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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)  (Leído 73948 veces)

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Desconectado torukmakto

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #420 en: 07 de Febrero de 2014, 12:31:48 pm »
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Si, es dacion en pago, pues su fin es la exticion de la obligacion con este cuplimiento, liberandose Ana de ella, y ademas se daria el otro supuesto que es la entrega inmediata de a cosa en propiedad. Eso si, Sergio ha de aceptar.
Sergio es el deudor, cuidadín


Desconectado focalinda

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #421 en: 07 de Febrero de 2014, 12:42:32 pm »
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Sergio es el deudor, cuidadin
,
Perdon, es que se me ha ido la mente a Cuenca y le he cambiado el nombre. Cambio Sergio por Ana.

Desconectado Annnddda

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #422 en: 07 de Febrero de 2014, 12:44:21 pm »
 :'( porque me he equivocado si lo tenía claro????Claro, se transmitía la titularidad del coche. Creéis q el caso práctico tiene mucho peso en la nota. Pues yo en el caso práctico he definido ambos supuestos del cumplimiento especial pero he resuelto el caso mal y he puesto cesión de bienes. Me he precipitado...

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #423 en: 07 de Febrero de 2014, 13:24:42 pm »
Entonces, es dación en pago no ?

Desconectado torukmakto

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #424 en: 07 de Febrero de 2014, 13:25:07 pm »
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:'( porque me he equivocado si lo tenía claro????Claro, se transmitía la titularidad del coche. Creéis q el caso práctico tiene mucho peso en la nota. Pues yo en el caso práctico he definido ambos supuestos del cumplimiento especial pero he resuelto el caso mal y he puesto cesión de bienes. Me he precipitado...
Si algo se puede sacar del práctico y las otras las tienes bien, no vas a tener problema.  Y aunque el práctico lo tuvieses todo mal pero teniendo medianamente bien las otras tampoco vas a suspender

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #425 en: 07 de Febrero de 2014, 13:41:27 pm »
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Pienso que el caso practico se podía contestar argumentando tanto la cesión de bienes como la dación en pago ya que el texto no era tan conciso como para descartar alguna . Aun así he utilizado la dación . suerte a todos

Creo que no porque si mal no recuerdo el coche se lo daba a Ana en propiedad, y eso es dación en pago, en la cesión se da la posesión para la realización del bien en subasta y que se cobre de lo que se saca. Si sobra algo para el deudor y si falta entonces no se extingue la obligación sino que sigue viva por la diferencia. No se extingue de forma automatica la obligación como en el caso de dación.

Desconectado torukmakto

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #426 en: 07 de Febrero de 2014, 14:04:42 pm »
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Creo que no porque si mal no recuerdo el coche se lo daba a Ana en propiedad, y eso es dación en pago, en la cesión se da la posesión para la realización del bien en subasta y que se cobre de lo que se saca. Si sobra algo para el deudor y si falta entonces no se extingue la obligación sino que sigue viva por la diferencia. No se extingue de forma automatica la obligación como en el caso de dación.

AMÉN focalinda

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #427 en: 07 de Febrero de 2014, 14:22:55 pm »
Yo he puesto que estamos en un caso de dación en pago o novación modificativa dependiendo de si el deudor le entrega el coche en el momento del cumplimiento o no. Es que por la redacción del enunciado no tenía tan claro que el acuerdo se hiciese en el momento justo del cumplimiento y de hacerse antes, no sería una dación propiamente dicha, sino una novación.

Así que he explicado las dos, espero que al menos valoren que entiendo en qué consisten cada figura.

Desconectado torukmakto

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #428 en: 07 de Febrero de 2014, 14:30:54 pm »
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Yo he puesto que estamos en un caso de dación en pago o novación modificativa dependiendo de si el deudor le entrega el coche en el momento del cumplimiento o no. Es que por la redacción del enunciado no tenía tan claro que el acuerdo se hiciese en el momento justo del cumplimiento y de hacerse antes, no sería una dación propiamente dicha, sino una novación.

Así que he explicado las dos, espero que al menos valoren que entiendo en qué consisten cada figura.

