Me estoy quedando alucinada porque yo no contesté al caso práctico que está diciendo la mayoría. Mi examen coincide con las preguntas de teoría (definición de hechos impeditivos y apreciación conjunta de la prueba) pero el caso práctico fueron 3 preguntas sin tener que redactar ninguna declinatoria sobre procesos con pluralidad de objetos e impugnación de la cuantía en la demanda, en el que se aplicaba el art 252,253 y 255. Lo cierto es que hice el examen con un gripazo monumental y mucha fiebre así que no me dí ni cuenta.
Espero que aprueben a todos el caso práctico, por lo menos habrá merecido la pena estudiar y acudir al examen en esas condiciones.