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Autor Tema: POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14  (Leído 350446 veces)

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Desconectado Ponder

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2000 en: 12 de Febrero de 2014, 21:23:20 pm »
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Haciendo los cálculos válidas 0.55 y erróneas 0.22.
11x0.55 - 5x0.22 = 4.95

Como creeis que actuarán en este caso?

Menuda pesadilla:(

Aprobado: No puedes ver los enlaces. Register or Login

La regla número uno es: no te preocupes por las cosas pequeñas. La regla número dos es: todo son cosas pequeñas.

Desconectado RAQCAR

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2001 en: 12 de Febrero de 2014, 21:24:13 pm »
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Os he preparado una hoja de Excel en la que solo tenéis que introducir las preguntas del examen, cuantas habéis acertado y cuantas habéis fallado y os dirá la nota:

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Ponder es la que van a usar mañana??? en mi caso 2º semana tipo D, he puesto 18 preguntas y hecho los cálculos y me salen 3 centésimas menos, es posible que mañana nos bajen la nota??

Desconectado Marina15

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2002 en: 12 de Febrero de 2014, 21:24:38 pm »
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Haciendo los cálculos válidas 0.55 y erróneas 0.22.
11x0.55 - 5x0.22 = 4.95

Como creeis que actuarán en este caso?

Menuda pesadilla:(
Pues según tus cálculos conmigo se han equivocado en una décima, a mi me da 6,71 y en la nota me dan 6.8. Para mi que el error está en la ponderación de la PEC. Yo obtuve 9.3 y la nota final es de 7.4.
Con lo contenta que estaba...

Desconectado wanpy

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2003 en: 12 de Febrero de 2014, 21:25:18 pm »
Muchas gracias Ponder muy amable

Desconectado Ponder

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2004 en: 12 de Febrero de 2014, 21:26:47 pm »
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Ponder es la que van a usar mañana??? en mi caso 2º semana tipo D, he puesto 18 preguntas y hecho los cálculos y me salen 3 centésimas menos, es posible que mañana nos bajen la nota??

A ver lo que pasa mañana, en teoría deberían subir las notas ya que en general todo el mundo tiene menos nota de la que les corresponde, además de las posibles preguntas que se podrían impugnar.
La regla número uno es: no te preocupes por las cosas pequeñas. La regla número dos es: todo son cosas pequeñas.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2005 en: 12 de Febrero de 2014, 21:30:17 pm »
A nadie le ocurre que la respuesta que han dado a alguna pregunta en lo de calificaciones no se corresponde con la plantilla?
Es que a mi en el 18 del tipo D, en donde las calificaciones me pone que es una y en las plantillas otra. Yo en el examen puse esa ultima por lo que si la tuviera bien aprobaria...

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2006 en: 12 de Febrero de 2014, 21:31:09 pm »
Bueno han dicho que mañana nos sacarán de dudas, a ver si mañana no es el Lunes.........

Desconectado fonsopalencia

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2007 en: 12 de Febrero de 2014, 21:32:24 pm »
Yo con 4.9, teniendo en cuenta que en mi examen tipo C han dado por buena la pregunta 16 la A y ahora en  ALF dicen que es la C, lógico porque es así. Si es así sumaría 0,5 y dejaría de restar 0,2.  Joder me tienen harto.

 >:(

Desconectado Marina15

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2008 en: 12 de Febrero de 2014, 21:35:17 pm »
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A nadie le ocurre que la respuesta que han dado a alguna pregunta en lo de calificaciones no se corresponde con la plantilla?
Es que a mi en el 18 del tipo D, en donde las calificaciones me pone que es una y en las plantillas otra. Yo en el examen puse esa ultima por lo que si la tuviera bien aprobaria...
Yo también lo he notado, pero creo que si se han dado cuenta porque en la nota aparece como buena la A.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2009 en: 12 de Febrero de 2014, 21:37:57 pm »
A ver, yo estoy hecha un lío. A los que hemos aprobado, nos pueden llegar a suspender con el recálculo nuevo?

