes realizados por los compañeros), habla de la duración de la medida de seguridad a aplicar.
Cuando se refiere al límite mínimo de aplicación de la medida de seguridad, dice que ha de ser levantada o suspendida cuando se compruebe que el tratamiento ha dado sus frutos (evitar que el sujeto delinca en el futuro).
Posteriormente se refiere al máximo de cumplimiento y cito literalmente "el límite debería venir dado por el éxito de su aplicación".

No distingo el límite mínimo y máximo de duración de la medida de seguridad pues parece ser que los dos van encaminados a la erradicación de la posibilidad de que el sujeto vuelva a delinquir.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #42 en: 16 de Julio de 2013, 19:09:29 pm »
Sigo a la espera, quiero decir que estoy pendiente para ponerme a ello en cuanto estén subidos  ;)
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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #43 en: 16 de Julio de 2013, 19:25:36 pm »
He finalizado las 1.087 páginas del libro de penal1 estoy que no me lo creo,me parece mentira pero las he leido todas y cada una detenidamente.Ahora vuelta a empezar. Y seguir leyendo,leyendo,leyendo.saludos y  ánimos a todos. que podemos.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #44 en: 16 de Julio de 2013, 23:18:29 pm »
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Sigo a la espera, quiero decir que estoy pendiente para ponerme a ello en cuanto estén subidos  ;)

ok, ya Raúl31 me envió un correo para que le enviase el archivo, estaba un poco mosqueada y le dije que no, pero un "matao" de los que andan por aquí no va a conseguir que no podamos trabajar el resto con compañerismo, así que si Raúl31 no me manda al garete por darle tanto la murga, me pongo a ello.

Perdonad, pero es la primera vez que algo así me sucedía, antepongo la solidaridad y el compañerismo por encima de todo, pero ¡jolines, es que vaya muermo que me ha caído!

 :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #45 en: 16 de Julio de 2013, 23:26:42 pm »
penal la estudiais por apuntes??? me deciis uno buenos que se pueda aprobar?? porque estoy por comprar el primer libro de la carrera...jaja

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #46 en: 16 de Julio de 2013, 23:42:05 pm »
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En el tema 1, dentro del epígrafe VI "Las consecuencias jurídicas del delito", habla en el punto 2.3 "Naturaleza y duración de las medidas de seguridad y reinserción social" (página 15 de los apuntes realizados por los compañeros), habla de la duración de la medida de seguridad a aplicar.
Cuando se refiere al límite mínimo de aplicación de la medida de seguridad, dice que ha de ser levantada o suspendida cuando se compruebe que el tratamiento ha dado sus frutos (evitar que el sujeto delinca en el futuro).
Posteriormente se refiere al máximo de cumplimiento y cito literalmente "el límite debería venir dado por el éxito de su aplicación".

No distingo el límite mínimo y máximo de duración de la medida de seguridad pues parece ser que los dos van encaminados a la erradicación de la posibilidad de que el sujeto vuelva a delinquir.

Hola hergomez.

No sé si caerá algo de esto en el primer parcial, pero sí que cayó en el segundo.

El límite mínimo de una medida de seguridad, que como tu indicas se encuadra dentro de la prevención especial, se impone en función de la peligrosidad del delincuente, no presenta problemas, está recogido en los arts. 97 y ss Cp.

El límite máximo sí que plantea problemas, mayormente porque se puede imponer junto a una pena privativa de libertad, de prisión concretamente, y ahí radica la cuestión; según los art. 101 y ss Cp, si es un inimputable o semiimputable la medida de seguridad alcanza el máximo de la pena impuesta si no hubiese concurrido esas causa de inimputabilidad completa o incompleta y, además las medidas privativas de libertad se reservan a los casos en los que corresponde una pena también privativa de libertad.

De ello resulta que en la prevención especial dirigida a la peligrosidad del sujeto, se den esos problemas que apuntas; ¿hay éxito en una medida de seguridad impuesta a una persona que ha cometido un delito y que padece esquizofrenia? hummm, no lo sé, si es así, aún después de cumplida la medida privativa de libertad en su totalidad, puede necesitar el que siga internado, así que, ¿dónde está el éxito? si por ejemplo, lo que se ha impuesto es una pena privativa de libertad a un semiimputable, que conlleva un límite de tiempo de medida privativa de libertad, se reincorpora a la prisión una vez el visto bueno de los especialistas y la resolución del juez, pero ¿es buena una prisión para un sujeto que ha cometido un delito bajo los efectos de alguna sustancia estupefaciente o la recaída será mayor y mayor la peligrosidad cuando salga de la cárcel?  ???

