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Autor Tema: Derecho internacional privado  (Leído 1641 veces)

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Desconectado Juanlu89

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Derecho internacional privado
« en: 04 de Septiembre de 2013, 14:09:49 pm »
me han parecido algo rebuscados los supuestos prácticos ,para lo que suelen ser en general,cuales han sido vuestras respuestas¿


Desconectado amatista

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #1 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:25:43 pm »
yo he "pinchado" en los casos a cada parcial peor, vengo muy desanimada. ¡ no sé cómo pensaba resolverlos porque tampoco eran del otro mundo! pero decir la ley aplicable............ me valen todas o no me vale ninguna. me hago un lio.... que me voy a dormir la mona a ver si me levanto más animada para repasar mercantil II para mañana.  Yo realmente había entrado a ver vuestras respuestas de los casos ???

Desconectado josete69

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #2 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:30:52 pm »
yo los casos los he visto muy rebuscados también, las preguntas bien, pero los casos del segundo parcial me han parecido "casi diabólicos" jejeje, ya veremos qué tal corrigen....,
saludos a todos¡¡¡

Desconectado rutger

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #3 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:25:00 pm »
Diabólicos?????, yo diría que peor: un divorcio en donde te dice que están de acuerdo los dos en divorciarse pero como hay desavenencias el proceso es contencioso, quién demandaba a quién teniendo en cuenta que varios de los foros del reglamento 2201 se aplican dependiendo de la residencia del demandante o del demandado o incluso de si la demanda es conjunta (cosa que del enunciado del supuesto no se desprende pues la decisión conjunta de divorciarse no excluye el litigio contencioso tal como decía que sucedía)?.
Y qué les pasa con los laudos arbitrales?, ha caído en las dos semanas de febrero y ahora vuelta otra vez. Las preguntas eran todas asequibles, eso sí.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado makelele

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #4 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:31:22 pm »
Buffffff vaya tela, creo que me voy a diciembre con este hueso :'(, porque la teoria bastante bien pero los casos creo que la he vuelto a liar : :-[
"quotquotNunca olvides que todos los grandes logros requieren tiempo y paciencia"quotquot

Desconectado Juanlu89

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #5 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:05:53 pm »
Hice primera semana,en resumen en el primer caso práctico al ser dos empresas extranjeras no comunitarias aludí al artículo 22.3 l.o.p.j ya que la obligación se debe cumplir en España(creo k no puede entenderse que ni domicilio ni sede estatutaria ni lugar de realización  de actividad principal puedan estar en España por lo que no se aplicaría el reglamento 44).sin embargo en el supuesto de la sumisión expresa si que aludí al reglamento 44 ya que este prevé la sumisión expresa de estados no parte a la jurisdicción de un estado parte(en este caso España).
 En el segundo caso reconocimiento de sentencias según el 44/2001 exequatur automático con limitaciones control de regularidad del documento de la sentencia... Y la sentencia no se podría recocer por haberse dictado en rebeldía,más o menos.

Desconectado mercedes scastro

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #6 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:33:36 pm »
Hola , estoy desanimadisima ... hice sólo el primer parcial... y me quedaba sólo este parcial y el primer del Practicum ... pero me ha salido flojisimo.... he contestado con generalidades ....
No tengo ni ganas de preparar el Prácicum para el viernes  :-[ :-[ :-[ :-[
Lo conseguimos porque no sabíamos que era imposible.

Desconectado paco2

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #7 en: 04 de Septiembre de 2013, 17:17:55 pm »
Juanlu889 yo he contestado aprox lo mismo, tengo buenas expectativas en el examen, a mi creo que me salió bien, de todas formas no queda otra que esperar

 suerte a todos

Desconectado Cañada

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #8 en: 04 de Septiembre de 2013, 17:27:53 pm »
Cuáles han sido las preguntas del primer parcial?. Los casos complicados, madre mía.

Desconectado carlosC

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #9 en: 04 de Septiembre de 2013, 17:49:59 pm »
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Diabólicos?????, yo diría que peor: un divorcio en donde te dice que están de acuerdo los dos en divorciarse pero como hay desavenencias el proceso es contencioso, quién demandaba a quién teniendo en cuenta que varios de los foros del reglamento 2201 se aplican dependiendo de la residencia del demandante o del demandado o incluso de si la demanda es conjunta (cosa que del enunciado del supuesto no se desprende pues la decisión conjunta de divorciarse no excluye el litigio contencioso tal como decía que sucedía)?.
Y qué les pasa con los laudos arbitrales?, ha caído en las dos semanas de febrero y ahora vuelta otra vez. Las preguntas eran todas asequibles, eso sí.
Como sucede en FYT II, yo dije que al querer divorciarse los dos, entiendo que la demanda es conjunta, pues era el único nexo de unión con el Reglamento, a pesar de ser un divorcio contencioso y no de mutuo acuerdo, por que sino me liaba mucho más. La teoría de lo más fácil del mundo, pero tela con los casos prácticos.
Sólo me arrepiento de lo que no he hecho....

Desconectado sarittaa

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #10 en: 04 de Septiembre de 2013, 18:24:04 pm »
Estoy como mucho de vosotros, me cuesta esta asignatura un monton, me quedaba el primer parcial y he salido del examen fatal.... me muero na mas de pensar en hacerla entera  otra vez :'( :( :'( :'( :'( :'( . Pero bueno....no puedo ni leer mercantil que la tengo mañana.

suerte

Desconectado jalegria

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #11 en: 04 de Septiembre de 2013, 18:27:20 pm »
Pues ánimo, que yo estoy con la letra de cambio....

La verdad es que los casos se las traían...

Desconectado JACI

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #12 en: 04 de Septiembre de 2013, 18:39:44 pm »
En el caso del divorcio, he puesto rige el reglamento 2201/2003, y como los países son competentes, pues regirá la ley del que antes inicie los trámites del divorcio contencioso.

Desconectado jalegria

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #13 en: 05 de Septiembre de 2013, 00:01:12 am »
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En el caso del divorcio, he puesto rige el reglamento 2201/2003, y como los países son competentes, pues regirá la ley del que antes inicie los trámites del divorcio contencioso.

Yo he puesto lo mismo. Eso no quiere decir que lo tengamos bien...

Saludos

Desconectado YYYO

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Re:Derecho internacional privado
« Respuesta #14 en: 05 de Septiembre de 2013, 13:47:49 pm »
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Diabólicos?????, yo diría que peor: un divorcio en donde te dice que están de acuerdo los dos en divorciarse pero como hay desavenencias el proceso es contencioso, quién demandaba a quién teniendo en cuenta que varios de los foros del reglamento 2201 se aplican dependiendo de la residencia del demandante o del demandado o incluso de si la demanda es conjunta (cosa que del enunciado del supuesto no se desprende pues la decisión conjunta de divorciarse no excluye el litigio contencioso tal como decía que sucedía)?.
Y qué les pasa con los laudos arbitrales?, ha caído en las dos semanas de febrero y ahora vuelta otra vez. Las preguntas eran todas asequibles, eso sí.

A mí tb. me han parecido excesivamente complicados en comparación con los que suelen poner.

Ya sabéis, si la cosa sale mal por culpa de una inusitada e insospechada dificultad de los casos prácticos a reclamar, como los de Financiero y Tributario II. Porque poner un examen con un grado de dificultad mucho mayor que en junio me parece un agravio comparativo.

Un saludo