Hola compañeros.
Me asalta una duda. En el tema 20 el programa y libro no se ajustan y nunca se ha preguntado este Reglamento 1259/2010, pero no me queda claro... Se supone entonces que este sustituiría al 107 CC, por primacía ¿es correcto? Porque se dan ciertas diferencias entre el Rgto y el art. 107...
Vaya tocho de asignatura...
Muchas gracias a quien se tome la molestia de contestarme.
Ánimo.