Todo lo más que se ha realizado son unos límites objetivos que el legislador ha recogido en el Cp, si bien respecto a la peligrosidad del sujeto, no creo que aún se pueda decir que esté controlada.

Esta lección es prácticamente una introducción, verás las medidas de seguridad en el segundo parcial.  ;)

Ese es el problema que se plantea, de ahí que en el manual

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #47 en: 17 de Julio de 2013, 13:40:12 pm »
¡Ya está!

Aquí está el link del documento del primer parcial sin responder y del segundo con sus respuestas,

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Dado que son 607 preguntas, si aparte de Estefaniad01 y yo se apunta alguien más, les quedo agradecida,  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #48 en: 17 de Julio de 2013, 13:42:46 pm »
Lo siento, había dejado a hergomez por detrás, ¡ya somos tres!

Si se nos plantea alguna duda, la vamos resolviendo por aquí.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #49 en: 17 de Julio de 2013, 13:48:45 pm »
Perfecto! Muchas gracias mnieves! Lo distribuimos de alguna forma o hacemos y hacemos hasta que nos salga penal por las orejas? Jaja la verdad es que es otra forma de estudiar.
Luego lo descargo y empiezo, que ahora estoy con el móvil.
Ánimo!
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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #50 en: 18 de Julio de 2013, 01:24:55 am »
Holaaaaaaa ¿cómo están mis penalistas? jejjeje, esta hay que quitarla en septiembre, ya que es la única convocatoria a la que no fue el curso pasado, voy a probar con éste.

Yo voy a hacer hasta la pregunta 100.

Estefaníad01, ¿te animas a hacer de la 101 hasta la 200?

Si se apunta alguien más, puede ir pillando a partir de ahí, en caso contrario, ¡menudo trabajo me queda!.

Voy a exponer la forma en que lo estoy haciendo; le he dado al copia/pega del documento del compañero RobertMad y lo he colocado en el doc (para no escuchar el ruido que hace mi ordenador cada vez que le doy a guardar al docx), y las estoy contestando en colo, mejor copio/pego las primeras, para que tengáis una idea.

1. Llamamos jurisprudencia en sentido estricto y siguiendo la definición del art. 1 del Código civil: (FEB07 AB)
a) a la opinión dominante de los jueces y tribunales en la interpretación de la ley, la costumbre y los principios generales del derecho
b) a la doctrina reiterada del Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, costumbre y principios generales del derecho
c) a la opinión dominante de los estudiosos del derecho en la interpretación de la ley, la costumbre y los principios generales del derecho
d) a la última y más moderna interpretación de la ley, la costumbre o los principios generales del derecho que ofrezca el Tribunal Supremo

No viene como tal en el manual, si bien se desprende de lo recogido en la página 39.

2. El Derecho penal ¿tiene o no tiene relación alguna con los demás Derechos sancionadores?: (FEB07 AB)
a) No tiene, porque no es propiamente un Derecho sancionador.
b) Sí tiene relaciones pero siendo el protagonista del ordenamiento jurídico sancionador por la naturaleza y gravedad de sus sanciones.
c) Sólo con el Derecho laboral sancionador.
d) Sí, salvo con el Derecho administrativo sancionador.

He puesto como correcta la opción b), si bien, los autores del manual sólo distingue el Derecho penal con el Administrativo sancionador de forma cuantitativa (el Derecho penal para el daño más grave al bien jurídico protegido), no obstante es algo que no se sigue en nuestro país, dado que en ocasiones se dota a la Administración de la potestad de imponer multas mucho más graves que las que se imponen por la vía penal; la diferencia no es material. Página 38.
De otro, algunos autores afirman que el Derecho penal no tiene una función valorativa, sin embargo, la doctrina mayoritaria estima que esto no es cierto, ya que en ocasiones se castigan penalmente conductas que no están prohibidas en otras ramas del Derecho, y aun en las veces en que sí lo están, el Derecho penal al elegir cuáles de esos ataques contra bienes jurídicos son los más graves y merecen ser castigados con pena, está haciendo su propia valoración de los mismos. Página 39 en relación a la naturaleza secundaria del Derecho penal.


