A ver, me lío un poco con ésto:
28 En el contrato de seguro, la indemnización cubrirá la totalidad del daño:
A Si se trata de un seguro pleno o de un sobreseguro
B En el infraseguro siempre que el importe del daño sea inferior a la suma asegurada
C Las dos respuestas anteriores son erróneas
30 Si el valor del interés es inferior a la suma asegurada
A Hay infraseguro
B En caso de siniestro total la indemnización será inferior a la suma asegurada
C Las dos respuestas anteriores son erróneas
En el primer supuesto, en los casos de sobreseguro, imaginemos que el daño es de 70, la suma asegurada 70 y el valor del interés 50. Yo creo que en este caso la indemnización no cubriría el total del daño (como solución de esa primera pregunta), sino que la misma sería proporcional al valor del interés. No me cuadra esa solución dada como buena. Sin embargo, si sería acorde con la respuesta dada en la segunda pregunta. Qué opináis??