Desconectado fonsopalencia

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2010 en: 12 de Febrero de 2014, 21:40:04 pm »
Lamentable.

Desconectado RAQCAR

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2011 en: 12 de Febrero de 2014, 21:43:51 pm »
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Yo también lo he notado, pero creo que si se han dado cuenta porque en la nota aparece como buena la A.
A ver tengo el examen tipo D 2º semana y la 18 es la a) la que aparece en la nota, la pregunta era Las servidumbres continuas y aparentes son susceptibles de adquirirse:
a) por usucapión VERDADERO
b) sólo por título FALSO por el sólo
c) ambas opciones a) y b) son incorrectas FALSO ya que la a) es verdadera.
A ver mañana porque lo que pone en esa pregunta en las notas está bien no lo que han colgado ahora

18.- Las servidumbres continuas y aparentes son susceptibles de adquirirse:
a) por usucapión.
b) sólo por título.
c) tanto por usucapión como por título (SI, art. 537 C.c. y 6.1 Cap. 10 Compendio)

Si os fijais la última opción no es lo que pone en el examen.

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2012 en: 12 de Febrero de 2014, 21:46:17 pm »
A mí lo que me alucina es que, por ejemplo, en la pregunta de la permanencia indefinida en la copropiedad de la primera semana digan que es la B ¡¡¡y hasta lo argumenten señalando un precepto y un epígrafe concreto del libro que sólo habla de la indivisibilidad de la cosa y absolutamente nada dice sobre la copropiedad!!!

Es que no se trata de un error humano, que podemos cometer cualquiera por mucho que dominemos una materia, ¡¡¡es que han fundamentado jurídicamente el error!!! No sé yo muy bien cómo interpretar esa falta de rigor. O mejor,  sí lo sé, pero prefiermos callarme.

Saludos


Desconectado wanpy

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2013 en: 12 de Febrero de 2014, 21:47:37 pm »
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A ver, yo estoy hecha un lío. A los que hemos aprobado, nos pueden llegar a suspender con el recálculo nuevo?


Pues sí, sin ningún escrupulo

Desconectado FGONABE

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2014 en: 12 de Febrero de 2014, 21:50:40 pm »
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A mí lo que me alucina es que, por ejemplo, en la pregunta de la permanencia indefinida en la copropiedad de la primera semana digan que es la B ¡¡¡y hasta lo argumenten señalando un precepto y un epígrafe concreto del libro que sólo habla de la indivisibilidad de la cosa y absolutamente nada dice sobre la copropiedad!!!

Es que no se trata de un error humano, que podemos cometer cualquiera por mucho que dominemos una materia, ¡¡¡es que han fundamentado jurídicamente el error!!! No sé yo muy bien cómo interpretar esa falta de rigor. O mejor,  sí lo sé, pero prefiermos callarme.

Saludos

La respuesta correcta de esa pregunta está claro que es la c), si se mantienen en la b) habrá que recurrirla con una buena argumentación.

Desconectado Mejías

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2015 en: 12 de Febrero de 2014, 21:51:38 pm »
CORREO ENVIADO A civil3@der.uned.es
Estoy bastante disconforme con los fallos acontecidos actualmente tanto en las plantillas como en las preguntas anulada, ya que:

 

-La pregunta numero :

 

16.- Las servidumbres continuas y aparentes son susceptibles de adquirirse:
a) por usucapión.
b) sólo por título.
c) tanto por usucapión como por título (SI, art. 537 C.c. y 6.1 Cap. 10 Compendio)

 

en la plantilla dais como solución la A cuando es claramente la C

 

Plantilla soluciones BCABCXXBBACACBBABAAA

 

Por otro lado, me ha afectado enormemente la anulación de 2 preguntas la cual, una de ellas la tenía bien contestada, por lo que desde mi punto de vista, estáis realizando un examen sobre 20 preguntas (como estaba establecido) sino sobre 18 .Por ejemplo, si yo hubiese contestado 10 preguntas y todas hubiesen estado bien, sería un 5. Sin embargo, de 10 preguntas anulan 2 : 8 preguntas ok, sería un 4,4.  Esa anulación es un fallo del equipo docente, y se debe asegurar antes de que la redacción de las preguntas es la correcta.

