La A sin ninguna duda, otra cosa es lo que cada cual quiera cer. Y que conste que yo puse la B
A ver, no se trata de lo que cada cual quiera ver, sino de argumentar.
La A no puede ser porque si los muebles colocados permanentemente en los edificios no los costeó el nuevo dueño, sí se extiende a ellos la hipoteca. Por tanto la A es incompleta.
LA B no es, y entiendo que no requiere más explicación.
Respecto de la C, conforme al precepto, a los frutos pendientes y rentas vencidas que sean de la pertenencia del nuevo dueño no se extiende la hipoteca. Y si no se extiende a las rentas vencidas, aún menos se extiende a las no vencidas. Es claro que esta respueta, a diferencia de la A, no tiene ninguna excepción.
Saludos