¿Buenas, a alguien le queda clara la diferencia entre el contrato de comisión y agencia?
Después de leerlo no me queda del todo claro la diferencia sustancial entre un comisionista y un agente. Entiendo que el comisionista es algo así cómo el que realiza ya de por si el acto mercantil, por cuenta propia o ajena. El agente por otra parte, crea la relación entre el principal y el que realizará el acto mercantil con el mismo. No se no me queda muy claro. Si alguien me puede ayudar y ponerme un par de ejemplos de cada figura lo agradecería.
Gracias de antemano.