 

Exigo que las dos preguntas anuladas se den por válidas a todo el alumnado, para que así no afecte a ninguno como normalmente se suele hacer en otras asignaturas.

Desconectado RAQCAR

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2016 en: 12 de Febrero de 2014, 21:54:15 pm »
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CORREO ENVIADO A civil3@der.uned.es
Estoy bastante disconforme con los fallos acontecidos actualmente tanto en las plantillas como en las preguntas anulada, ya que:

-La pregunta numero :

16.- Las servidumbres continuas y aparentes son susceptibles de adquirirse:
a) por usucapión.
b) sólo por título.
c) tanto por usucapión como por título (SI, art. 537 C.c. y 6.1 Cap. 10 Compendio)

en la plantilla dais como solución la A cuando es claramente la C

 
Plantilla soluciones BCABCXXBBACACBBABAAA

 
Por otro lado, me ha afectado enormemente la anulación de 2 preguntas la cual, una de ellas la tenía bien contestada, por lo que desde mi punto de vista, estáis realizando un examen sobre 20 preguntas (como estaba establecido) sino sobre 18 .Por ejemplo, si yo hubiese contestado 10 preguntas y todas hubiesen estado bien, sería un 5. Sin embargo, de 10 preguntas anulan 2 : 8 preguntas ok, sería un 4,4.  Esa anulación es un fallo del equipo docente, y se debe asegurar antes de que la redacción de las preguntas es la correcta.

 
Exigo que las dos preguntas anuladas se den por válidas a todo el alumnado, para que así no afecte a ninguno como normalmente se suele hacer en otras asignaturas.


Yo creo que se han liado con los exámenes, en el tipo D 2º semana a esa pregunta nos dicen en la plantilla que la respuesta correcta es la c), cuando nuestra opción c) no es como la vuestra, en el nuestro es la a) lo he puesto un poco más arriba.

Desconectado silvia70

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2017 en: 12 de Febrero de 2014, 21:55:04 pm »
Espero que no me suspendan. Tengo un 5.3. Es que esto es de juzgado de guardia. No habrán oído hablar de la prohibicion de la reformatio in peius?

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2018 en: 12 de Febrero de 2014, 21:57:09 pm »
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A mí lo que me alucina es que, por ejemplo, en la pregunta de la permanencia indefinida en la copropiedad de la primera semana digan que es la B ¡¡¡y hasta lo argumenten señalando un precepto y un epígrafe concreto del libro que sólo habla de la indivisibilidad de la cosa y absolutamente nada dice sobre la copropiedad!!!


Se alega en la respuesta dada por buena el artículo 401 CC, obviando para ello el 400 y el 404. Se podría haber ahorrado toda esta polémica exponiendo el enunciado en su totalidad (...cuando de hacerla resulte inservible para el uso a que se destina).

Además de que el citado artículo no desarrolla el hecho tasado de permanecer en propiedad, sino la indivisibilidad en ese caso.

Creo que ahí han errado, pero me imagino que para mañana le habrán dado una vuelta.

Salu2!!



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Desconectado FGONABE

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Re:POST OFICIAL DE Dº CIVIL III 13/14
« Respuesta #2019 en: 12 de Febrero de 2014, 21:57:35 pm »
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Espero que no me suspendan. Tengo un 5.3. Es que esto es de juzgado de guardia. No habrán oído hablar de la prohibicion de la reformatio in peius?

Si, pero seguro que también conocen el artículo 105.2 de la Ley 30/1992