Pues visto así no te falta razón. La verdad que para mi es un respuesta genial.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #429 en: 07 de Febrero de 2014, 14:39:38 pm »
Foca linda yo creo que se podía argumentar que se trataba de una Dacion en pago pero también cesión de bien para el pago, pues el acuerdo no dice en ningún caso que extinguiría la obligacion solo indica que llegan al acuerdo que le entrege el vehículo , no se yo he puesto que es el caso da Dacion en pago o cesión de bienes para pago, pues puede que el vehículo o valdría 30.000 euros el total de la deuda ...

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #430 en: 07 de Febrero de 2014, 14:43:06 pm »
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Si algo se puede sacar del práctico y las otras las tienes bien, no vas a tener problema.  Y aunque el práctico lo tuvieses todo mal pero teniendo medianamente bien las otras tampoco vas a suspender
el práctico si tiene algo de bien porque he explicado las dos formas de cumplimiento pero al final he concluido q era cesión de bienes para pago. Las otras si las tengo bien: sólo en el enriquecimiento injusto se me ha escapado algún presupuesto. Por eso tengo miedo, las otras dos muy bien explicadas y enunciadas.

Desconectado focalinda

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #431 en: 07 de Febrero de 2014, 15:00:04 pm »
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Foca linda yo creo que se podía argumentar que se trataba de una Dacion en pago pero también cesión de bien para el pago, pues el acuerdo no dice en ningún caso que extinguiría la obligacion solo indica que llegan al acuerdo que le entrege el vehículo , no se yo he puesto que es el caso da Dacion en pago o cesión de bienes para pago, pues puede que el vehículo o valdría 30.000 euros el total de la deuda ...
Creo recordar que la inntancion es saldar la deuda o algo asi. Pero es que lo que no dice es que el Audi sea un A8 de 70000  € y tenga de sobra para vender y cobrarse los 30000 €,nos dice que le da el coche con la intencion de saldar la deuda, valga lo que valga el coche y eso es dacion.

En cuanto a una modificacion, no le dice que pasa a deberle un coche en lugar de los 30000 €  siguiendo la obligacion pero modificada, le dice que le da el. coche para liqquidar ( la tan soñda por muchos dcion en pago de hipoteca con el piso).

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #432 en: 07 de Febrero de 2014, 15:16:01 pm »
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Creo recordar que la inntancion es saldar la deuda o algo asi. Pero es que lo que no dice es que el Audi sea un A8 de 70000  € y tenga de sobra para vender y cobrarse los 30000 €,nos dice que le da el coche con la intencion de saldar la deuda, valga lo que valga el coche y eso es dacion.

En cuanto a una modificacion, no le dice que pasa a deberle un coche en lugar de los 30000 €  siguiendo la obligacion pero modificada, le dice que le da el. coche para liqquidar ( la tan soñda por muchos dcion en pago de hipoteca con el piso).

No recuerdo, quizá tengas razón, pero estoy casi seguro de que no dice expresamente que le da el coche en el momento exacto en el que llegan al acuerdo. Tampoco dice que se lo deba, cierto.

En el examen le he dado muchas vueltas, porque puedo haber interpretado mal enunciado, pero creo entender bien las dos figuras y aunque en un primero momento también he creído sí o sí en la dación, es más, si sólo buscaban una respuesta seguro que esa esa la acertada, estoy bastante seguro de que había cierta indefinición respecto al momento en el que se le da el coche por eso he preferido explicar las dos figuras y curarme en salud.

De lo que estaba bastante seguro es de que no se trataba de cesión de bien para el pago. No sé de qué forma estaba redactado, pero no entendí de ningún modo de que se cediese, sino que se cumplía entregando el coche, el deudor quedaba liberado dando el Audi. Mientras que en la cesión no basta con la entrega de los bienes para cumplir con la obligación.

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #433 en: 07 de Febrero de 2014, 15:29:02 pm »
victoralejandrofg, me has enviado un mensaje privado, no sé por qué no me deja contestarte, de todos modos no tengo el examen escaneado, pero han preguntado:

Consecuencias de la mora del deudor.

Cláusula facultativa

Presupuestos del enriquecimiento injusto

Y el caso práctico, la mayoría coincide en que era una dación en pago. Yo estoy de acuerdo, pero he preferido matizar que para que fuese dación el acuerdo entre el acreedor y el deudor debió hacerse en el momento del pago, si fue previamente estaríamos ante una novación modificativa. La razón porque he explicado esto es porque en mi opinión el enunciado no era muy claro al respecto en este punto.

