¡Hola Pelham123! Los casos que aparecen no se asemejan al del caso práctico que nos pusieron.
Por favor, ayúdanos a resolverlo, que seguro que tú sabes hacerlo.
Gracias por adelantado.
Vehículos de ocasión, S.L., cuyo administrador único es D. Justo Muñoz, vendió un camión a D. Gerardo Gómez. Para el pago aplazado de parte del camión, ambas partes acordaron el libramiento de una letra de cambio. La letra se libró el 31 de mayo del presente año, con vencimiento el 31 de agosto y con cláusula "sin gastos". El pago se domicilió en el Banco de Cádiz y la letra fue aceptada el mismo día de su emisión por D. Gerardo Gómez. Vehículos de ocasión, S.L. entregó la letra a Financiera Rius, S.A., poniéndola como tomadora de la misma, en pago de un préstamo. Financiera Rius, S.A. exigió un avalista y por ello D. Mariano Valle, socio de Vehículos de ocasión,S.L. firmó en el lugar reservado al aval dejando en blanco la mensción del avalado.
29ª) Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y no se protestara ni se hiciera constar en la letra que había sido denegado el pago, Financiera Rius, S.A., tendría acción cambiaria para exigir el pago:
a) Indistintamente a Vehículos de ocasión, S.L. y a D. Mariano Valle
b) Indistintamente a D. Gerardo Gómez y a D. Justo Muñoz
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
30ª) En el mismo supuesto de las preguntas anteriores, Financiera Rius, S.A. tendría acción cambiaria para exigir el pago:
a) al Banco de Cádiz
b) a D. Mariano Valle
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
31ª) En el mismo supuesto de las preguntas anteriores, si Financiera Rius, S.A. dirigiera su acción cambiaria contra D. Gerardo Gómez:
a) Este podría negarse a pagar alegando que la letra no ha sido oportunamente protestada.
b) Este podría negarse a pagar alegando que el contrato de compraventa del camión había quedado resuelto debido a que el camión presentada defectos que lo hacían totalmente, si ello fuera cierto
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
32ª) En el mismo supuesto de las preguntas anteriores, si Financiera Rius, S.A dirigiera su acción cambiaria contra D. Mariano Valle:
a) Este podría negarse a pagar alegando que el aval es ineficaz por no especificar el nombre del avalado
b) Este podría negarse a pagar alegando que la letra estaba perjudicada
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
33ª) En el mismo supuesto de las preguntas anteriores, en el caso de que la letra hubiera sido pagada por Vehículos de ocasión, S.L. y esta sociedad dirigiera su acción cambiaria contra D. Gerardo Gómez:
a) Este podría negarse a pagar alegando que al estar perjudicada la letra, Vehículos de ocasión, S.L. no tenía que haberla pagado, por lo que no es acrredor legítimo para exigirle el pago
b) Este podría negarse a pagar alegando que la compraventa había quedado resuelta debido a que el camión presentaba defectos que le hacían totalemnte inservible, si ello fuera cierto.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
34ª) En el mismo supuesto de las preguntas anteriores, si Vehículos de ocasión, S.L. dirigiera su acción cambiaria contra D. Mariano Valle:
a) Este podría negarse a pagar alegando que el aval es ineficaz por no especificar el nombre del avalado
b) Este podría negarse a pagar alegando que el avalado no está obligado al pago de la letra al haber quedado resuelta la compraventa del camión debido a los defectos que este presentaba, si ello fuera cierto.7
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
35ª) Si la letra presentada al cobro el día del vencimiento, no fuera pagada y se hubiera levantado el oportuno protesto por falta de pago, Finaciera rius, S.A. tendría acción cambiaria para exigir el pago:
a) Indistintamente a Vehículos de ocasión, S.L. y a D. Justo Muñoz
b) Indistintamente a D. Mariano Valle y a Vehículos de ocasión, S.L.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
Más o menos el esquema sería este:
Vehículos de ocasión, S.L.-------------------vende camión pagando parte con una --------------- a D. Gerardo Gómez
Administrador único D. Justo Muñoz LETRA DE CAMBIO
I
I
I
I
en pago de un préstamo
y avalada por D. Mariano Valle,
socio de Vehículos de ocasión, S.L.
dejando la parte para el avalado en blanco
I
I
I
I
Financiera Rius, S.A.
Características de la letra
Fecha librada: 31-mayo-2013 (aceptada el mismo día)
fecha vencimiento: 31-agosto-2013
Cláusula "sin gastos"
Pago domiciliado en el Banco de Cádiz