Creo recordar que la inntancion es saldar la deuda o algo asi. Pero es que lo que no dice es que el Audi sea un A8 de 70000 € y tenga de sobra para vender y cobrarse los 30000 €,nos dice que le da el coche con la intencion de saldar la deuda, valga lo que valga el coche y eso es dacion.
En cuanto a una modificacion, no le dice que pasa a deberle un coche en lugar de los 30000 € siguiendo la obligacion pero modificada, le dice que le da el. coche para liqquidar ( la tan soñda por muchos dcion en pago de hipoteca con el piso).
No recuerdo, quizá tengas razón, pero estoy casi seguro de que no dice expresamente que le da el coche en el momento exacto en el que llegan al acuerdo. Tampoco dice que se lo deba, cierto.
En el examen le he dado muchas vueltas, porque puedo haber interpretado mal enunciado, pero creo entender bien las dos figuras y aunque en un primero momento también he creído sí o sí en la dación, es más, si sólo buscaban una respuesta seguro que esa esa la acertada, estoy bastante seguro de que había cierta indefinición respecto al momento en el que se le da el coche por eso he preferido explicar las dos figuras y curarme en salud.
De lo que estaba bastante seguro es de que no se trataba de cesión de bien para el pago. No sé de qué forma estaba redactado, pero no entendí de ningún modo de que se cediese, sino que se cumplía entregando el coche, el deudor quedaba liberado dando el Audi. Mientras que en la cesión no basta con la entrega de los bienes para cumplir con la obligación.