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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14  (Leído 121510 veces)

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Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #740 en: 04 de Febrero de 2014, 18:22:54 pm »
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Entonces que hubieran puesto: según establece la constitución española... yo no tengo que entender que hay que acabar la frase que literalmente se expresa en el artículo constitucional... para mi la d) es más completa, pero está claro que no es lo que literalemente dice la constitución (si es así, impugnación al canto).

En mi opinión la A es perfectamente completa. Un tratado publicado oficialmente en España forma parte del ordenamiento interno. Creo que no hay peros al respecto.

En cuanto a la D, no es que sea más completa, es que es errónea, ya que un tratado publicado oficialmente en España YA es parte del ordenamiento interno, no cabe decir que para que sea parte del ordenamiento interno debe ser publicado en el BOE.

Por poner un ejemplo tonto: un círculo que ha sido pintado de azul:

a) será azul

b) deberá pintarse de azul para que sea azul.

La b es incorrecta, pues ya ha sido pintada de azul.

Evidentemente ha sido una pregunta trampa.  >:(


Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #741 en: 04 de Febrero de 2014, 18:25:28 pm »
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Publicado por: BetoBello
« en: Hoy a las 18:15:18 » Insertar Cita
Es que claro, hay que estar atentos al enunciado: Los Tratados internacionales, válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España:

Por tanto, la A, es correcta.

Cabe preguntarse si la D es correcta, pero redundante, ya que en el enunciado nos ponen en situación de que YA han sido publicados oficialmente en España; o si por el contrario es incorrecta, que es lo que creo que argumentarán los correctores, pues una vez publicados oficialmente en España no cabe decir que tan solo formarán parte del ordenamiento interno tras su publicación en el BOE, pues si ya han sido publicados ya forman parte del ordenamiento.

Sea como sea, éste es uno de algunos exámenes tipo test, enunciados y respuestas que parecen más encaminados en valorar la atención del alumno que sus verdaderos conocimientos.

Si, puede ser que la mas clara y la mas evidente es la a) pero es que la d) MAL no está porque aunque se pueda deducir de la pregunta que esta publicado en el B.O.E no lo dice expresamente. Creo que este tipo de preguntas con dos respuestas alternativas aunque una sea ``mas correcta´´ que la otra no deberian de darse porque si leemos la sonosis del art. 96 CE y diversos articulos relacionados nos habla de que el B.O.E es lo que da ``la oficialidad´´ y a aun yo en la pregunta salvo en la respuesta d) no veo que se ahaga referencia a ella.

Es mas creo que si los que hemos puesto la d) nos unieramos para reclamarla no veo una locura que nos la dieran como correcta.

Por cierto Caliguindri si no nos la dan por correcta YO me sumo a tu reclamacion. :(

No dice expresamente que ha sido publicado en el BOE, pero a mi entender eso es lo de menos. Lo de más es que ya ha sido publicado oficialmente en España. Respondiendo la d, no estás concretando que esa publicación debe ser en el BOE, lo que estás diciendo es que esos tratados que ya han sido publicados, deben volver a publicarse oficialmente para formar parte del ordenamiento interno.

Desconectado caliguindri

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #742 en: 04 de Febrero de 2014, 18:29:43 pm »
joé, tienes razón... han hecho un juego de palabras para luego decirte... "chaval!!! si ya está publicada oficialmente como va a ser un requisito volverla a publicar en el BOE!!!"
Claro, visto así, no hay duda. En todo caso habrá que protestar, se puede entender como una "acotación"... es que no deben jugar con esos triquiñuelas gramaticales... lo importante es caer en una trampa o saber que forma parte del ordenamiento interno una vez publicada en el BOE?
En fin, vamos a esperar un mes y a ver qué dicen... pero creo que los tiros van a ir por ahí.

