¡Yo! He hecho alusión a la vulnerabilidad de la persona extranjera, que podría actuar como otra agravante más; en España se darían cuenta de que era un timo.
Vamos a ver; tengo notas en sucio, es casi la primera vez, donde fui anotando las cuestiones del práctico.
-timo lotería
-residentes en el extranjero
- premio: 97.363,44 euros
Teodosio
- Exigen ingreso: 3.900, 4.020, 13.650, "cantidades transferidas".
Total en cuenta: 19.948,93, no coincide con la suma 21.570, restada los 700 euros tampoco, 20.870, puede haber usado más de ese dinero puesto que la diferencia no es mucha.
- Detención: 700 euros en efectivo + comunicado de 416.819 euros de que le ha tocado a Agustín, exige transferencia de 2.770 pero no consta transferida.
Ésas son mis notas; hice mención con un asterisco a la posibilidad de posible delito de falsificación documental, pero que queda absorbido por la estafa, por el principio de especialidad.
Tendría que volver a leer el práctico, la letra demasiado pequeña para mi necesidad de nueva revisión de la vista, por eso lo iba anotando, puede que me haya ido a otro renglón en la lectura, que se moviese el dedo, pero recuerdo haber leído cantidades transferidas, de ahí que pusiese el delito como consumado; si no las transfiere, el perjuicio económico que requiere el delito en el sujeto pasivo no se produce, ¿no tenemos delito de ningún tipo?
