Haber tal y como lo explicas lo haces como si fuera un salario y has de tener en cuenta que no es así, no es una cantidad fija cada trimestre.
Cada trabajo que haces haces una minuta de honorarios, y a cada minuta al hacer la factura le añades el 21 % de IVA. El IVA de todas las facturas que haigas hecho ese trimestre es el que tienes de declarar ( IVA devengado).
El deducible es el IVA que pagas tu en las facturas que pagues de los gastos de tu despacho, el IVA del telefono, agua, luz, gas, material de ofina, etc...
Saludos