Hola compañeros,
Tengo una amiga que tiene un problema y no interpreto bien lo que dice el codigo penal, su ex es un poco durillo para pagarle la pension de alimentos, el codigo dice que es punible no pagar dos pensiones seguidas o cuatro alternas. La duda me surge al no pagar las cuatro alternas, en qué periodo de tiempo, un año, tres años?

o es en cuanto se acumulan cuatro sin pagar???
En otras ocasiones le abona solo la mitad de la pensión, en estos casos la reclamación sería solo civil?? o a partir de cuando sería penal???
Gracias a todos por anticipado.