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Autor Tema: DEMANDA CIVIL  (Leído 1204 veces)

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Desconectado jsoriguer1

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DEMANDA CIVIL
« en: 12 de Junio de 2013, 12:58:28 pm »
Un particular puede presentar una demanda civil, pero, ¿cuando se precisa abogado y procurador?


Desconectado Pravias

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Re:DEMANDA CIVIL
« Respuesta #1 en: 12 de Junio de 2013, 15:48:29 pm »
Artículos 23 y siguientes LEC
Juicios verbales cuya cuantía no supere los 2.000 €
Procesos monitorios (reclamar cantidad) con independencia de la cantidad, si se opone el deudor se iniciará juicio ordinario o verbal (< 6000) dependiendo de la cuantía, si es juicio verbal menor de 2.000 no se exige.
Tienes que indicar de que proceso se trata para ver si sería un juicio verbal, ordinario dependiendo de la materia.
No se si me dejo alguno más.
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Desconectado jsoriguer1

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Re:DEMANDA CIVIL
« Respuesta #2 en: 12 de Junio de 2013, 18:30:22 pm »
Gracias Pravias, es referente a la propiedad horizontal, un inquilino que no deja pasar los operarios a reparar una terraza común.

Desconectado Pravias

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Re:DEMANDA CIVIL
« Respuesta #3 en: 13 de Junio de 2013, 10:19:27 am »
Si mal no recuerdo el compañero Alfmonti te dio la respuesta antes. ;)
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Desconectado jsoriguer1

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Re:DEMANDA CIVIL
« Respuesta #4 en: 13 de Junio de 2013, 20:00:13 pm »
Si Pravias, la verdad es que no lo encontraba, pero ya lo he localizado.

Gracias de nuevo