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Autor Tema: arrendamiento  (Leído 1378 veces)

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Desconectado rocioderecho

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arrendamiento
« en: 30 de Julio de 2013, 14:16:58 pm »
hola, tengo un familiar que tiene una casa alquilada, y con la nueva ley que entro en vigor, debe avisarle dos meses con antelacion de la finalizacion de contrato,para echarlo de la vivienda , podeis decirme donde encontrar ese escrito,muchas gracias.


Desconectado Pravias

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Re:arrendamiento
« Respuesta #1 en: 30 de Julio de 2013, 16:36:08 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
De dónde has sacado lo de los 2 meses
te copio el artículo 9
Artículo 9 Plazo mínimo

1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo
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Desconectado Pravias

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Re:arrendamiento
« Respuesta #2 en: 30 de Julio de 2013, 17:08:38 pm »
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aquí encontrarás modelos.
Que pone en el contrato?
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Desconectado Pravias

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Re:arrendamiento
« Respuesta #3 en: 30 de Julio de 2013, 17:28:08 pm »
No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Tienes razón son 2 meses para el arrendador
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