si no me equivoco, para ejercer como abogado sólo hace falta estar colegiado. A lo que me refiero es que no hace falta colegiarse en el colegio de la ciudad en la que uno reside, si no que la colegiación en un colegio te permite ejercer en toda España. Por lo tanto, que el colegio de abogados de Sevilla (u otros) pone trabas y dificultades para aplicar la ley, pues se va a colegiar uno a otro que lo haga según la legislación vigente.
Deben de ser chungos en el colegio de Sevilla, porque yo se de compañeros de Sevilla que se han colegiado en el de Ecija. Al fin y al cabo la colegiación significa ingresos para el colegio y habrá algunos más pequeños en los que les den la bienvenida.
Y supongo que en un momento dado, se podrá pedir cambio de colegio y se registra uno donde quiera estar, le parezca al que registra lo que le parezca.
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