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Autor Tema: planteando nuevas preguntas MERCANTIL II  (Leído 1291 veces)

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Desconectado satara

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planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« en: 14 de Agosto de 2013, 12:55:30 pm »
Saludos:

Harto de repasar el temario y de hacer una y otra vez los exámenes de años anteriores, estoy buscando nuevas posibles preguntas que pueda poner el E.D.

Y se me ha ocurrido proponerlo a los que tengamos esta asignatura para septiembre, a modo de ejercicio y de precaución sobre nuevas sorpresas  en los exámenes.

Pongo una, a modo de ejemplo:

Las normas de la Convención de Viena, reguladora de la compraventa internacional, no se aplican a:

a) la venta de valores mobiliarios.
b) la venta de mercaderías para uso personal familiar aún cuando el vendedor no tenga constancia de ello antes del contrato.
c) la venta de mercaderías entre partes que tengan sus establecimientos en Estados diferentes cuando estos hayan ratificado la Convención.

Para evitar una lectura involuntaria de la respuesta correcta la podemos poner un poco mas abajo.

Seguiré compartiendo con vosotros las preguntas que me vayan surgiendo durante el repaso del temario y sería interesante que hicierais lo mismo, para beneficio de todos.

Satara

La respuesta correcta es la a


Desconectado satara

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #1 en: 14 de Agosto de 2013, 13:12:56 pm »
Otra:

En el contrato estimatorio:

a) El tradens al conservar la propiedad de los bienes entregados soporta la pérdida o el deterioro de los mismo cuando estén en poder del accipiens.
b) el accipiens aunque no tenga lo propiedad de los bienes soporta la pérdida o el deterioro de los mismos cuando estén en su poder.
c) Soportan solidariamente la pérdida o el deterioro de los mismos.

Satara

Respuesta correcta: b

Desconectado Decio

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #2 en: 19 de Agosto de 2013, 21:29:39 pm »
Y ésta:

Si se produce un siniestro total, la indemnización cubrirá todo el daño: a.- Sólo en caso de seguro pleno b.- En caso de seguro pleno y de sobreseguro c.- En caso de seguro pleno, de sobreseguro y de infraseguro

La solución dada por buena en los test que tengo es la b, no me cuadra!!
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Desconectado RaulRH

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #3 en: 19 de Agosto de 2013, 21:55:19 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Y ésta:

Si se produce un siniestro total, la indemnización cubrirá todo el daño: a.- Sólo en caso de seguro pleno b.- En caso de seguro pleno y de sobreseguro c.- En caso de seguro pleno, de sobreseguro y de infraseguro

La solución dada por buena en los test que tengo es la b, no me cuadra!!

-  seguro pleno = la suma pactada como indemnización máxima por siniestro total equivale al valor del bien asegurado, por tanto, el seguro cubre el total del valor del bien.
- sobreseguro=  la indemnización pactada  es superior al valor del bien asegurado así que el valor del bien está cubierto, otra cosa es que pretendas que te indemnicen con el total de la suma asegurada para lo cual no tienes nada que rascar.
 
La a) no es buena porque no sólo es en el seguro pleno sino que también en el sobreseguro, hasta el valor del bien, por lo que responderá la aseguradora.

La c) tampoco por motivos evidentes, en el infraseguro aseguras un valor inferior al del bien y por tanto no llega ni en broma a cubrir el valor de este último.

Perdona si no lo he clavado...creo recordar que ese era el razonamiento, y si no que alguien nos ilumine.
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado Decio

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #4 en: 20 de Agosto de 2013, 13:19:11 pm »
Y esta:
Si se produce un siniestro total, la indemnización será igual a la suma asegurada: a.- En caso de seguro pleno y de infraseguro b.- En caso de seguro pleno y de sobreseguro c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 
Dan por buena la a) y va a ser que no!!
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Desconectado RaulRH

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #5 en: 20 de Agosto de 2013, 17:02:25 pm »
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Y esta:
Si se produce un siniestro total, la indemnización será igual a la suma asegurada: a.- En caso de seguro pleno y de infraseguro b.- En caso de seguro pleno y de sobreseguro c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 
Dan por buena la a) y va a ser que no!!

Yo creo que sí es la A), ten en cuenta que habla de suma asegurada y no de valor del bien, ¿lo pillas?
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado Decio

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #6 en: 21 de Agosto de 2013, 13:54:39 pm »
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Yo creo que sí es la A), ten en cuenta que habla de suma asegurada y no de valor del bien, ¿lo pillas?

Si Raul, claro que lo pillo. Es que es precisamente en los casos de infraseguro donde opear la regla de la proporcionalidad, que no necesariamente tiene que coincidir con la suma asegurada. Por ejemplo: imagina que aseguras por valor de 50, el valor del interés es 70. Habría que calcular esa regla para ver si en caso de siniestro total la indeminzación alcanza esos 50 asegurados, porque, podrían ser 40, no??
En los casos de infraseguro la indemnización en caso de siniestro total no tiene porqué coincidir con la suma asegurada por el tomador/asegurado.
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Desconectado Decio

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #7 en: 22 de Agosto de 2013, 18:43:52 pm »
12ª) La Ley de Condiciones Generales de la Contratación establece que si existen dudas en la interpretación de las condiciones generales:
a.- Las condiciones generales se tendrán por no puestas
b.- Las dudas se resolverán a favor del deudor
c.- Las dudas se resolverán a favor del adherente

Creo que la respuesta será más bien la C
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Desconectado satara

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #8 en: 23 de Agosto de 2013, 13:00:21 pm »
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12ª) La Ley de Condiciones Generales de la Contratación establece que si existen dudas en la interpretación de las condiciones generales:
a.- Las condiciones generales se tendrán por no puestas
b.- Las dudas se resolverán a favor del deudor
c.- Las dudas se resolverán a favor del adherente

Creo que la respuesta será más bien la C

Afirmativo la respuesta es la C, la pregunta juega con los dos principios similares " favor debitioris" y "contra proferentem", y en este caso al hacer referencia a la Ley de condiciones generales el aplicable es en beneficio del adherente. I think so!

Satara

Desconectado satara

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Re:planteando nuevas preguntas MERCANTIL II
« Respuesta #9 en: 23 de Agosto de 2013, 13:05:37 pm »
Otra preguntita:

El uso de la fórmula contractual ad incertam personam, es propio de:

a) Las Condiciones Generales de Contratación
b) Los contratos de obra mercantil
c) Las ofertas públicas de suscripción de valores negociables.

Y la respuesta correcta es la C

Satara