Desconectado Faire

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #743 en: 04 de Febrero de 2014, 18:34:43 pm »
Malditos exámenes tipo test...
El año pasado en Administrativo II tuvimos que jugar con una doble negación que convertía una afirmación en lo contrario, y de tanto complicar la pregunta acabaron por no dar ninguna opción correcta.
Este año en Civil III quieren recurrir una pregunta, y en este nos hacen juegos gramaticales... Lamentable. No he tenido un solo examen tipo test en la UNED en el que no haya polémica con alguna pregunta, y he hecho oposiciones de 100 preguntas en las que nadie impugnó ninguna.
Pueden hacer un examen tipo test con la dificultad que quieran, pero con un poco de atención a la hora de redactar las preguntas nos ahorrarían muchísimas molestias innecesarias. Teniendo en cuenta el tiempo que se ahorran a la hora de corregir, no estaría de mas que dedicaran un ratito a repasar las preguntas antes de los exámenes.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #744 en: 04 de Febrero de 2014, 18:40:34 pm »
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Malditos exámenes tipo test...
El año pasado en Administrativo II tuvimos que jugar con una doble negación que convertía una afirmación en lo contrario, y de tanto complicar la pregunta acabaron por no dar ninguna opción correcta.
Este año en Civil III quieren recurrir una pregunta, y en este nos hacen juegos gramaticales... Lamentable. No he tenido un solo examen tipo test en la UNED en el que no haya polémica con alguna pregunta, y he hecho oposiciones de 100 preguntas en las que nadie impugnó ninguna.
Pueden hacer un examen tipo test con la dificultad que quieran, pero con un poco de atención a la hora de redactar las preguntas nos ahorrarían muchísimas molestias innecesarias. Teniendo en cuenta el tiempo que se ahorran a la hora de corregir, no estaría de mas que dedicaran un ratito a repasar las preguntas antes de los exámenes.

Yo creo que aunque sea asi no se no lo tengo tan claro pero la verdad es que me parece una autentica putada porque a mi por esa pregunta creo que me quedo en el 4.7 ó 4.6 vamos que no se que haria si me veo un suspenso por esa pregunta.
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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #745 en: 04 de Febrero de 2014, 19:48:02 pm »
Yo no creo que tengais mucho que hacer en la pregunta. Es un calco del artículo 96 de la Constitución Española el cual te tienes que saber de pe a pa, es como si hubieran puesto el artículo 53 de la Conferencia de Viena

"Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional."


No caben dobles interpretaciones o acudir al Código Civil que por esa regla de tres acudimos a la publicación de los reglamentos en el DOUE que tendría mas peso y descarta la publicación obligatoria en el BOE para que el DI forme parte del Ordenamiento Interno.


Desconectado a_toni

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #746 en: 04 de Febrero de 2014, 21:48:37 pm »
Yo considero desde mi humilde opinión que el amigo kurtwild tiene toda la razón. La pregunta es un calco del artículo 96 de la CE. De hecho, yo entiendo que:

"publicado oficialmente en España"   =significa=  Se cumple lo estipulado en el art. 1.5 CC.

Por tanto la respuesta correcta es la A), siendo la D) redundante.

No obstante lo dicho no quita para que la pregunta sea rebuscada a más no poder.

Suerte a todos

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #747 en: 04 de Febrero de 2014, 22:39:22 pm »
De ahí que desde primera hora dijera que se publicada el articulo 96

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #748 en: 04 de Febrero de 2014, 23:02:56 pm »
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Yo considero desde mi humilde opinión que el amigo kurtwild tiene toda la razón. La pregunta es un calco del artículo 96 de la CE. De hecho, yo entiendo que:

"publicado oficialmente en España"   =significa=  Se cumple lo estipulado en el art. 1.5 CC.

Por tanto la respuesta correcta es la A), siendo la D) redundante.

No obstante lo dicho no quita para que la pregunta sea rebuscada a más no poder.

Suerte a todos



tal cual pienso yo, con publicado oficialmente en el enunciado de la pregunta, la respuesta d no es más que una redundancia, pero yo aún así me eché mis diez minutos mirando para la preguntita antes de entregar el examen... pero finalmente dejé la A como correcta


y con la 13 nadie se atreve? yo puse la d, pero ni idea...

Desconectado a_toni

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #749 en: 04 de Febrero de 2014, 23:21:15 pm »
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Yo considero desde mi humilde opinión que el amigo kurtwild tiene toda la razón. La pregunta es un calco del artículo 96 de la CE. De hecho, yo entiendo que:

"publicado oficialmente en España"   =significa=  Se cumple lo estipulado en el art. 1.5 CC.

Por tanto la respuesta correcta es la A), siendo la D) redundante.

No obstante lo dicho no quita para que la pregunta sea rebuscada a más no poder.