3. El Derecho penal: (FEB07 AB)
a) No contiene las respuestas más graves y aflictivas del ordenamiento jurídico.
b) Sí tiene la exclusiva de las consecuencias más graves y aflictivas para el infractor de normas jurídicas.
c) No es posible emitir un juicio sobre este particular.
d) Sólo en los delitos que son competencia del tribunal de jurados.

Mismo argumento que el anterior.

4. El expreso y específico principio de legalidad de los delitos y de las penas: (FEB07 AB)
a) está contenido en la Constitución en el artículo 25.
b) no está recogido expresamente en la Constitución pero se deduce de la protección de la dignidad humana.
c) sólo está recogido en el Código penal.
d) no está recogido en ningún artículo.

Esta no creo que necesite mucho argumento. Principio de legalidad (art. 9.3  en concordancia con el art. 25.1 CE). Página 43. También está recogido en los artículos 1, 2 y 3 Cp respecto a las garantías o subprincipios, pero no “sólo”.
 
También se puede añadir alguna cosilla, eso ayuda a que nos acordemos, como por ejemplo,

14. Según la teoría final, el concepto de acción tiene carácter: (FEB07 AB FEB08 AB)
a) Normativo, sujeto a la existencia de una prohibición.
b) Ontológico, previo a cualquier valoración jurídica.
c) Objetivo, carente de elementos internos.
d) No existe un concepto propiamente final de acción.

Bueno, estamos con la teoría finalista de acción y con Welzel, de modo más amistoso Hans, jjeje; efectivamente, la propuesta de este autor alemán, penalista y filósofo del Derecho (seguro que lo veremos mucho en cuarto), parte de la existencia de una serie de estructuras lógico-objetivas, ontológicas, del mundo del ser, que el legislador ha de tener en cuenta en su regulación, de ahí, lo de previo a cualquier valoración jurídica.


O también se puede aclarar alguna cosilla de los autores del manual, como por ejemplo,

9. En sentido amplio el término "delito" incluye: (FEB07 AB)
a) Delitos graves y menos graves.
b) Delitos graves, menos graves y faltas.
c) Delitos graves, menos graves, faltas e infracciones administrativas.
d) Delitos graves, menos graves, faltas e infracciones administrativas y disciplinarias.

El término delito en sentido estricto queda referido, conforme al art. 13 CP, a las infracciones penales de mayor gravedad, delitos graves y menos graves, mientras que el término falta está reservado para  las más leves.
Los autores se refieren el término delito en su acepción más amplia, como sinónimo de infracción penal o hecho punible. Las afirmaciones que hagamos en lo sucesivo serán por tanto predicables tanto de los delitos graves y menos graves como de las faltas.
He hecho constar esto porque según lo expuesto en la página 92 del manual y la pregunta pudiera haber una contradicción,  no sabemos exactamente si el actual ED daría esa pregunta por buena, o en todo caso pondrían otra opción, ya que el mismo recoge en la página anterior, 91, “todas las infracciones que las leyes recogen bajo la amenaza de una pena son delitos. Parece obvio, pero es preciso hacer una salvedad, ello es cierto siempre y cuando nos refiramos al término delito en sentido amplio, ya que también existe una acepción de dicho concepto en sentido estricto, derivada de la clasificación formal de las infracciones penales que recoge el Código penal vigente”; es la opción única posible que podemos dar en este respuesta, pero que no es acorde totalmente con el planteamiento de los autores del manual.



Esta va a ser mi "forma" de responder, no obstante, se admite cualquiera, vosotros/as elegís, eso sí, si alguien es repetidor/a como yo, o ha estudiado ya el petete, una ayudita, ¡que esto es muuuuuuu largo!  :'(

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #51 en: 18 de Julio de 2013, 01:35:18 am »
jooooo, con lo que esto tarda en cargar (espero tener la portabilidad lista antes del fin de semana como me ha prometido) encima dejo cosas por detrás.