Desconectado focalinda

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #434 en: 07 de Febrero de 2014, 15:29:59 pm »
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No recuerdo, quizá tengas razón, pero estoy casi seguro de que no dice expresamente que le da el coche en el momento exacto en el que llegan al acuerdo. Tampoco dice que se lo deba, cierto.

En el examen le he dado muchas vueltas, porque puedo haber interpretado mal enunciado, pero creo entender bien las dos figuras y aunque en un primero momento también he creído sí o sí en la dación, es más, si sólo buscaban una respuesta seguro que esa esa la acertada, estoy bastante seguro de que había cierta indefinición respecto al momento en el que se le da el coche por eso he preferido explicar las dos figuras y curarme en salud.

De lo que estaba bastante seguro es de que no se trataba de cesión de bien para el pago. No sé de qué forma estaba redactado, pero no entendí de ningún modo de que se cediese, sino que se cumplía entregando el coche, el deudor quedaba liberado dando el Audi. Mientras que en la cesión no basta con la entrega de los bienes para cumplir con la obligación.

Cesion desde luego no ya que dice en el texto -en propiedad.


Desconectado gambito

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #435 en: 07 de Febrero de 2014, 22:58:32 pm »
Yo también he hecho mal el caso. Y es una pena porque creo que esta claro que llevais razón.
Entendí que era una Novación de obligación(extintiva) que tuvieran sin más....
Eso sí diciendo todo lo que me parecía que no era...No pensé en la dación, pero el Audi para ser de segunda mano, ya podía ser un A8.
Me he quedado chafao. Las preguntas pueden estar más o menos bien, creo.
A ver qué pasa. Annnddda, ya ves que no eres la única que se precipita...
Suerte a todos.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #436 en: 07 de Febrero de 2014, 23:27:48 pm »
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Yo también he hecho mal el caso. Y es una pena porque creo que esta claro que llevais razón.
Entendí que era una Novación de obligación(extintiva) que tuvieran sin más....
Eso sí diciendo todo lo que me parecía que no era...No pensé en la dación, pero el Audi para ser de segunda mano, ya podía ser un A8.
Me he quedado chafao. Las preguntas pueden estar más o menos bien, creo.
A ver qué pasa. Annnddda, ya ves que no eres la única que se precipita...
Suerte a todos.
No si lo mío es de risa porque he dado la definición de los dos como formas especiales de cumplimiento y todo el rollo y ahora al final voy y pongo cesión de bienes. No se dónde tenía la cabeza si estaba claro q el coche se lo sa en propiedad. Bueno, por lo menos aver si aprobamos, el caso era realmente fácil, pero mira no me lo puedo explicar. Todavía estoy en shock.suerte a todos!!!

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #437 en: 08 de Febrero de 2014, 10:54:57 am »
Hola a todos, tengo una duda a ver si podéis aclarme. Si suspendes el primer cuatrimestre con un 4 o 4,5, y el segundo apruebas con un 7 u 8 las notas se compensan y podrías aprobar la asignatura íntegra?.

Gracias

Saludos

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #438 en: 08 de Febrero de 2014, 10:57:02 am »
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Hola a todos, tengo una duda a ver si podéis aclarme. Si suspendes el primer cuatrimestre con un 4 o 4,5, y el segundo apruebas con un 7 u 8 las notas se compensan y podrías aprobar la asignatura íntegra?.

Gracias

Saludos

No, tienes que tener en las dos partes como mínimo un 5, si una parte la suspendes tienes que ir a septiembre  ;)
La vida no se mide por las veces que respiras sino por los momentos que te dejan sin aliento

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Re:POST OFICIAL CIVIL II 2013/14 (1ºP)
« Respuesta #439 en: 28 de Febrero de 2014, 11:48:40 am »
Espero que no le de a nadie un vuelco al corazón al ver subido este hilo.

Sólo quería comentar que en los foros de la asignatura ha comentado el equipo docente que tendrán las notas listas para el lunes. Lo previsible, vamos. Pero bueno, no está de más comentarlo por si alguno todavía tenía esperanzas de que saliesen a lo largo del día de hoy  :(