Suerte a todos



tal cual pienso yo, con publicado oficialmente en el enunciado de la pregunta, la respuesta d no es más que una redundancia, pero yo aún así me eché mis diez minutos mirando para la preguntita antes de entregar el examen... pero finalmente dejé la A como correcta


y con la 13 nadie se atreve? yo puse la d, pero ni idea...


Yo la 13 la respondí pero no la he encontrado en ningún lado. Lo que si he visto en Internet es que sobre esta controversia si se posicionó primeramente el Tribunal Supremo y luego el Tribunal Constitucional en diversas ocasiones, por lo que sintiéndolo mucho compañero, la respuesta d no puede ser cierta.
Parece ser que el primero en posicionarse fue el TS que lo hizo en base a la respuesta A de la pregunta, pero luego llego el TC y dijo que si son compatibles y estableció lo que dice la respuesta B, y así se ha quedado. Sentencias posteriores del TC solo han aportado claridad respecto a lo de las cuentas bancarias de los Estado, etc.

Por tanto, parece ser que la respuesta correcta es la B (Y que conste que yo he puesto la C)

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #750 en: 05 de Febrero de 2014, 00:04:50 am »
Yo he puesto la b, pero no por saberla, si no por lógica. Si la inmunidad de jurisdicción es algo que existe y está reconocido y por supuesto el derecho a la tutela judicial efectiva también; descarté las contestaciones que decían que no se podían armonizar o que eran incompatibles, porque di por  hecho que le habrían buscado una justificación, y entre la B y la D, me sonaba o así lo quise creer, que algún tribunal se habría pronunciado al respecto, precisamente para justificar la convivencia de estas dos figuras.

No la he comprobado, era una de las que no tenía claro.

Desconectado a_toni

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #751 en: 05 de Febrero de 2014, 00:18:32 am »
Tienes razón en el planteamiento, y realmente es así.
Lo que yo llegue a pensar es que resulta duro imaginar que se le puedan poner limitaciones al mismísimo principio de Tutela Judicial Efectiva, todo un Derecho Fundamental.

Y realmente cuando la controversia llegó al Tribunal Constitucional, este pensó a ver como solucionaba el entuerto y llego a la conclusión de que "Donde hay patrón no manda Marinero" y pensó, si nos ponemos ahora en contra de un Tratado ratificado por España, van a venir estos y nos van a exigir responsabilidad Internacional. Por tanto, camino más corto ....... A tomar por saco la tutela judicial efectiva y que los Estados hagan lo que quieran, jeje.

Y así ha quedado la cosa y así nos va.


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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #752 en: 05 de Febrero de 2014, 00:43:15 am »
Al final todo dependera de las opiniones de los docentes, asi que paciencia, combatir los nervios y a agunatar lo que queda.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #753 en: 05 de Febrero de 2014, 09:24:25 am »
Yo sigo insistiendo en que el reglamento de la UE no es un tratado, es una norma de una organización internacional, no un tratado como el TFUE o el Tratado de Adhesión, una Convención...

Y sí, sería redundante, pues una vez válidamente publicado forma parte del OJ, pero es porque defendéis esa opción y utilizáis ese argumento. Yo como puse la D no lo veo redundancia, sino una concreción. Jajajaja.

En fin, discutiendo aquí no vamos a solucionarlo. Cuando lo diga el ED protestaremos o unos u otros.

Saludos.


Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #754 en: 05 de Febrero de 2014, 09:42:45 am »
Bueno, habrá que esperar, pero sin ánimo de mosquear a nadie, creo que con las reclamaciones también hay que actuar con cierta responsabilidad, valorando objetivamente si tenemos razón en nuestra pretensión, porque una reclamación no sólo puede afectar al interesado. Y que conste que entiendo que cuando van "a pillar" es normal que uno se mosquee y exija explicaciones, más si sabe el temario, y en en mi caso, si no me equivoco, no dejaría de estar aprobado por esta pregunta.

Sinceramente, y a riesgo de hacerme el pesado con el tema, creo que en este caso lo de menos es dónde o de qué forma deben publicarse los tratados, es decir, creo que no hay lugar al debate sobre si siempre deben publicarse en el BOE o no. Aquí nos están poniendo en una situación en la que un tratado ha sido válidamente celebrado, una vez publicado oficialmente en España.