Se deduce la pregunta 3, por supuesto la opción es la b), uffff

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #52 en: 18 de Julio de 2013, 04:21:31 am »
¡Por fin! Me estaba embotando, no suelo coger una asignatura durante tanto tiempo.

He terminado las primeras 100 preguntas, si bien, hay alguna que otra del segundo parcial, y otras que no aparecen en el Programa del petete, supongo que debido al cambio, se han extendido más en materias que consideraban más importantes, y han obviado otras, como eso de los delitos políticos y las teorías; yo tampoco lo tenía en la presencial.

Sinceramente, no sé si servirá el documento, pero desde luego para machacar el manual una y otra vez me viene de perlas; lástima no haber aprovechado el trabajo del otro en septiembre pasado, y tonta de mi el no mirar test de ningún tipo, pero bueno, lo hecho, hecho está.

Las preguntas de Grado, que supongo iguales que las de Licenciatura tras el cambio de docentes no se asemejan en nada, ni en la formulación ni en poner las opciones "tan obvias en algunos casos", no obstante, si alguien más quiere apuntarse, al menos ya no me aburre leer y leer el petete.

Hasta mañana, buen descanso y felices sueños.  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #53 en: 18 de Julio de 2013, 08:39:36 am »
Hoy seguiremos dándole al penal1,estamos reiniciando otra vez el libro rojo, ahora centrándonos en algunos temas como curso causal, que creo que es importante en esta primera parte. Y que algún ejemplo de esos sera objeto de pregunta, así que a leer,leer.saludos y ánimos que podemos.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #54 en: 18 de Julio de 2013, 16:02:10 pm »
Aquí estamos con el penal1 que vamos a salir unos penalista de primera .estamos terminando de dar una segunda vuelta al primer parcial ,pero más despacio,los ejemplos muy importantes.saludos a todos los que estemos con esta materia que podemos con ella.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #55 en: 18 de Julio de 2013, 16:38:32 pm »
Porfa que alguien me diga que hacer, o apuntes o libro...gracias

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #56 en: 18 de Julio de 2013, 19:17:17 pm »
Claro que me animo! Me pongo a ello ahora, que acabo de coger el ordenador y a seguir y seguir y seguir  ;)
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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #57 en: 18 de Julio de 2013, 20:40:22 pm »
 ;) Vamos que tal lo penalista, vamos a sacar esta materia en septiembre y seguiremos caminando en el próximo curso hasta llegar el objetivo final.que nos quedan más un mes todavía para los exámenes,pero no hay que descuidarse que buscaremos el pleno. Ojala tengamos suerte.saludos.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #58 en: 19 de Julio de 2013, 23:33:18 pm »
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Porfa que alguien me diga que hacer, o apuntes o libro...gracias

No creo ser una de las que pueda dar consejo en esta asignatura, sólo decir que yo estudio por el manual, ya lo hice el curso pasado, y si eres una persona de controlar nervios y no le has pillado "el pánico al examen de esta asignatura", apruebas seguro.

Hicieron apuntes y sé que muchos/as compañeros/as aprobaron el curso pasado por ellos.

La decisión es tuya, por uno o por los otros.

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Claro que me animo! Me pongo a ello ahora, que acabo de coger el ordenador y a seguir y seguir y seguir  ;)

Vista la concurrencia compañera, mejor dejar los test, al fin y al cabo, no tienen nada que ver con los exámenes de los dos últimos cursos, así que sigo leyendo y poniendo asteriscos en el manual, no porque no lo entienda, sino porque creo que algo de lo señalado puede caer.

Haré caso al compañero de licenciatura y realizaré el ejercicio mental de que las preguntas las sé, y de veras es así, ¿por qué las contesto mal, por qué cambio? ni yo misma lo sé, pero el sistema de afrontar el examen en septiembre tiene que dar un giro de 180 grados.

Ánimo con la asignatura y te deseo toda la suerte del mundo en septiembre (al resto que la tenga pendiente también).  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 1º PARCIAL
« Respuesta #59 en: 20 de Julio de 2013, 10:47:57 am »
donde puedo conseguir esos apuntes de penal i los cuales han aprobado algunos compañeros???