"Una vez publicado oficialmente en España" hace referencia a la publicación en el boletín correspondiente. Si éste es el BOE o el DOUE, es harina de otro costal, lo importante es que ya ha cumplido ese requisito, por lo que obviamente YA forman parte del ordenamiento interno, como reza la CE. O, dicho de otra forma, un tratado publicado oficialmente en España no requiere que vuelva a ser publicado oficialmente en España para formar parte del ordenamiento interno.

Desconectado caliguindri

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #755 en: 05 de Febrero de 2014, 10:06:59 am »
Está claro que la A es correcta. Pero han dejado hueco a la interpretación y eso es peligroso para que no les lluevan reclamaciones. Si querían referirse a la literalidad del artículo 96 deberían haberlo expresado como hacen cuando hablan del 53 del convenio de Viena... porque si se puede interpretar como una acotación en referencia a la publicación oficial, y lo que dice es que se incorpora al ordenamiento interno (previa la acotación sobre el BOE)... porqué no la van a dar por buena??
Eso es lo peligroso, dejar lugar a dudas e interpretaciones. Lo habrían evitado poniendo antes: "según establece el artículo 96 de la constitución...", digooooo.  >:(

de todos modos es obvio que van a dar por buena la A... eso es seguro.

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #756 en: 05 de Febrero de 2014, 10:17:17 am »
Voy a ser simple, la correcta es la a) todo perfecto, pero la d) aunque no sea la que ellos querian que se pusiera no esta mal, mal seria que se hubiera puesto la otra alternativa porque NO tiene nada que ver con lo que se pregunta, es asi de sencillo.

Lo que mas me jode es que es muy facil redactar una pregunta con UNA SOLA respuesta cierta (creo que viene en la guia) y no se porque se empeñan en dejar otra con visos de poder ser tambien correcta. Llegado a este punto yo me pregunto; ¿que se pretende que el alumno tenga conocimientos o ir a pillarlo y a joderlo? Voy aun mas allá si alguien se hubiera preparado la asignatura de manera tan escrupulosa como para leerse hasta la sipnosis del 96 CE la duda aun seria mas ``justificada´´ entre la a) y la d). Asi que si yo suspendo este examen por esa pregunta tengo muy muy claro que la reclamaré (aunque no me valga para nada porque como la presuncion de veracidad la tienen ellos pues tendre que comerme en septiembre este parcial).
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Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #757 en: 05 de Febrero de 2014, 10:37:00 am »
Yo creo que os confundís en una cosa:

El que una afirmación sea correcta por sí sola, no quiere decir que sea la repuesta correcta en contestación al enunciado.

Respondiendo la D no estáis concretando, lo que estáis diciendo es que un tratado publicado oficialmente en España, debe publicarse oficialmente en España por segunda vez para que forme parte del ordenamiento interno. Obviamente eso es un error.

Pondré otro ejemplo:

Al marcar un gol perfectamente válido según el reglamento al equipo contrario:

A) Subirá un tanto al marcador y el equipo contrario sacará del centro del campo.

B)El balón deberá entrar en la portería para que el tanto suba al marcador.

La afirmación b, fuera del contexto, no es errónea, pero puesta en relación con el enunciado, no es correcta, ya que una vez marcado un gol perfectamente válido, no es cierto que sea necesario que el balón entre en la portería para que el tanto suba al marcador.

En lo que os doy la razón es en que puede ser una respuesta que busca más el fallo del alumno que no buscar su conocimiento, al poner una afirmación que por sí sola no es errónea.

Desconectado Faire

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #758 en: 05 de Febrero de 2014, 10:51:38 am »
Mientras mas se debate sobre la pregunta mas convencido estoy de que solo hay una respuesta correcta, y de que esa es la A.
En enunciado de la pregunta nos sitúa en un momento de la vida del tratado, que ya ha sido negociado, firmado y válidamente publicado oficialmente en España. A partir de ahí nos plantea 4 posibles respuestas, y la única válida es la A, porque la D pertenece a un momento anterior al que plantea la pregunta.
Si el tratado ya está celebrado y publicado, la única opción válida es la A

Desconectado BetoBello

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Re:POST OFICIAL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (1PP) CURSO 2013/14
« Respuesta #759 en: 05 de Febrero de 2014, 10:59:01 am »
Ni más ni menos, de otra forma lo que se está diciendo es que debe publicarse válidamente 2 veces para que forme parte del ordenamiento. Claro está, eso no es correcto.